Ley de tenencia compartida: cambios en artículos polémicos

Ley de tenencia compartida aún a estudio de la comisión en Diputados.

La Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados avanza en el estudio del proyecto de ley de corresponsabilidad en la crianza o también denominada de tenencia compartida, que cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores.
El artículo 4° de la iniciativa generó uno de los mayores rechazos. Establece que “en el caso de adoptarse medidas cautelares a raíz de una denuncia por parte de un progenitor contra el otro”, el juez puede evaluar la necesidad de modificar el régimen de tenencia. El artículo 6° explica que “sólo por motivos particularmente graves y sobre los cuales existan indicios fundados, podrá denegarse el régimen de visitas provisorio solicitado por el progenitor”.

La diputada del sector Ciudadanos, del Partido Colorado, María Eugenia Rosselló, presentó sustitutivos que se evalúan. La legisladora enfocó las modificaciones en las disposiciones vinculadas a las medidas cautelares, en tanto sostiene que la redacción actual del proyecto no da las suficientes garantías a los menores de edad. Roselló propone un cambio en la determinación del régimen de visitas y agrega un artículo al Código Penal que dispone como agravante que uno de los progenitores haga una denuncia falsa contra el otro y provoque que no tenga más contacto con su hijo.
Cuando el actual presidente de la República, Luis Lacalle Pou, era senador, presentó en 2016 un proyecto de ley de tenencia compartida que nunca fue discutido y se encajonó.

EL PROYECTO DE HOY

“Del Senado salió un acuerdo y Ciudadanos tenía algunas diferencias con la iniciativa que tiene media sanción. En la Cámara de Diputados, Roselló sólo tiene diferencias con los artículos 4º y 6º. Es así que presentó sustitutivos para mejorar la legislación y se encuentran a estudio”, señaló el diputado de Ciudadanos, Juan Carlos Moreno. Continúa el estudio del proyecto en la citada comisión, y “se recibirán delegaciones. Así como también se presentará la alternativa, pero no significa que no hay apoyo en lo que salió del Senado”, dijo a EL TELEGRAFO el legislador.
Explicó que “en mi caso, siempre estuve de acuerdo. Incluso, con los arreglos que se hicieron posteriormente también estuve de acuerdo, porque tenemos la misma preocupación que la senadora Carmen Sanguinetti por el bien superior del niño o adolescente y que quedara mejor resguardado, sobre todo por la medida cautelar”.

Opinó que “para mí, no hay flexibilización de las medidas cautelares. Porque esas medidas no cambian en lo más mínimo. Sí existe una revisión permanente para el seguimiento de los diferentes procesos de una tenencia compartida resuelta por el juez”.
Según Moreno, “la tenencia compartida no se inventa con esta ley, sino que obliga a la ley a un mejor seguimiento de los diferentes procesos y de mejora de los tiempos procesales para la ejecución de la sentencia y lo que conlleva a la separación de padres con hijos”.

El diputado colorado agregó que “está bien clara la redacción. Salvaguarda el bien superior y, de alguna manera, trabaja en la verdadera igualdad de género con la tenencia compartida. La justicia falla para ambos lados y sobre todo se hace justicia para los parientes, por ejemplo, abuelos, tíos o primos. Muchas veces por los tiempos procesales o por denuncias falsas no se brindaban las verdaderas garantías”.

El concepto

En la nueva redacción, “lo sustancial es el mejoramiento del concepto de tenencia compartida. Se mejoraron los tiempos procesales y el concepto jurídico del bien superior se lleva a la realidad”.
Consultado sobre la posibilidad de una rápida sanción del proyecto de ley, subrayó que “la propia comisión no permitiría que se maneje el tiempo express. De hecho, ya no lo es porque hace dos años que la ley se encontraba en el Senado y este año se trabajó en Diputados, donde no han sido ajenos a los aportes de la cámara alta”.

La Asociación de Magistrados del Uruguay, que nuclea a jueces de todo el país, asistió a la comisión y opinó que el documento tiene una concepción “adultocéntrica”.
Moreno consignó que dicho señalamiento “es una interpretación, pero cuando lo releemos no lo es. Cuando se aclaró la redacción, en forma permanente se resalta que el bien superior es el niño, niña o adolescente y allí se mejora el concepto de la tenencia compartida. Es decir, cada uno le puede dar su interpretación, pero sabiendo con responsabilidad que al día de hoy lo que hay, no funciona bien”.

El legislador resaltó que “es bienvenida la actualización de un concepto y es la redacción que nos deja con mucha tranquilidad de lo que está expresado en la ley”.
Respecto a los términos de la pensión alimenticia que percibirá el niño, niña o adolescente, “no cambia mucho. Con la tenencia compartida, bajan los porcentajes de retención y la justicia hace un equilibrio. Y en el caso de que los padres vivan en departamentos diferentes, el juez dará prioridad al centro educacional donde asiste. Pero forma parte de los acuerdos entre los abogados de ambas partes y el juez que resolvería por la tenencia compartida”.
Aclaró que “entre 0 a 2 años, tiene prioridad la madre por lactancia y de allí en más lo resolverán entre ambas partes y la sentencia del juez”. Finalmente, consultado sobre el tiempo para la sanción de la ley, informó que “es posible que se vote el año próximo”.