Si se alquila inmueble con deuda UTE exige su pago para dar servicio

La Cámara Inmobiliaria del Uruguay (CIU) no ha logrado ser recibida por el presidente de UTE, Gonzalo Casaravilla, a fin de solicitarle deje sin efecto el criterio “discrecional” de pedirle una garantía a quien alquile un inmueble cuyo anterior ocupante dejó una deuda por consumo de electricidad.
Walter Garré, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Paysandú (Cainpa) e integrante de la directiva de la CIU en su representación, aseguró que “es una locura” y que “no creo que el Presidente de UTE esté al tanto de este abuso discriminatorio, porque si lo estuviera seguro coincidiría en que es una locura comercial y legal”.

SE TRASLADA LA DEUDA AL NUEVO CLIENTE

Garré subrayó que “lo incorrecto y legalmente inaceptable, es que la deuda que no puede cobrarle al cliente original de un servicio la traslade a terceros, ya sea el nuevo cliente o recaiga sobre el inmueble y su propietario, ya que ellos no tuvieron ninguna participación en el contrato de suministro de energía UTE-cliente”.
UTE establece que toda aquella deuda que supere los 10.000 pesos, cuando el servicio pida ser reactivado por otro inquilino o el propietario, debe asegurar la cancelación de lo que se debe por una de tres maneras: que cumpla con el pago de la totalidad de la deuda; que deposite el 50% como garantía que será buen pagador, depósito que si cumple puntualmente le será devuelto a los 18 meses, pero solo el mismo importe que depositó, sin tener en cuenta el valor tiempo del dinero; o poner otro servicio como garantía solidaria del nuevo contrato que se está gestionando, que debe tener más de un año de vigencia, no tener incumplimientos y con potencia contratada igual o mayor que la del nuevo servicio al que servirá de garantía.
“UTE por el solo hecho de que el cliente anterior quedó con facturas impagas, asume que el nuevo cliente, que no tiene ninguna relación con el cliente anterior (ni familiar ni comercial), podría incumplir con los pagos y, por esa razón, le impone condiciones injustas y desiguales, ya que a ese mismo cliente no se las exige lo mismo si alquila otro inmueble donde el titular del servicio anterior no dejó deudas pendientes”.

SE DA LA BAJA DE SERVICIO AÚN CUANDO TENGA DEUDAS

Por otra parte, la propia UTE no toma los debidos recaudos cuando se pide la baja del servicio. “Cuando un inquilino desocupa y entrega un inmueble, los propietarios o administradores lo obligan a presentar la baja voluntaria del servicio de UTE, pero esto no significa que el inquilino esté al día con el servicio. UTE le da de baja aunque haya deudas pendientes, ya sea de recibos a vencer o de cuotas de convenios –por refinanciación de deudas– las que si el cliente no hace efectivas terminan recayendo injustamente sobre el inmueble y su propietario”.
Lo obvio es que “UTE no debería dar de baja un servicio con deudas pendientes, de cualquier naturaleza, dándole al cliente las opciones de pagar lo adeudado o vincular esa deuda a otro servicio del cliente deudor o de un tercero que garantice el pago de la deuda”.
“Cuando un servicio se da de baja, UTE debería garantizar que no queda deuda pendiente que afecte al inmueble o a su propietario” en lugar de ir contra el nuevo cliente.

LA NORMATIVA DE UTE ESTABLECE OTRA COSA

Por otra parte, como destaca Walter Garré, UTE “en ninguna cláusula de la norma conocida establece responsabilidad inicial o futura del propietario del inmueble, salvo, obviamente, que el cliente sea el propietario del inmueble”. Esto ocurre porque acertadamente la norma determina que “el contrato de suministro de energía eléctrica es personal e intransferible, por lo tanto el titular del contrato no podrá exonerarse de sus responsabilidades frente a UTE. El titular del contrato es siempre responsable ante UTE, presumiéndose como real usuario del servicio”.
UTE también determina que corresponde al cliente “rescindir el contrato según corresponda, a los efectos de desvincular su responsabilidad sobre el mismo. En caso contrario será responsable por las consecuencias de la utilización del servicio a todos los efectos, independientemente de quién sea el usuario”.
Pero, más allá de la norma, “UTE como empresa prestadora de un servicio público, en su condición monopólica y con total discrecionalidad, puede mantener el servicio habilitado a pesar de que el cliente tenga facturas impagas, otorgando, de hecho, un crédito al cliente, fruto de esa relación comercial UTE-cliente”.
De la misma manera, toma la decisión de discrecionalmente pedir garantía a terceros para saldar cuentas que no generaron y por ende no son responsables.
“No es habitual que UTE exija garantía de pago a quien solicita un contrato de suministro de energía eléctrica. Por esta razón, llama la atención el nuevo proceder de UTE en los casos de clientes que han dejado facturas impagas”.

INSISTIRÁN EN PEDIR AUDIENCIA A CASARAVILLA

La CIU “continuará buscando ser recibida por el Presidente de UTE desde que este problema se reactivó a mediados del año pasado, de la mano de la crisis comercial que se aprecia, pero que en realidad comenzó a ser aplicada por primera vez en 2002. Empero, entonces después de gestiones, logramos ir resolviendo el problema y presentando el contrato nuevo, UTE desvinculaba la deuda del que ingresaba y generaba un nuevo servicio”.
“Hay que lograr que la gente de UTE comprenda que es una locura lo que se está haciendo. No podemos ir tampoco por el lado legal porque de acuerdo a lo que indican los abogados, si bien se tendría éxito, se demoraría meses, y quien alquila ahora necesita la energía eléctrica ya mismo”, sostuvo Garré, quien señaló como “última opción, si no logramos nada ahora” presentar el tema “ante las autoridades que asuman en marzo. Personalmente estoy convencido que el Presidente de UTE no puede estar al tanto de esto, pero no podemos comprender por qué no nos recibe y escucha”.