Solicitada

Leyendo el diario del domingo 10 del corriente, veo un espacio en la página 10 de la Asociación de Escribanos del Uruguay (AEU) en la cual pregonan e invitan a los propietarios de automóviles a titular los vehículos a efectos de garantizar su propiedad y quedar fuera del alcance de posibles acreedores ante un embargo genérico. La nota de la AEU está un poco incompleta y no menciona aquellos vehículos que nunca titularon y han pasado por varios dueños haciendo solo la transferencia municipal del nuevo dueño y también transfiriendo el vehículo adquirido –nuevo o usado– a la póliza de seguro, total, parcial, etc. Los vehículos que no se titulan igual están inscriptos en el registro y desde ahí se obtiene el certificado para la transferencia municipal, por lo menos así fue siempre. Pero por mediados de la administración anterior, el abogado que fue primer director de Tránsito de la IDP –luego fue un escribano– anunció que: “ahora para transferir había que presentar Título de Propiedad, que así es mejor”. Lo que pasa es que la mayoría de las intendencias del país habían hecho convenio con la AEU, y entonces el negocio era redondo. Pero siempre hay alguna intendencia que no se alinea con la mayoría –Rio Negro– y entonces la gente se entera rápido y los contribuyentes se van a ese vecino departamento y transfieren y empadronan ahí, por mucho menos de lo que sale un título. Esta nueva administración derogó el decreto anterior, y ahora no se requiere título para transferir, pues ya se han ido muchos contribuyentes para Rio Negro. Además es muy fácil decir que el vendedor “exija al nuevo comprador que haga el título”. Pregunto: ¿hay alguna medida coercitiva o punitiva que obligue al nuevo dueño a hacer el título? Creo que no, pero hace cuatro años que entregué un auto en una automotora con título a mi nombre, y ya ha pasado por tres dueños y ninguno ha titulado el mismo. El último dueño tiene transferencia a su nombre y ya ha viajado a varios países. Hace más de 10 años tuve un auto que no poseía título y era el cuarto dueño, hice la transferencia en la IDP, y cuando lo vendí, fuimos al escribano del comprador, revisó toda la documentación y le dijo al comprador que estaba todo en orden, y la transacción se realizó. Con este auto que tuve sin título pude viajar fuera del país y fuera del Mercosur sin problemas. En ese entonces fui a mi escribano y lo consulté, a lo que me dijo: “Usted puede seguir sin título y muchos dueños más por delante también, pero si algún dueño anterior hubiera hecho título, entonces sí hay que hacerlo por un posible embargo, pero si no existe título alguno, no hay problema”. También me dijeron que el título es un invento uruguayo legalizado para sacarle dinero a la gente. Las autoridades competentes siempre miran hacia otros países cuando les conviene, pero en este caso se ve que no lo hicieron. La Argentina, que es un gran país con muchos millones de vehículos y personas, se maneja con un gestor, que es la persona que de un día para otro le entrega la nueva libreta de propiedad al nuevo dueño a su nombre, y el vehículo libre de embargos, prendas, etc. En Argentina el escribano no interviene para nada en estos trámites. Un familiar que vive ahí me ha contado que es así de simple. No existe el Título Automotor. ¿Por qué no simplifican y hacen como el vecino país? Porque se perjudicarían muchos profesionales que trabajan para alguna automotora que tiene muchas ventas; y defender la titulación –que no es nada barata– es arrimar agua para su molino, a los profesionales. Y en lo referente a las motos, el vendedor debe ser muy tonto si transfiere la misma al comprador antes que termine de abonarla. Habría más para escribir dado que los escribanos defienden lo suyo, pero quienes pagan muchos miles de pesos somos los dueños de los vehículos. Pero no se preocupen señores escribanos, que en la Argentina también hay colegas y viven de otros títulos, inmuebles, campos, chacras, etc. Siempre van a tener trabajo. 3.781.028-2