Está operativo el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales

Con la aprobación de la Ley de Urgente Consideración se creó el Registro Nacional de Violadores y Abusadores sexuales, cuyo objetivo es que los condenados por este tipo de delitos estén inhabilitados a trabajar en instituciones en las que puedan tener contacto con niños y adolescentes.
El registro comenzó a funcionar hace diez días y hasta la semana pasada ya se habían ingresado dos personas, publicó El País. Una oficina de la Dirección Nacional de la Policía Científica con seis personas se encarga de confeccionar la lista. El director de Policía Científica, José Azambuya, explicó cómo se decide quienes forman parte de ella y cómo se accede a esta información. “Hubo que conformar una oficina, nombrar un responsable y obviamente realizar los protocolos de actuación para Montevideo y todo el país”, indicó.
Una persona será incluida en el registro cuando un juez haya dictaminado una condena firme por los siguientes delitos: violación, abuso sexual, atentado violento al pudor, abuso sexual sin contacto corporal y corrupción de menores.
De acuerdo a la LUC, respecto de toda persona condenada se consignará nombres y apellidos, en caso de poseerlos se consignarán los correspondientes apodos, seudónimos o sobrenombres; fotografía actualizada; fecha y lugar del nacimiento; nacionalidad; número de documento de identidad; trabajo o actividad especificando la dirección del mismo; domicilio actual y delito por el cual fue condenado.
Una vez que la sentencia condenatoria se encuentre firme, el juez ordenará de oficio los exámenes tendientes a lograr la identificación genética del condenado para su inclusión en el Registro Nacional de Huellas Genéticas y remitirán al Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales, mediante oficio, los datos filiatorios de los condenados por los delitos individualizados en el inciso segundo y datos sobre la sentencia de condena.
En tanto, los condenados, estando ya en libertad y por un plazo de diez años, tendrán la obligación de mantener informada a la sede judicial debiendo comunicar cualquier modificación operada en los datos referidos en esta norma.
Según un decreto firmado por el presidente Lacalle Pou ciertas instituciones, tanto privadas como públicas, deberán exigir a sus trabajadores un certificado de no inscripción. Es decir que para trabajar en determinados lugares es necesario no estar incluido en la lista.
Respecto a las certificaciones que se han tramitado hasta el momento, Azambuya indicó que todas son “negativas”. Es decir que, ningún condenado que forma parte del registro la solicitó.