Escribe la Dra. Andrea Valiente: Ética y fútbol en tiempos electorales

Al mejor estilo de la película argentina “De eso no se habla”, la aprobación del Código de Ética de la Asociación Uruguaya de Fútbol en el mes de octubre del corriente año quedó en el anonimato en los medios de comunicación.
Conocer su existencia y contenido para las personas vinculadas al fútbol asociación es de vital importancia, si quieren estar y pertenecer en dicho ámbito; al margen que en todo tiempo, circunstancia y lugar se impone reflexionar, ordenar y organizar nuestra acción conforme a principios éticos.
Es la ética, al decir de Adela Cortina, como la estatura y peso al individuo, no se puede vivir sin ellos. Por tal razón, en tiempos electorales, de sobremanera el principio ético de la prudencia se impone.
El ámbito de aplicación personal del Código de Ética de AUF es de tal amplitud, que resulta más sencillo exponer las conductas o acciones fuera de su alcance. Efectivamente, basta tan solo con estar notoriamente identificado/a o reconocido/a en el ámbito del fútbol, para estar comprendido en él. Solamente quedan fuera de su aplicación, aquellas conductas o acciones que se den sobre el terreno de juego, lo que es competencia de los Órganos Disciplinarios de la AUF.
En cuanto estructura y contenido, el mismo no refleja el Código de Ética de la FIFA y Conmebol actualmente vigentes; no obstante se reconocen de aplicación las disposiciones de estos últimos. Tal referencia obedece a que el Código Ético de FIFA establece que las Federaciones deben incorporar las normas de conductas definidas en sus artículos 13 al 29 inclusive, que comprende: deberes generales; deber de neutralidad; deber de lealtad; deber de confidencialidad; deber de denunciar; deber de cooperación; conflicto de intereses; ofrecimiento y aceptación de obsequios u otros beneficios; comisiones; discriminación y difamación; protección de la integridad física y mental; falsificación de documentos; abuso de cargo; implicación en apuestas, juegos de azar o actividades similares; cohecho y corrupción; apropiación indebida y malversación de fondos; manipulación de partidos o competiciones de fútbol.
En particular, se establece como conducta reprobable en el Código de Ética de AUF entre otras: “Ejecutar cualquier acto que comprometa la imagen de transparencia y credibilidad inherente a las funciones que desempeña en el fútbol, y/o que exponga a la AUF, a quienes la componen, clubes, miembros, afiliados e integrantes de los órganos del fútbol, al descrédito público”. (Ítem 30.b).
Con relación al procedimiento, el mismo es confidencial, pudiendo constituirse el Tribunal como órgano de investigación u órgano de decisión. Toda denuncia de origen externo a las estructuras de la AUF puede ser presentada por Mesa de Entrada de AUF en sobre cerrado o mediante correo electrónico tribunaletica@auf.org.uy, pudiendo iniciar el Tribunal investigaciones de oficio.
Si de sanciones hablamos, las mismas van desde la advertencia, amonestación o apercibimiento; suspensión temporal; prohibición de asistencia a eventos vinculados al fútbol distintos a los partidos; reintegro de premios, reparación de la ofensa moral (sin contenido económico); multas económicas; disponer programas de formación o reeducación; servicios comunitarios dentro del ámbito del fútbol u otros, hasta la expulsión de toda actividad o vínculo con el fútbol.
En definitiva, se advierte que al margen de los distintos Códigos Éticos que puedan tener los distintos miembros afiliados a la AUF, ante la existencia de conductas previstas como reprobables de personas que formen parte de las estructuras del fútbol o aún fuera de aquellas, todas están sujetas al Tribunal de Ética de la AUF.
En época de promesas electorales, todas las personas que forman parte o son notoriamente reconocidas en el ámbito del fútbol asociación, deberían conocer el Código de Ética de AUF.
Conocer que actuar con prudencia es una forma de actuar promovida por el citado Código en su ítem 18. No en vano Verónica Camps en su obra “El gobierno de las emociones” (2017:51-52), expresa: “La virtud de la prudencia hace a la ética aristotélica una ética de situación (…) Es la prudencia, más que la sabiduría lo que le conviene al político”. No debemos olvidar cuántos candidatos quedaron al margen en las últimas elecciones de AUF, tan sólo por “comprometer la apariencia de ser” éticamente incorrectos.