Apuntan a que 1.500 profesionales deudores puedan reafiliarse a la caja

Desde agosto rige la norma por la que se establecen facilidades para que los profesionales deudores de la caja que los nuclea puedan regularizar su situación, y de esta forma por un lado contribuir a sanearla y estar en mejores condiciones a la hora de acogerse a los beneficios jubilatorios.
Precisamente la nueva ley de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios incluye un régimen de reincorporación de deudores, que entró en vigencia en el mes señalado, y permite regularizar las deudas con el organismo en condiciones especiales.

El presidente del Directorio de la Caja, Dr. Daniel Alza, destacó al respecto que a través de la nueva normativa, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) permite regularizar deudas de aportes con pagos flexibles en unidades reajustables, sin entrega inicial y con un interés anual del 1%, brindando una oportunidad a los universitarios de ponerse al día y mantener beneficios previsionales.

En una primera etapa, la CJPPU convocará a unos 1.500 profesionales con deudas de menos de 10 años de antigüedad, cuyo capital adeudado se estima que asciende a $774 millones de pesos.
Este régimen posibilita a los profesionales retomar la actividad como independientes, volviendo a tener cobertura y el certificado de estar al día de manera automática. Además se accede a subsidios y los períodos abonados computan para la futura jubilación. “Este hecho es de relevancia para el instituto que pone foco en el afiliado, brindándole las herramientas para que retomen sus actividades como independientes”, indicó el presidente de la Caja, Dr. Daniel Alza.

El profesional amplió que “el régimen contribuye a la sostenibilidad de la institución al promover que los deudores regularicen su situación y se reincorporen, en particular los profesionales jóvenes o de mediana edad que enfrentaron dificultades para aportar en algún momento”, afirmó Alza, al considerar por otro lado que el plazo para presentar las solicitudes vence el 30 de junio de 2026.
A partir de la suscripción del convenio, la persona adquiere todos los derechos, en las condiciones que la nueva ley establece, debiendo continuar al día con los aportes corrientes.
Las solicitudes deberán efectuarse a través del formulario de contacto disponible en el portal institucional, adjuntando la documentación correspondiente.

Podrán adherirse profesionales con Declaración Jurada de Ejercicio, así como quienes estén en situación de No Ejercicio y lo declaren al momento de la adhesión, manteniendo el ejercicio mientras subsista el convenio.

Derechos jubilatorios

Se podrá acceder a la jubilación una vez abonado al menos el 50% de la deuda y los aportes hasta enero de 2014; y siempre que se cumplan las condiciones de edad y años de ejercicio que correspondan.
Se establece un período de carencia de dos años desde el último pago imputable al convenio. Quienes no regularicen en el plazo previsto continuarán acumulando multas y recargos, no podrán acceder a los beneficios jubilatorios, pensiones, subsidios y podrían enfrentar acciones legales de cobro, incluidos embargos y remate de bienes, embargos de cuentas bancarias y otros.