Seguridad y salud en el trabajo

La prevención en seguridad y salud laboral es fundamental para garantizar esos aspectos de la vida cotidiana de las personas y evitar accidentes y enfermedades ocupacionales. Prácticamente no hay trabajo en que las personas que allí se desempeñan no estén expuestas a la posibilidad de algún riesgo, lo cual va a depender del tipo de actividad que se realice, abarcando una amplia gama desde los riesgos biológicos, químicos y físicos hasta riesgos psicosociales y ergonómicos.

El organismo de Naciones Unidas que trabaja en este tema, la Organización Internacional del Trabajo, ha adoptado más de 40 normas internacionales del trabajo que abordan específicamente la salud y seguridad en el trabajo, así como más de 40 repertorios de recomendaciones prácticas que en el mundo tienen diverso grado de cumplimiento.

Hace ya casi un año, en junio de 2022, la Conferencia Internacional del Trabajo declaró que “un entorno de trabajo seguro y saludable” es un principio y un derecho fundamental en el trabajo. También reconoció como convenios fundamentales el Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm.155) y el Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187) y los estados miembros de la OIT, independientemente de su situación relativa a la ratificación de estos convenios fundamentales, tienen la obligación, derivada de su propia pertenencia a la Organización, de respetar, promover y realizar, de buena fe y de conformidad con la Constitución de la OIT, los principios relativos al derecho fundamental a un entorno de trabajo seguro y saludable.

No obstante, según datos de dicha institución internacional, millones de trabajadores pierden la vida cada año a causa de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y muchos más sufren lesiones debilitantes y enfermedades crónicas relacionadas con el trabajo.

En este sentido, son numerosos los países en los que faltan medidas adecuadas de seguridad y salud en el trabajo para prevenir los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Hechos recientes, como la pandemia de COVID-19 han generado cambios importantes en las dinámicas laborales y en otras, cuestiones como el cambio climático y fenómenos extremos meteorológicos, así como la salud mental están teniendo también fuertes consecuencias en el ámbito laboral y la seguridad y salud de los trabajadores, según recientes informes de la OIT.
Uruguay tiene una destacada tradición en la ratificación de convenios internacionales –sin ir más lejos en 2020 el primer país del mundo en ratificar el Convenio 190, que protege a los trabajadores de todas las formas de violencia y acoso con una definición amplia, lo que permite la adaptación a la realidad del mundo del trabajo actual–, lo cual no significa que la realidad laboral del país esté libre de problemas en materia de salud y seguridad en el trabajo.

La demanda de mayor seguridad laboral en las empresas es recurrente, especialmente luego de ocurrir algún siniestro de gravedad, y el año pasado el Sunca denunció la existencia de menos controles y el hecho de que la difícil coyuntura laboral hace que muchos trabajadores no reclamen seguridad. También reclamó la existencia de una fiscalía especializada en siniestros laborales.
En paralelo a estos reclamos, ha ido aumentando la normativa sobre salud y prevención laboral. En este sentido, cabe señalar que de acuerdo a lo informado por las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a partir del presente mes se implementará el decreto de salud laboral firmado en 2022, que establece que las empresas de entre 5 y 50 empleados deben disponer de un plan de prevención de riesgos laborales elaborado por un técnico con título habilitante. Se trata de una medida que comprenderá a alrededor de 30.000 empresas y 300.000 empleados. La medida brinda una solución definitiva para que las empresas con entre cinco y 50 trabajadores cumplan con la obligatoriedad de implementar servicios de prevención y salud, establecida en el decreto n.° 127, del 13 de mayo de 2014 aunque hasta el momento no se había encontrado un mecanismo adecuado para ponerlo en práctica, por lo que se habían establecido sucesivas extensiones en los plazos.

De acuerdo a lo informado oportunamente por el ministro de Trabajo, Pablo Mieres, las empresas que cuentan con el citado número de trabajadores deberán elaborar un plan de prevención de riesgos laborales con un técnico o profesional en prevención y salud ocupacional. El documento deberá incluir la identificación de peligros, la evaluación de riesgos, medidas correctivas y un cronograma de cumplimiento. Esta valoración deberá efectuarse cada seis meses o cada vez que cambien las condiciones de trabajo, como incorporación de tecnología, modificaciones en los procesos productivos u otra circunstancia que requiera un ajuste. Según los resultados, el técnico podrá recomendar que la empresa disponga de un servicio de carácter permanente.
El decreto, que también establece que solo podrán realizar tareas aquellos trabajadores que cuenten con el control de salud vigente, fue acordado entre los actores que integran el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Conassat), órgano tripartito integrado por el Pit Cnt, cámaras empresariales y organismos del Estado vinculados a la temática, como el MTSS, el Ministerio de Salud Pública, el Banco de Previsión Social y el Banco de Seguros del Estado.

Los servicios de prevención y salud ocupacional son equipos profesionales multidisciplinarios que brindan asesoramiento a empleadores y trabajadores acerca de los requisitos para establecer y conservar un ambiente laboral seguro y sano. Tienen bastante que aportar a los entornos laborales dado que es un hecho reconocido cada vez más que la prevención en seguridad y salud laboral es clave para evitar accidentes y enfermedades ocupacionales que pueden tener consecuencias graves tanto para los trabajadores como para la empresa. Un accidente laboral puede provocar la pérdida de capacidad laboral del trabajador, bajas prolongadas, y en casos extremos, incluso la muerte, en tanto que una enfermedad ocupacional puede afectar la calidad de vida del trabajador, además de suponer un costo elevado para la empresa. En definitiva, avanzar en la adopción de planes y ejecutarlos más allá de los necesarios contralores que las autoridades competentes deban realizar, a corto o largo plazo redundará en beneficio de todos.