MGAP oficializó dejar sin efecto sangrado y vacunación contra brucelosis en Paysandú

A través de un comunicado firmado por el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Fernando Mattos, el MGAP resolvió con fecha 12 de noviembre de 2021, dejar sin efecto la vacunación y revacunación obligatoria contra la brucelosis bovina con la vacuna Brucella abortus RB 51, a todas las hembras bovinas mayores de cuatro meses no gestantes, que se encuentren en predios ubicados en el departamento de Paysandú.
Los titulares de los establecimientos ubicados en dicho departamento, podrán optar por aplicar la vacunación en forma voluntaria, de acuerdo a lo establecido en la resolución ministerial Nº 1819 de 11 de diciembre de 2009, con las modificaciones introducidas por la resolución ministerial Nº 599, de 24 de julio de 2015.
Además, se dejó sin efecto la exigencia de solicitud de autorización al Servicio Oficial del predio de origen; la serología negativa a brucelosis bovina previo al movimiento y el certificado de vacunación o revacunación, de los movimientos de animales susceptibles, desde y hacia los predios determinados en el numeral precedente.
El comunicado establece que la medida se debe a “los avances significativos de la situación epidemiológica de la enfermedad, con una prevalencia marginal, por lo que no se justifica el mantenimiento de la obligatoriedad de la vacunación en el departamento de Paysandú”. Y acota que se ha observado “la disminución significativa de focos de la enfermedad en el departamento, desde el año 2018 a la fecha”.
Además, indica que “el decreto Nº 148/017, de 5 de junio de 2017, adecuó la estrategia del programa de lucha contra la Brucelosis bovina, con el desarrollo de nuevas herramientas informáticas, lo cual permite la reducción del alcance de las zonas de riego, acotando dichas zonas a los predios linderos y traslinderos del predio foco”.