Con el decreto reglamentario forestal, según el diputado Moreno “hay un avance muy importante”

Juan Carlos Moreno.

“Defendiendo y respaldando el decreto creo que en lo general y en lo macro hay un avance muy importante, y después de 30 y pico de años, la Ley Forestal creo que le duplica el desafío al sector, sin cortarle las patas ni en lo productivo ni en la industrialización, pero sí en favor de la igualdad y del mejor futuro que pretendemos para todos dentro del mosaico productivo”, argumentó el diputado Colorado Juan Carlos Moreno en diálogo con EL TELEGRAFO, sobre el decreto reglamentario del gobierno aprobado esta semana, que modifica el marco regulatorio al sector forestal en el país.
A la vez, el representante nacional, integrante de la Comisión de Ganadería se refirió al polémico proyecto de Ley Forestal que impulsaba Cabildo Abierto y que fuera aprobado este miércoles en el Senado, luego que el presidente Luis Lacalle Pou anunciara que lo vetaría. En tal sentido, Moreno recordó que “a principios de 2020 recibimos en Comisión de Ganadería este proyecto de ley de Cabildo Abierto con una primera redacción. Es ahí que empezamos a recibir permanentemente delegaciones a favor y en contra del proyecto y, como habíamos quedado en el correr del año en Comisión de Ganadería, pensábamos seguir dándole tratamiento este año siguiente, sobre todo porque a partir del 1º de enero del 2021, tomaba competencias reales el Ministerio de Ambiente y pretendíamos que hiciera sus aportes. Es así que allí lastimosamente en descacuerdo con nosotros, los diputados del Frente Amplio y el de Cabildo Abierto en Comisión de Ganadería votan la aprobación, pero lo que más nos preocupó es que el proyecto que votan en mayoría no es para nada la redacción en la que trabajamos todo el año. O sea, presentan otro proyecto de ley, con otra redacción y sin poder siquiera analizarlo, porque de una semana para otra se vota con mayoría simple en Comisión y se saca como grave y urgente para el Plenario a fin de año. Todo esto hace un año justo; en Diputados sale con media sanción”.
Ingresado este año “en la Comisión de Ganadería en el Senado, con media sanción, empieza a darse tratamiento a la nueva redacción. Nuevamente se reciben a todas las delegaciones, quedando claro que la mayoría de estas estaban en contra del proyecto”, puntualizó.
Al mismo tiempo, “el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Ministerio de Ambiente, en competencias reales piden hacer una generación de decreto reglamentario para solucionar y evitar toquetear una ley, como lo es la 15.039, que lleva 30 y tantos años y es la mejor y verdadera política de estado que ha tenido este país en estos últimos años”, explicó.
“Finalmente –continuó–, en un trabajo a contrarreloj, había que acercar todas las partes para un buen marco regulatorio a través de un decreto del Ejecutivo. Se presenta ese decreto y, a forma de respuesta de la presentación de un decreto, que tuvo su aprobación por los propios senadores del Frente Amplio y los propios senadores de Cabildo, parece que los temas más importantes del país quedan por debajo de los intereses de los juegos políticos, nuevamente el Frente Amplio y Cabildo votan con sanción completa esta ley”.
Sobre ello, Moreno analizó: “ya sabemos todos cuál va a ser el final de la ley” porque “el presidente de la República, al no estar esto comprendido dentro de lo que es el compromiso por el país, lo va a vetar en estas próximas horas y, sin dudas, todo quedará en la nada”.

ACTUALIZACIÓN

Respecto al decreto, “lo más importante es que está contemplando una actualización en lo general del sector forestal. Como decía, es una ley de 1987 y, en lo personal, siempre estuvimos de acuerdo en una actualización y un nuevo marco regulatorio para el sector forestal, no tanto a nivel de producción sino que presiona para sacarle un poco de privilegio, sobre todo en lo que es la industrialización del sector”, opinó.
“Nosotros estamos de acuerdo en favor de una mejor igualdad para todo el mosaico productivo que hay en el país, retirarle un poco de beneficio en el tema de la industrialización y ayudar a una mejor utilización del suelo de forma justa, y no beneficios para unos y para otros no”, subrayó.
En su visión, “creemos que el decreto reglamentario cubre, no solamente a nivel de ganadero-productivo, agroexportadores, sino que también hay un avance importantísimo –y era lo que más pretendíamos en esto–, en el cuidado ambiental. Creo que allí había que dar un paso importante y dar un nuevo desafío de mejor utilización de los suelos y mejor investigación y que los proyectos forestales sean respaldados en beneficio de todos los uruguayos y no de unos pocos, y menos de los que más tienen”.
“Entonces, el decreto reglamentario, más allá de desglosarlo artículo por artículo, encontramos mejor utilización de la tierra, mejor control de cualquier nivel a cualquier escala de producción de lo forestal y, finalmente, presionando a la industrialización a que verdaderamente pueda estar regulada y controlada sin beneficio, en forma desigual para con las otras producciones”, concluyó.

¿QUÉ DICE EL DECRETO?

En el decreto se estable la creación del Registro Ambiental de Plantaciones Forestales, que será llevado por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (Dinacea) del Ministerio de Ambiente.
A la vez especifica que el interesado en la realización de una nueva plantación forestal de entre 40 y hasta 100 ha deberá solicitar el registro del proyecto a la Dinacea para iniciar la plantación una vez que el registro del mismo se encuentre firme y tendrá validez por hasta 3 ciclos forestales.
En lo que respecta a las condiciones ambientales, en el artículo séptimo establece que para ser registradas las plantaciones se deberán cumplir las siguientes condiciones: el proyecto de plantación deberá realizarse en un 50% como mínimo sobre suelos establecidos en el artículo 9 de este decreto; al momento de la presentación de la solicitud de registro, el área forestada de la o las cuencas de nivel 5, donde se implantará el proyecto de plantación deberá ser menor al 80% del total de la superficie de cada cuenca superior a 1.000 ha; el área que sea afectada por el proyecto no podrá intervenir ecosistemas prioritarios, como montes nativos, humedales, palmares, roquedales o arenales.
En su artículo 9, alude a cuándo se considerarán terrenos forestales con aptitud forestal, estableciendo: suelos ya forestados de conformidad con la normativa vigente, al momento de la plantación original si esta existiere, suelos clasificados USDA VI Y VII y suelos clasificados USDA IV, que presenten potencial riesgo de erosión de conformidad con los criterios que establezca la Dirección Nacional de Recursos Naturales del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
El decreto también establece que se considerará “nueva plantación forestal”, toda acción de plantar con especies forestales, con independencia del uso previo del suelo en el área a ejecutarse.
En su artículo 12 referido a los suelos ya forestados, declara objeto de estudio ambiental y autorización ambiental especial, las nuevas plantaciones forestales de 100 o más hectáreas en un establecimiento o unidad de producción, a desarrollarse exclusivamente en suelos ya forestados y cuyas anteriores plantaciones no hubieran estado sujetas a Autorización Ambiental previa.