Funcionarios municipales reciben “Ticket de Alimentación”

Los funcionarios de la Intendencia de Paysandú comenzaron a recibir las tarjetas “Ticket de Alimentación”, con las que cuatro veces al año recibirán un depósito de 2.000 pesos (8.000 por año) para comprar alimentos en los comercios asociados al prestador del servicio.
A fines de marzo pasado, cuando se firmó un nuevo convenio laboral entre la Intendencia y Adeyom (vigente solo para funcionarios directamente contratados por la Intendencia) se acordaron incrementos salariales ajustados a IPC y partidas de alimentación por un total de 8.000 pesos anuales. Las partidas de 2.000 pesos serán cargadas a las tarjetas magnéticas en los meses de abril, mayo, agosto y setiembre.
El convenio incluye además partidas por productividad, mejoramiento continuo de la gestión e instrumentación de un programa permanente de capacitación. El intendente Nicolás Olivera, el secretario general Fermín Farinha y el director de Hacienda Sebastián Iturralde por la Intendencia y Víctor Deorta y Nicolás Yapur, presidente y secretario de Adeyom, se reunieron en el Salón Rojo del Palacio Municipal, para conocer los “plásticos” que luego comenzaron a ser distribuidos a los funcionarios. Las tarjetas “Ticket de Alimentación” tienen una operativa similar a las de débito y son consideradas un “beneficio social”, tal como lo reafirma el propio convenio. Se otorgará durante todo el quinquenio. “Fue todo un proceso para la Intendencia, ya que es la primera vez que aplica este régimen”, indicó Sebastián Iturralde.
Al entregarse las tarjetas –personales e intransferibles– los funcionarios reciben un instructivo de uso y el PIN (Personal Identification Number, Número de Identificación Personal) para su uso.
El Estado incentiva con exoneraciones las partidas de alimentación, por lo que la propia Administración también se beneficia. Están legalmente exoneradas de Aportes Patronales. Deben registrarse en el recibo de sueldo y generan automáticamente otros derechos para el trabajador (licencia, salario vacacional, indemnización por despido). Empero, para el aguinaldo solo se considera el salario recibido en efectivo.
La Reforma Tributaria de 2009 comenzó a gravarlas solamente con aportes patronales jubilatorios, manteniendo la exoneración para los demás Aportes Patronales (de Salud y del Fondo de Reconversión Laboral).