El diputado Fermín Farinha salió a aclarar el alcance real del proyecto vinculado a la expropiación de inmuebles para políticas de vivienda, rechazando interpretaciones que lo presentan como una herramienta de amplio alcance sobre las viviendas vacías del país.
"He visto declaraciones que hablan de que hay cien y pico de mil casas vacías y que esta ley va a venir a resolver eso. No es así", enfatizó. "No es ni un cheque en blanco ni con esto vamos a resolver el tema de la carencia de vivienda. Es un instrumento más, pero no tiene la amplitud que he escuchado", afirmó.
El mecanismo aplica exclusivamente para situaciones de riesgo sanitario, fincas ruinosas o casos previstos en el artículo 62 de la Ley de Ordenamiento Territorial, vinculados a planes de vivienda u obras de saneamiento. La principal novedad es la reducción de plazos judiciales mediante un procedimiento extraordinario del CGP.
Toda expropiación requerirá tasación previa, intervención judicial y disponibilidad de fondos para la indemnización justa y previa. Cuando el inmueble acumule deudas departamentales, estas podrán compensarse con el valor de la tasación.
La norma también aplica a inmuebles en procesos sucesorios o con titulares ausentes, siempre que se cumplan las condiciones legales.
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