Justicia ordenó bajar carteles contra “Vivir sin miedo” de centros educativos

(MONTEVIDEO PORTAL)
El Juzgado Letrado de lo Contencioso Administrativo de Primer Turno finalmente falló sobre el caso de las pancartas contra la campaña “Vivir sin miedo” en las fachadas de los centros educativos y ordenó a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) que se retiren dentro de las próximas 48 horas.
En concreto, en un fallo emitido ayer martes, la Justicia hizo lugar al recurso de amparo presentado por el diputado nacionalista Pablo Abdala en representación del sector Alianza Nacional y el Partido Nacional en su conjunto, quienes manifestaron que la colocación de carteles en contracampaña al proyecto de reforma constitucional en las fachadas de centros educativos es una violación a la laicidad. El fallo de la Justicia condena a la ANEP “a retirar los carteles de los centros de estudio u otros edificios públicos en términos de 48 horas bajo apercibimiento de astreintes”. Además, la Justicia ordenó a la ANEP que prohíba la colocación de carteles similares en el frente de cualquier edificio de su competencia.
En una publicación en Twitter, la comisión contra la reforma constitucional impulsada por Jorge Larrañaga, llamada No a la reforma, señaló que “la laicidad debe ser siempre tomada como garantía de la pluralidad de opiniones y posturas y no debe ser utilizada para censurar o reprimir”. Abdala dejó constancia que los estudiantes pueden usar la cartelera gremial para hacer saber su posición, pero apoderarse del frente del local y aceptarlo pacíficamente afecta los derechos de los que toman otra postura.
La jueza Miriam Fierro, entre otras cosas, entendió que “las pancartas colocadas en el frente de los centros mencionados violentan la neutralidad, constituyen una manifestación proselitista y ocupando la fachada de edificios públicos parecen expresar que esa es la posición de las autoridades educativas, es decir, se oficializa el contenido del cartel violentando la libertad de conciencia de los alumnos, profesores, trabajadores, transeúntes, del actor o cualquier individuo que válidamente pueda tener una opinión divergente, o bien, ninguna opinión”.