Bella Vista continúa siendo Campeón de Honor 2023

Finalmente fue promulgado ayer el fallo del Tribunal de Penas de la Liga de Fútbol de Paysandú sobre la protesta de Estudiantil en la cual solicitaba los puntos, respecto a los hechos violentos ocurridos tras la final por el título de Honor 2023 entre estudiosos y papales, y el órgano resolvió no dar lugar al petitorio de la nota elevada por Estudiantil para la aplicación de los artículos 317, 318 y 319 del Código de Penas de OFI. En aquella ocasión todo ocurrió en la sede del estudioso cuando la caravana de simpatizantes y jugadores de Bella Vista pasó por allí, luego de la obtención del título de Honor 14° para los papales, se suscitaron enfrentamientos y agresiones entre ambos equipos.
Tal y como se publicó en la edición del pasado 30 de diciembre había varias dudas sobre los artículos que fueron citados en la protesta por la directiva de Estudiantil, que fueron el 317 y 318 del Reglamento de la Organización del Fútbol del Interior, principalmente sobre los alcances de estos.
En aquella edición se señaló desde EL TELEGRAFO respecto al artículo 317 que este refiere a hechos que “se produzcan antes, durante o después de la realización de un partido a cargo de OFI o por las Ligas Afiliadas en su caso, hechos que afectaren su normal desarrollo, o se generaren incidentes que signifiquen alteración del orden…”. Y según lo señalado por el Tribunal en su explicación, dicho artículo no refiere a lugar y tiempo exacto, exceptuando el lugar y momento en el cual se realice el espectáculo. Y basado en ello enfatiza en que los hechos ocurrieron a tres kilómetros del lugar del espectáculo, Estadio Artigas, y prácticamente tres horas después del final de este. Agregando a modo de reflexión que “…la redacción actual del articulo 317 no está pensada para resolver este tipo de situaciones. Será necesario una legislación que determine con precisión circunstancias temporales y de lugar. En definitiva, para resolver denuncias como la planteada hace falta más y mejor legislación”.
Y sobre el artículo 318 que refiere a la quita de puntos, el problema es que en este caso el encuentro era una final, sin puntos en juego y con definición por penales prevista, por lo cual el Tribunal de Penas tampoco dio lugar al otorgamiento de puntos a Estudiantil por todo lo antes señalado.