“La Intendencia Departamental y los municipios carecen de competencia para disponer el cierre coactivo de un local comercial por la supuesta violación de una norma de carácter nacional, porque por su autonomía no operan estos órganos por delegación del Poder Ejecutivo”, aseguró el edil departamental Marcelo Tortorella, quien advirtió que “antes que política mi opinión es técnica; realmente he recibido muchas consultas en las últimas horas y creo que es necesario aclarar desde la mirada jurídica”.
Tortorella se refirió al “decreto del Poder Ejecutivo de fecha 2 de diciembre 2020 por el que se dispone que los bares, pubs, restaurantes y afines deberán permanecer cerrados al público desde las 0 a las 7 horas”. Este es “una norma de alcance nacional cuyo cumplimiento debe ser fiscalizado por el Ministerio del Interior”. Esto se da de bruces con lo indicado por el Poder Ejecutivo que encomendó a las intendencias departamentales el control y la aplicación de medidas.
“Como toda norma prohibitiva, la misma debe interpretarse en términos restrictivos, con lo cual no resulta aplicable a aquellas hipótesis que no sean las expresamente previstas en el decreto o, en su caso, asimilables”, dijo y agregó que “el Congreso de Intendentes fue mucho más allá de lo planteado por el Poder Ejecutivo; no entiendo por qué se procedió así”.
Considera Tortorella “los mercados de 24 horas y salones de ventas de estaciones de servicio, a vía de ejemplo, que operan 24 horas, no pueden ser asimilables a los bares o restoranes, dado que en estos comercios meramente expenden productos que no son consumidos en el local”. Y para el caso que sí tengan facilidades para que los clientes consuman lo adquirido en el lugar “en esta hipótesis estos elementos deberán ser retirados del local”.
Pero insistió que “en todo caso sería el Ministerio del Interior el encargado de hacer cumplir una norma de carácter nacional”.