Pisando los bordes

En la víspera comenzó en París, en la sede mundial de la Unesco (Agencia de las Naciones Unidas para la educación, la ciencia y la cultura), la titulada “Conferencia Mundial por un Internet Confiable”, en la que se está poniendo en debate un proyecto de Directrices para regular las plataformas digitales “con el fin de mejorar la fiabilidad de la información y proteger la libertad de expresión y los derechos humanos”, como lo anuncia el documento que acompaña la convocatoria en la página de la Agencia. Este primer borrador que se está discutiendo surgió de un proceso de consulta a las partes interesadas que comenzó en setiembre del año pasado. Como fruto de este debate actual se espera que surja un nuevo borrador revisado, que se distribuirá para realizar nuevas consultas con la finalidad de lograr una versión final en el transcurso de los próximos meses.
Pero caben al respecto de este proceso algunas interrogantes. ¿Por qué hace esto Naciones Unidas? Es decir: ¿tiene potestades Naciones Unidas para pretender establecer una regulación en Internet? Si establecemos que es pertinente, ¿puede tener efectos prácticos una regulación de este tipo en un mundo copado por las empresas tecnológicas?
Unesco se creó en noviembre de 1945 con la misión de “contribuir a la paz y la seguridad mediante la promoción de la colaboración entre las naciones a través de la educación, la ciencia y la cultura, con el fin de asegurar el respeto universal a la justicia, al estado de derecho, a los derechos humanos y a las libertades fundamentales que se afirman para los pueblos del mundo”. Su cometido, de alcance mundial, incluye la promoción de la “libre circulación de ideas por medio de la palabra y la imagen”, recuerda el documento.
Proteger y promover la libertad de expresión, el acceso a la información y la seguridad de los periodistas pasaron a ser pilares de la organización. Las dos primeras –la libertad de expresión y el acceso a la información– son los valores que busca proteger con estas Directrices y con ello aparece la necesidad de “garantizar que el espacio en línea continúe desarrollándose y utilizándose de manera propicia”.
El objetivo de estas Directrices que se están discutiendo es apoyar “el desarrollo y la implementación de procesos regulatorios que garanticen la libertad de expresión y el acceso a la información”, pero a la vez refiere a los “contenidos ilegales” y los que podrían poner en riesgo la democracia y el disfrute de los derechos humanos. De una línea a otra el documento pasa de hablar de libertad de expresión a aludir a “contenidos ilegales”. Sería conveniente aquí, y seguramente se ocupan de ello las Directrices propuestas, determinar los límites entre los contenidos “legales” e “ilegales”. Por ejemplo, por la forma en que se obtuvieron algunas informaciones en el pasado reciente fueron consideradas ilegales, como el caso de Wikileaks y otras filtraciones, pero sirvieron y aún sirven para poner en evidencia irregularidades tales como blanqueos de capitales mal habidos o evasiones fiscales.
Las Directrices tendrán alcance sobre plataformas digitales “que permiten a las personas usuarias difundir contenido al público en general, incluidas las redes sociales, las aplicaciones de mensajería, los motores de búsqueda, las tiendas de aplicaciones y las plataformas para compartir contenido”. Proponen además algunas condiciones previas hacia el establecimiento de un sistema regulador independiente. Esto es fundamental, porque este sistema será el que determine qué contenidos han de circular y difundirse. También determina estructuras y procesos que las plataformas deberían tener para cumplir con el objetivo de la regulación. Define el documento que la regulación debe centrarse principalmente en los sistemas y procesos utilizados por las plataformas, “en lugar de esperar que el sistema regulador juzgue la idoneidad o legalidad de los contenidos individuales”. Y acota que “toda decisión específica sobre la legalidad de determinados contenidos debe seguir el debido proceso y debe estar abierta a la revisión por parte de un órgano judicial”.
El documento concluye por donde tal vez debería comenzar: agregando que junto con la regulación de las plataformas digitales “es esencial que se promueva las habilidades principales de formación mediática e informacional para las personas usuarias, incluso por parte de las propias plataformas”. Esto, afirma, permitiría a los usuarios “interactuar críticamente con el contenido y las tecnologías, navegar por un panorama de medios e información en rápida evolución, marcado por la transformación digital, y desarrollar resiliencia frente a los desafíos correspondientes”.
Es utópico pensar que todas las personas antes de presionar una tecla, hacer un clic o apoyar su dedo en una pantalla estén al tanto de a qué se están exponiendo. Es lo mismo que suponer que aunque sea una mínima parte de la población se ha leído todos los acuerdos de “Términos y condiciones” de los servicios de los que se ha convertido en usuario, la gran nube oscura sobre la que está montada la gran autopista de la información. Tal vez hemos demorado demasiado en exigirles a estas mega empresas multinacionales la responsabilidad necesaria de educar de alguna forma a los usuarios sobre a qué se están exponiendo.