Debido a la necesidad de instrumentar medidas tendientes a promover el uso de herramientas de manejo integrado de plagas a través del monitoreo de sus poblaciones así como fomentar el uso de insumos sostenibles, tales como los bioinsumos y los semioquímicos, la Dirección Nacional de Servicio Agrícolas (DGSA) reglamentó con la resolución DGSA N° 686/2022 la creación de un Catálogo Nacional de insumos para el monitoreo de plagas.
Será implementado por la División Control de Insumos de la Dirección General de Servicios Agrícolas. Dichos insumos abarcan a los utilizados exclusivamente para el Monitoreo de plagas (Insumos de Monitoreo de Plagas), incluyendo trampas y semioquímicos (ya sea atrayentes alimenticios, feromonas, paraferomonas) o cualquier otra sustancia con dicho fin.
No estarán comprendidos los Insumos Semioquímicos para el control de plagas, que sí requieren del correspondiente registro ante la DGSA (Atrayentes y/o repelentes, semioquímicos para trampeo masivo, atracticidas, feromonas de Confusión Sexual u otros).
Tampoco quedan comprendidos los insumos semioquímicos que tengan doble acción, tanto para monitoreo y control de plagas, que también requieren del registro ante la DGSA.
Tal reglamentación surge de la necesidad de conocer el mercado nacional sobre dichos insumos agrícolas y brindar información actualizada y confiable a los usuarios de los mismos a través de dicho catálogo. El mismo será actualizado por la DGSA en su página web, y será elaborado con información remitida por las empresas que los comercializan a través de la presentación de dos Anexos con información técnica estipulada en la Resolución y que será de carácter de Declaración Jurada.