La “razonabilidad” de las multas, un principio
La gestión del tránsito en el interior del país, y con particular énfasis en departamentos como Paysandú, enfrenta un equilibrio precario entre la seguridad vial y la capacidad de pago del contribuyente. Históricamente, las multas han sido concebidas bajo una naturaleza dual: operan como una herramienta disuasoria imprescindible para preservar la integridad física de los ciudadanos y, simultáneamente, constituyen un engranaje fundamental de la ingeniería financiera municipal. Al estar indisolublemente vinculadas al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive), las sanciones se convierten en un requisito de cumplimiento obligatorio para el pago de la patente de rodados, situándose así en el epicentro de la captación de recursos de las intendencias. No obstante, cuando la sanción pecuniaria se divorcia de la capacidad real de ahorro o subsistencia del sancionado, el sistema se quiebra por su base.
No existe una salida sencilla en un escenario donde convergen la legitimidad de la sanción, la vulnerabilidad económica de los conductores y la necesidad del Estado de mantener el orden público a través de incentivos negativos. Más allá de la frialdad de las estadísticas, existe una multiplicidad de factores humanos que no suelen ser capturados por las planillas de las administraciones públicas. En este sentido, la postura del intendente de Paysandú, Nicolás Olivera, introduce una premisa de corte pragmático que roza lo filosófico: la multa debe ser, ante todo, “pagable” para conservar su esencia como tal. Según ha trascendido a través de este diario, la resolución de la comisión de seguimiento del Sucive de unificar el cobro de multas y patentes a partir de marzo añade una presión adicional sobre el usuario.
Este mecanismo busca cerrar las grietas de la morosidad, pero ignora en ocasiones que el ciudadano medio puede enfrentarse a deudas acumuladas que superan con creces el valor de mercado de su vehículo.
Es aquí donde la gestión pública debe abandonar el pensamiento utópico en favor de un realismo administrativo. Si bien el ideal normativo postula que el cumplimiento estricto de las reglas eliminaría por completo la siniestralidad –una meta que todo gobierno debe perseguir–, la realidad del tránsito es una construcción dinámica, falible y profundamente humana. Una sanción que no se puede exigir por resultar inalcanzable para el infractor es, en términos jurídicos y prácticos, una sanción inexistente. Se convierte en un mero registro burocrático que, lejos de corregir la conducta, empuja al individuo hacia la marginalidad vial. El infractor contumaz, agobiado por cifras que nunca podrá saldar, opta por circular en la clandestinidad, alimentando un círculo vicioso de impunidad y riesgo para terceros que despoja de sentido a la norma misma.
Uruguay ha transitado un camino de notable maduración en la institucionalidad de sus gobiernos departamentales. El fin de la denominada “guerra de las patentes” –aquel período de competencia fiscal desleal entre intendencias– representó un hito de civismo administrativo. La unificación actual del valor de las multas se presenta como el corolario lógico de aquel proceso. No resulta sostenible, desde una perspectiva de equidad republicana, que la gravedad de una infracción técnica dependa exclusivamente de la jurisdicción geográfica donde se comete. Unificar los criterios en Montevideo, Artigas o Cerro Largo no solo simplifica la labor del Estado, sino que fortalece la seguridad jurídica del conductor. Sin embargo, este proceso de armonización aún encuentra obstáculos en la fragmentación de competencias, especialmente cuando se cruzan las jurisdicciones municipales con las del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en las rutas nacionales, generando un mapa de fiscalización que a menudo resulta confuso para el administrado.
La introducción del concepto de “razonabilidad” en el régimen sancionatorio responde a una observación sociológica ineludible: la desigualdad del impacto. Para el propietario de un vehículo de alta gama, una multa de cuantía estándar puede representar un inconveniente menor, un trámite administrativo sin mayores consecuencias en su calidad de vida. Para un trabajador que depende de una motocicleta de baja cilindrada para su movilidad laboral, esa misma sanción puede significar un golpe demoledor a su economía doméstica, equivalente a un porcentaje sustancial de sus ingresos mensuales. Esta asimetría genera un efecto perverso: ante la imposibilidad de pago, se incentiva el abandono del circuito formal. El crecimiento de un parque automotor marginal, que circula sin seguros ni inspecciones técnicas vigentes, es la consecuencia directa de un sistema que expulsa a quienes no pueden redimir sus faltas “desde el vamos”. En el segmento de las motocicletas, el absurdo alcanza su cenit cuando el monto de las sanciones acumuladas incita al propietario a abandonar la unidad y adquirir una nueva, generando un residuo administrativo y ambiental que el Estado debe luego gestionar.
Otro punto de fricción ineludible es la calidad y el foco de la fiscalización. Existe en el imaginario colectivo la percepción de que la inspección de tránsito se orienta con frecuencia hacia la “sanción fácil” —como el estacionamiento indebido en zonas de baja peligrosidad— en lugar de perseguir aquellas conductas temerarias que comprometen la vida. La desatención ante el irrespeto de las preferencias de paso, las maniobras imprudentes en esquinas o el exceso de velocidad en áreas residenciales erosiona la legitimidad de la autoridad. Para que una rebaja de multas sea comprendida como un acto de justicia y no como una medida populista o puramente recaudatoria, debe ir acompañada de una mejora cualitativa en la formación y el despliegue de los agentes de control. La tecnología de radares ha aportado una objetividad necesaria, pero ha eliminado el componente pedagógico del encuentro entre la ley y el ciudadano. Además, la norma tiene que ser respetable para ser respetada, y en el caso de los excesos de velocidad, primero habría que re estudiar con criterios lógicos muchos de los casos en que las velocidades máximas permitidas son absurdas por lo bajo o por los cambios bruscos en el límite permitido. De otra forma se vuelven radares “cazabobos” que claramente están allí para levantar multas.
En última instancia, el acuerdo que emerja del Congreso de Intendentes será un paliativo necesario para miles de contribuyentes. Las fórmulas que contemplan descuentos de hasta el 50% son pasos en la dirección correcta para reintegrar a los conductores a la formalidad tributaria y normativa. No obstante, no se debe incurrir en el error de considerar esta medida como el fin del problema. Se trata de un ajuste técnico sobre una realidad social desgastada. La verdadera solución a la problemática vial no se encuentra en las tablas de valores de una intendencia, sino en una transformación profunda del comportamiento colectivo. El decaimiento de los valores cívicos que se percibe en la convivencia diaria tiene en el tránsito su manifestación más violenta y visible. Mientras el egoísmo y la urgencia sigan prevaleciendo sobre el respeto al derecho ajeno, el sistema continuará atrapado en un ciclo de deudas y parches administrativos. La razonabilidad de la multa es un imperativo de buena administración; la razonabilidad al conducir es, todavía, la gran materia pendiente de la sociedad uruguaya.
