Extintores con más de 20 años no pueden ser recargados

Una resolución de la Dirección Nacional de Bomberos de 2014, como institución que rige las normas sobre cuidados y prevención de incendios, está siendo aplicada luego de ser reglamentada por el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT) en su cuarta revisión de julio de 2017.
La primera norma UNIT para extintores fue de 1988 y tuvo luego actualizaciones en 1989. En marzo de 2017, se incluyó los 20 años de vida útil, mientras que en julio de este año se estableció un cronograma de transición para el cambio de los extintores por nuevos.
ESTE AÑO VENCEN LOS DE 1989
Según la Norma UNIT 598:2017 “Material de lucha contra incendios; extintores portátiles y extintores manuales, a base de polvo, bajo presión”, publicada en julio de 2017, la vida útil de los extintores a base de polvo de 1, 2, 4 y 8 kilogramos de capacidad tendrán una vida útil de 20 años, con vigencia para los fabricados a partir de 2005. Los anteriores se mantendrán en servicio hasta el vencimiento de la última recarga. Los fabricados antes de 2005 tienen un período de transición que, por ejemplo, establece que los fabricados en 1989 tienen este año como el último habilitado. Los fabricados en 1992 tienen vigencia hasta el año que viene, 2019 será el último año para los extintores fabricados en 1994 y en 2020, tienen fecha de vencimiento los de 1996. Continúa sucesivamente hasta los fabricados en 2005, que podrán ser utilizados hasta 2024. Luego de esa fecha tope, no podrán ser recargados y deberán retirarse del servicio, según su año de fabricación.
Una vez vencida la última recarga, al ser recibidos en un taller de mantenimiento habilitado por la Dirección Nacional de Bomberos y por el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas, se verificará la fecha de fabricación del extintor y, de acuerdo con el cronograma, se informará que el equipo será retirado de servicio. En ese caso, el dueño del extintor tendrá dos opciones: autorizar su destrucción o llevárselo para entregarlo como chatarra. En ambos casos, se labrará un acta formalizando el retiro de servicio del extintor. (Más información en edición impresa).