Solicitadas: Los cambios que los uruguayos votaron

La ley n° 19.889 del 9 de julio de 2020, de la que han sido puestos a referéndum 135 artículos, es una ley justa, que defiende derechos, basada en la defensa de la libertad y elaborada de tal manera que los actores involucrados fueron escuchados en sus reclamos, muy diferente a lo que se quiere transmitir a la ciudadanía por parte del comando de campaña que busca derogarla, mediante medias verdades, mentiras o generando supuestas situaciones nefastas, que no se han dado –y por lo tanto no se darán– en los 19 meses de puesta en práctica.
Es una ley que se anunció desde el comienzo de la campaña electoral por parte de la coalición y que respaldamos porque recoge los cambios que los uruguayos votaron con el nuevo gobierno.
El voto de la papeleta celeste del NO es nuestra propuesta, que no requiere mucha explicación porque a los artículos que se quieren derogar los deja firmes el sentido común.
Cuando desde la oposición se dice que no fue discutida es necesario recordar su proceso de elaboración. A ninguno de los ciudadanos comprometidos de este país puede sorprender su contenido pues fue puesto a consideración de todos los partidos políticos y del gabinete ministerial, como borrador, en enero 2020.
Se discutió hasta que tuvo estado parlamentario y entonces el presidente lo elevó al parlamento como proyecto de ley, donde pasó por ambas cámaras.
Más de 150 organizaciones fueron escuchadas y algunos artículos se cambiaron, otros se retiraron y otros se agregaron, resultando una ley legítimamente electa por la gente y discutida ampliamente.
Por más que el comando de la oposición trate de convencer a la gente de que este referéndum no es una campaña electoral de medio tiempo, el sentido común de la gente no se equivoca.
Decimos que es una ley justa porque defiende a los más débiles, creando o modificando artículos de seguridad pública que protegen al ciudadano común de la delincuencia, entre los que se encuentran la redefinición de la legítima defensa (ampliando los lugares donde el ciudadano puede defenderse de los delincuentes, tanto en zonas urbanas como rurales), el mantenimiento de los antecedentes de los menores infractores en delitos graves y el derecho de la policía a solicitar documentación a cualquier ciudadano, cualquiera sea su aspecto físico. Con este artículo se han descubierto hasta la fecha más de 600 personas comprometidas con la ley, entre las que se encuentran integrantes de bocas de venta de droga o requeridas por rapiñas.
Defiende a los que menos tienen porque introduce cambios en la gobernanza de la Educación, buscando revertir el rotundo fracaso que la Educación Pública vivió con los 15 años de los gobiernos del Frente Amplio (FA).
Apunta a la defensa de la mujer, atacando las bocas de venta de droga que envenenan a sus hijos (más de 1.200 bocas se cerraron desde la vigencia de la LUC) y creando la Dirección Nacional de políticas de género (artículo 56), que llamativamente el adalid de las políticas de género, quiere derogar.
Castiga al que se resiste al arresto o a quienes impiden detener delincuentes frente a una eventual fuga, por lo que da un mensaje claro a la delincuencia y a los encubridores.
Es una ley que defiende derechos (libertad financiera): el derecho a decidir por qué mecanismos cobrar nuestros sueldos, papel o electrónicos, considerando una vez más las necesidades de los más indefensos, la gente del interior que tiene recursos acotados y debe ir a la ciudad con el aditivo de tiempo y dinero, para poder hacer las transacciones pues no hay cajero automático en su pueblo.
El derecho a la libertad de trabajo, permitiendo trabajar a quien quiere hacerlo, hacer huelga a quien lo desea y a la empresa a ingresar libremente en sus instalaciones.
Recordemos la triste experiencia de la empresa panificadora Friopan en cuya ocupación perdió en mercadería cifras millonarias, y más recientemente, el episodio de elección de horas en UTU, donde tuvo que intervenir la policía para que los docentes pudieran lograr sus horas, para llevar con su sueldo, el sustento a sus familias.
Defiende el derecho a la libertad de circulación, eliminando los piquetes que impiden la circulación de personas, bienes o servicios en espacios públicos como carreteras, avenidas, calles, ramblas, parques, plazas o playas.
Defiende a las personas de bajos recursos, con empleos informales, a los jóvenes que van del Interior a la capital a estudiar y no tienen una vivienda allí de garantía y a todo aquel que por distintas circunstancias no tienen garantía para ofrecer en un contrato de arrendamiento común.
Para ellos crea el régimen de alquiler sin garantía (artículos 426 a 459) que no cambia en absoluto la ley de alquileres vigente sino que se introduce como una ayuda para que estas personas puedan alquilar una vivienda digna y no tener que terminar en un asentamiento, en algunos casos.
La oposición maliciosamente la explica como desalojo express, tergiversando sus bondades, pues permite alquilar a quien hoy no puede sin garantía, y a aquel que antes de la LUC lo hacía “en negro” expuesto a cualquier decisión del arrendatario, hoy le da un marco legal. Por otra parte, es un régimen que beneficia a aquellos propietarios de viviendas humildes, respaldándolos.
Y en los hechos, los días para el desalojo se transforman en tres meses, por lo que permite reacomodarse al inquilino que no cumplió.
La facilitación del régimen de adopciones (artículos 403 y 404 que se quieren derogar) mejoran y facilitan la adopción de niñas, niños y adolescentes internados en INAU, permitiendo que en los meses de vigencia de la LUC 125 niños fueran adoptados. La celeridad del proceso permite adoptar niños pequeños, ya que con la norma actual pueden pasar hasta 6 años con el trámite y la consiguiente ansiedad de los niños e impotencia de sus padres adoptivos, actuando el sistema judicial, en todos los casos.
La portabilidad numérica (artículos 471 a 476) nos permite ser dueños de nuestro propio número telefónico y no la empresa. Este artículo, a pesar de los agoreros de siempre, ha demostrado el aumento significativo del número de abonados de Antel desde que entró en vigencia la LUC y no el vaticinio nefasto que la oposición pregona de debilitamiento de la empresa pública.
La introducción de la regla fiscal (artículos 207 a 212) que impide al gobierno gastar más de lo que la economía permite es otro de los grandes avances de la LUC, y ya Astori la consideró positiva en el primer gobierno de Vázquez.
Por estos cambios solicitados es que el 27 de mazo le pedimos al ciudadano que vote la papeleta celeste del NO, defendiendo el proceso de cambio que este gobierno inició y que debe culminar para mejorar la calidad de vida de su gente.

Patricia Vásquez Varela
Edila departamental