Videovigilancia y reconocimiento facial, un debate pendiente

Las redes de cámaras en la vía pública no dejan de crecer en todo el Uruguay y se han convertido en una herramienta efectiva, al menos para la disuasión del accionar delictivo, aunque hay sobrados ejemplos también de cómo han permitido aclarar hechos delictivos y otras situaciones, como el incendio de grandes dimensiones ocurrido recientemente en el centro de nuestra ciudad.
Sin embargo, esta amplia disponibilidad de aparatos que registran todo lo que acontece en la vía pública tendrá un complemento poderoso, con el siguiente paso, ya aprobado en la ley de presupuesto de este período, Ley N° 19.924. En los artículos 191º y 192º de esta norma se crea, en el Ministerio de Interior, una base de datos biométrica, que se vincula a su vez con la base de datos de Identificación Civil, o mejor dicho, lo que se dispone es la migración de todas las imágenes disponibles desde la dependencia que expide las cédulas de identidad y los pasaportes, hacia esa nueva base de datos.
Es decir, que la base de datos no solo contendrá los datos biométricos de personas poseedoras de antecedentes penales, sino que será capaz de asociar automáticamente imágenes del rostro con datos identificatorios de cualquier persona. Las posibilidades de este sistema son muy amplias, por supuesto.
Así que tenemos por un lado, en el artículo 191º, la creación de “una base de datos de identificación facial para su administración y tratamiento con fines de seguridad pública” y en el 192º la autorización de la “migración actualizada” de “la totalidad de las imágenes faciales de las personas mayores de edad de las que lleva registro, los nombres y apellidos de sus titulares, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de cédula de identidad, fecha de expedición y fecha de expiración de esta última”.
Una pregunta pertinente es si alcanza con esto que se aprobó en la Ley de Presupuesto para que el Estado incorpore a sus sistemas de videovigilancia la identificación biométrica de las personas. Técnicamente sí, figúrese que en China estos sistemas ya están en funcionamiento y pueden reconocer fácilmente a cualquier persona entre 2.000 millones, a partir de cotejar las imágenes captadas por una cámara con una base de datos estatal.
Hay discusiones legales, de base filosófica, que tenemos pendientes. Consideremos qué está pasando hoy con lo que ya está dispuesto, con la mera videovigilancia, sin identificación automatizada. Hay situaciones claramente irregulares. Un ejemplo de ello son las cámaras de particulares orientadas a la vía pública, algo que no podría ocurrir. La Unidad reguladora y de control de datos personales elaboró cinco guías que compendian la normativa vigente al respecto y la explicita en formas de proceder.
“Como criterio general, las cámaras se pueden instalar en cualquier espacio, con las siguientes limitaciones: no se pueden utilizar en espacios públicos, locales sindicales, baños, vestuarios o similares, entre otros, ni enfocarse hacia predios linderos”. No deja lugar a dudas, los particulares no deberían videovigilar la vía pública, pero se hace y por obvias razones. Además, las áreas controladas con estos sistemas deben tener letreros que alerten sobre esta situación a quienes por allí circulen, y en ellos se debe indicar el nombre del responsable y el lugar donde las personas pueden ejercer sus derechos respecto a esa vigilancia.
Lógicamente que el argumento por el que no se controla que las cámaras no estén orientadas hacia la vía pública es que pueden dar una mano –como ocurre prácticamente todos los días– en el esclarecimiento de ilícitos. Es claro que en las circunstancias actuales el debate entre libertad y seguridad en los hechos se ha laudado definitivamente hacia esta última.
Pero volviendo al tema del reconocimiento facial, las experiencias y los debates que se están dando en el mundo deben servirnos como insumo para entender cómo los puntos de vista fluctúan en función del contexto. En el nuestro, como en la región, hoy lo primordial son los problemas de seguridad pública, pero en otros lugares, están bajo amenaza derechos fundamentales y allí se ha enfocado la discusión.
Recientemente, en Estados Unidos, grandes empresas decidieron dejar de compartir con la policía –temporalmente– los datos que recopilan de sus usuarios. Esto ocurrió en medio de las fuertes protestas por el accionar de las fuerzas del orden contra personas que protestaban por abusos cometidos por efectivos.
Otras grandes empresas han desistido de seguir desarrollando sus sistemas de reconocimiento facial por cuestionamientos éticos. Otros, en cambio, ya se ufanan de que sus sistemas de Inteligencia Artificial de gran potencia son capaces no solamente de reconocer personas, sino que además, a través de sus gestos, identificar estados de ánimo.
Por eso es que, si bien es comprensible que se quiera recurrir a dispositivos dotados de inteligencia artificial hoy, como una forma de protección o de prevención frente a la acción de la delincuencia, habrá que sopesar hasta dónde no se están resignando a la vez otros derechos.