Imputaron a un hombre que se propasó con la hija de su pareja

La Justicia condenó a un hombre de 64 años al comprobarse que se propasó con la hija de su concubina cuando habían ido a hacer un mandado en la localidad de Piedras Coloradas.
De acuerdo a lo informado por Jefatura, el hecho fue denunciado el 10 de diciembre pasado por parte de la víctima, una muchacha mayor de edad. La misma contó a la Policía que esa mañana había acompañado en automóvil al hombre a realizar unas encomiendas para la casa, ocasión que el mismo aprovechó para tocarle sus piernas. La joven rechazó su actitud, quitándole la mano pero éste insistió en ello. Una vez de regreso a la casa, la joven le contó a su madre lo ocurrido y decidió denunciarlo.
Con relación al antecedente, la madre de la víctima dio su aporte al respecto y los hechos se elevaron a nivel de la Fiscalía, donde continuaron, extendiéndose medidas preventivas de no comunicación y/o acercamiento hacia la víctima.
En la víspera la Justicia Penal dispuso su imputación y condena por “un delito de atentado violento al pudor”, imponiéndole como pena 12 meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad a prueba bajo las siguientes condiciones: 6 meses de arresto domiciliario nocturno en el horario comprendido entre las 20 y las 6 del día siguiente; prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima y sus familiares, así como a su domicilio por el período de los 12 meses; presentación sin permanencia una vez por semana ante la Seccional correspondiente a su domicilio; fijación de domicilio; sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA; prestación de trabajo comunitario por el término de 10 meses.
Asimismo, se dispuso la suspensión al condenado para el ejercicio de la patria potestad, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes, así como el ejercicio de cualquier cargo público o privado, en el área educativa, de la salud y todas las que impliquen trato directo con niños, niñas, adolescentes, o personas con discapacidad, o situaciones de personas mayores en situación de dependencia por el término de 10 años. Además se lo condenó “a una reparación patrimonial a la víctima, equivalente a 12 ingresos mensuales del condenado o, en su defecto, 12 salarios mínimos”.