¿Poder Judicial o “circo romano”?

En varias ocasiones hemos destacado, desde esta página editorial, la importancia que el Poder Judicial tiene en un régimen democrático ya que se trata nada más y nada menos que de uno de los poderes del Estado que, junto con el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, cumplen con los fines de la actividad estatal. Precisamente por ello, el Poder Judicial posee una especial importancia que debe ser recordada y cuyas consecuencias deben ser puestas en práctica un día sí y otro también como parte del mandato republicano que emana de nuestra historia artiguista.
A pesar de ello, desde tiempos inmemoriales el Poder Judicial ha sido considerado como la “Cenicienta” desde el punto de vista institucional y presupuestal, existiendo hasta el día de hoy una cantidad de carencias materiales de fácil constatación en cualquiera de los juzgados del territorio nacional. Sin importar la ciudad o el departamento, con seguridad siempre escucharemos los mismos problemas: falta de personal, funcionarios mal remunerados, falta de recursos materiales (incluyendo cosas tan elementales como hojas para impresiones, tinta para las impresoras o papel higiénico), demoras para dictar sentencia, jueces sin experiencia o conocimientos suficientes y fallos judiciales redactados de tal forma que resultan imposibles de entender. Ese es el panorama actual del Poder Judicial en Uruguay.
Es bueno tener en cuenta que, para ingresar a la Magistratura, los abogados deben realizar el denominado “Curso de Formación Inicial” en el Centro de Estudios Judiciales del Uruguay (CEJU) pudiendo lograr su participación en el Poder Judicial a través de un concurso de oposición y méritos. De acuerdo con lo informado recientemente por el diario “El Observador”, en los últimos años se han presentado aproximadamente 100 aspirantes, pero sólo han sido seleccionados 25 o 30. No resulta un dato menor el hecho que los requisitos de ingreso (que incluyen un perfil psicológico del candidato) se hayan flexibilizado en los últimos años y como consecuencia de ello, del requisito original de que los jueces no podían haber reprobado materias durante sus estudios para recibirse de abogado se pasó a un máximo de dos materias reprobadas y hace poco se derogó dicho límite. En la nota periodística antes mencionada, una fuente de la Suprema Corte de Justicia afirmó que, si ese requisito se hubiere mantenido, “no habría jueces”. De esa forma, no importa cuántas veces un abogado haya perdido una materia durante sus estudios universitarios, siempre podrá ser juez más allá de sus escasos o nulos conocimientos en los temas sobre los cuales luego deberá impartir justicia.
Lo cierto es que, a pesar de que algunas veces algunos de ellos parezcan olvidarlo, los jueces y las juezas son hombres y mujeres de carne y hueso que se equivocan como cualquiera de las demás personas. Es claro que los magistrados no poseen superpoderes y su actuación, tanto en su función jurisdiccional como en los ámbitos privados que puedan afectar la misma, deben ceñirse a determinados estándares de decoro y dignidad institucional. A modo de ejemplo, nadie pretende, ni por asomo, violentar el derecho a la libertad de expresión o a la intimidad de los jueces al uso de las redes sociales, pero el mismo debe cumplir con determinados estándares que la propia Suprema Corte de Justicia ha determinado para tales funcionarios. Cuando un magistrado opina en una red social, lo hace nada más y nada menos que una persona cuya función es administrar justicia, tarea de gran importancia que debería absorber la atención y el esfuerzo de muchos jueces (cuando no algún que otro fiscal) que se han transformado en verdaderos divos (o divas según el caso) y que poco empacho tienen en opinar como si nadie los estuviera escuchando y violentando la razón de ser de su tarea. En los últimos meses han existido varios casos de un uso inadecuado de las redes sociales por parte de magistrados e incluso de comportamiento reñido con su investidura, tal como informara nuestro diario sobre el caso de una abogada integrante del Poder Judicial que fue denunciada por violencia doméstica por su pareja. Si bien “la mera denuncia penal no inhabilita al juez a ejercer su función” tal como informara en esa ocasión una fuente cercana a la Suprema Corte de Justicia a EL TELEGRAFO, lo cierto es que respetar y hacer respetar la figura del magistrado a través de sus actos públicos (pero también de los privados) constituye algo tan elemental que resulta hasta ridículo tener que ponerlo de manifiesto en forma expresa.
Tampoco debe dejarse de lado que, al igual que sucedía en los circos romanos de la antigüedad (y especialmente en el más importante de ellos, el Coliseo ubicado en la ciudad de Roma junto al Foro Romano), en la actualidad muchas veces son las masas enardecidas, iracundas y ajenas a la realidad que se discute en un juzgado, las que buscan (muchas veces con éxito) influir en los jueces a través de las redes sociales. En estas situaciones (cada vez más comunes) es cuando se pone a prueba la templanza del magistrado, que no solamente debe medir su participación en las redes sociales (si es que debiera tener alguna) sino que también debe tratar de no dejarse influir por la avalancha de opiniones de una “barra brava virtual” a la cual poco le importan las razones y el Estado de Derecho porque vive los procedimientos judiciales como si se tratara de un partido de fútbol, donde el grito se impone siempre a la razón. El problema es que el juez no es un emperador romano que deba preguntarle a la tribuna (o tan sólo escucharla) para saber lo que tiene que decidir y en qué forma instrumentarlo. Los problemas de cualquier naturaleza que se plantean ante un juzgado no pueden ni deben ser resueltos “cobrando al grito” ni tampoco limitándose a darle forma y lenguaje jurídico a una decisión que la horda virtual ha tomado presa de la pasión, los prejuicios y la sinrazón. El juez es nada más y nada menos que la garantía que un sistema democrático y republicano tiene para mantener la convivencia, la paz y la justicia de una sociedad. Una tarea de tanta importancia no puede estar sometida a los cambios de humor de usuarios de Facebook, Twitter, WhatsApp o Tik Tok. La Justicia se imparte y se debe impartir en las sedes judiciales, no en las redes sociales.
No se trata de pretender colocar a los jueces en un limbo en el cual corten lazos con la realidad que los rodea, una situación que sin duda perjudicaría su fundamental tarea. Todo lo contrario. Al fin y al cabo se trata de que los jueces actúen para evitar los “linchamientos virtuales” que un día y otro también vemos en Internet y a través de los cuales se desconoce nada más y nada menos que el principio de inocencia (todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario) y el derecho a un debido proceso legal, con instancias donde el acusado pueda defenderse y donde se le garantice un juicio justo. Ese es y debe ser el desvelo de los magistrados empezando por sus propios actos atendiendo a la importancia de sus funciones, ya que como lo expresa el refrán que se atribuye a la época romana: “La mujer del César no sólo debe serlo, sino también parecerlo”.