Tribunal de Apelaciones confirmó sentencia en el caso de femicidio de Amparo Fernández

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno ratificó la sentencia de primera instancia que condenó a Luis Alberto Deorta Vera a 26 años de penitenciaría por el homicidio muy especialmente agravado por femicidio de la sanducera Amparo Fernández. El caso, que EL TELEGRAFO siguió minuciosamente, fue investigado por la Fiscalía Departamental de Florida de 2º Turno, a cargo de la doctora Alicia Gómez y tuvo la particularidad que el cuerpo de la víctima nunca fue hallado, por lo que parte de la prueba fue de carácter “indiciario”.
En esta ocasión, el tribunal integrado por los ministros José Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Míguez, destacó el valor de los indicios recogidos “abonan íntegramente la teoría del caso presentada por Fiscalía”. Entre otros elementos, el equipo fiscal demostró “mediante la triangulación de las antenas de celular que el condenado se encontraba junto a la víctima, que éste esparció objetos de la víctima en distintos lugares para dificultar la investigación y que lavó su camioneta luego del homicidio para eliminar pruebas”.
“El examen detenido y armónico de los elementos probatorios, como ha sostenido reiteradamente la jurisprudencia nacional, llevan a descartar su análisis como piezas desvinculadas o aisladas que podrían hacer pensar en falta de contundencia, o más aún, de poder probatorio pleno”, consideró la sala.
En tanto, indicaron que las declaraciones vertidas “en cantidad y calidad en este proceso deben analizarse dentro del contexto del informativo y objetivamente en comunión con el resto del material probatorio para establecer su poder de convicción, por lo cual no se comparten los agravios de la defensa cuando afirma que se seleccionó inadecuadamente su contenido porque en concreto lo que se hizo es recomponer una situación (el homicidio) con indicios de tiempo, espacio y lugar avalados por personas que los aportaron y recopilaron”.
La sentencia, redactada por el ministro Balcaldi, da cuenta que en el trabajo de la Fiscalía “se realizó un pormenorizado análisis de los indicios y su relación directa con la desaparición de la víctima y la presencia exacta del encausado en ese momento y lugar. Es evidente que el cuerpo no se halló porque el encausado hizo lo necesario para hacerlo desaparecer, pero los pormenores del recorrido que realizó la pareja se constató con el seguimiento de los teléfonos celulares y la situación de la desaparición de los efectos personales también fue D. quien los recogió de la estancia y los destruyó para dificultar la investigación”, concluyó.