la transparencia sigue intacta

A menos de un mes de tener que asistir a las urnas para votar mantener la LUC (NO) o derogarla (SI) asistimos a un cúmulo de argumentos de un bando y del otro, que muchas veces confunde, mezclándose la verdad y la mentira; por tanto conviene informarse y saber si es correcto lo que nos están contando. Esta solicitada tiene que ver con la posibilidad que da la Ley de Urgente Consideración de poder elegir y en lo que aquí respecta y quiero desarrollar, haré referencia a la libertad financiera. ¿Qué dice la ley? Que los uruguayos a partir de julio de 2020, que es la fecha en que la LUC entró en vigencia, pueden elegir con qué medio de pago prefieren cobrar su sueldo, si en efectivo o bancarizado, por qué medio de pago prefieren abonar los precios en los negocios en que intervienen, (compraventa, permuta, etcétera) ya que hay libertad de elección hasta la suma de 1.000.000 (un millón) de unidades indexadas, lo que equivale hoy a un poco más de 100.000 dólares. Usted, hasta ese límite, puede pagar en efectivo o bancarizado. Eso está claro, la ley lo establece en su artículo 215 y siguientes. En el punto que se ha tratado de confundir con una campaña engañosa, es en el tema del control de lavado de activos. Se ha dicho que si usted hace negocios en efectivo ya no se hace más control sobre el lavado de activos, diciendo que el sistema creado por la LUC lo habilita, tratando de instaurar la idea de que ya no existe más la transparencia de antes. A lo que respondo que el control sigue existiendo igual y no es por la LUC, es por las leyes 19.574 y 19.749 y sus decretos reglamentarios. El organismo encargado es la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos (Senaclaft), organismo que sigue vigente, haciendo los controles que por ley le corresponden y obligando tanto a los escribanos como a muchos sujetos más, a actuar con la mayor diligencia en ese sentido. Una cosa es la libertad financiera que instauró la LUC, otra cosa y corren por carriles diferentes, es el control de transparencia en los negocios, que sigue existiendo de la misma forma a cargo de la Senaclaft. Es bueno saber también, que en el gobierno del Frente Amplio se podía hacer negocios en efectivo, aún con la ley de bancarización obligatoria vigente, la ley 19.210. Uno podía ir con un millón de dólares en efectivo al escribano y pagar un inmueble. Se podía. ¿Cuál era la consecuencia? Que la escritura de compraventa que se otorgara de esa forma, no era nula, pero no podía inscribirse en el registro de la propiedad, si no se pagaba la multa que estaba pactada en la ley. (Artículo 12 de la ley 19.478). Por tanto, los que tanto se asustan de la libertad financiera instaurada en la LUC, son los mismos que permitieron negocios en efectivo bajo el régimen anterior, rigiendo una bancarización obligatoria como regía. La libertad financiera es muy buena, beneficia a muchísima gente, pensemos en los compatriotas del interior profundo a quienes acceder a un cajero para cobrar su sueldo y así pagar sus cuentas les es dificultoso. Prefieren cobrar el dinero en mano y hoy pueden hacerlo. En el régimen anterior fuimos rehenes de los bancos y hoy se nos da la posibilidad de elegir. Aprovechemos ese beneficio y votemos NO a la derogación de la LUC.
Esc. Sabrina Buono