
Todo el mundo sabe lo que quiere decir mascota. ¿O no?
¿Qué son las palabras? ¿Qué implica decir una palabra u otra? ¿Hace alguna diferencia cuando elegimos qué palabras usar?
El lenguaje cumple muchas funciones y para los sapiens, además de comunicarnos y transmitir información, cumple la función social de validar o legitimar a través de los conceptos, valores y cuestiones éticas aceptadas mayoritariamente por la sociedad.
En la medida en que la sociedad evoluciona, se transforma, el idioma la acompaña. Puede que una palabra cambie su significado por ampliar su contenido, como sucedió con la palabra familia, cuyo contenido cambió a lo largo de los años. Otras palabras se usan coloquialmente con un significado, pero en su análisis desnudan otras connotaciones. Eso es lo que nos pasa hoy al querer nombrar a los animales con los que convivimos.
Surgen varias palabras comúnmente utilizadas, todas con diferentes connotaciones. Veámoslas.
Mascota
Comúnmente usada para nombrar a los animales que viven con nosotros, mascota es un término que refiere a objeto, ya que la palabra mascotte en francés refería a amuleto o talismán. Hace años, los animales eran tratados pura y exclusivamente como mascotas, objetos de decoración, compañía y hasta de status social. Hoy todavía sucede, en algunos casos. Pero la evolución ética en la valoración del animal per se y la evolución científica en la comprobación de su sintiencia hacen que el uso de la palabra mascota sea actualmente insuficiente para nombrarlos. Salvo que, a sabiendas, y conscientemente, alguien decida que solo son mascotas, con todo lo que eso implica.
Animal de compañía
Es el término que usa nuestra ley de bienestar animal N.° 18.471 en su art. 8: “Será considerado como animal de compañía todo aquel animal que sea mantenido sin intención lucrativa y que por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, alimento y cuidados sanitarios”.
La definición de nuestra ley tiene la ventaja de no hacer una lista de “animales de compañía” sino definirlos por su capacidad o posibilidad de vivir en ambientes domésticos con los humanos, sin fines de lucro. Esto demuestra una preocupación por el respeto a la individualidad del animal en, por lo menos, tres aspectos: respetar a los animales cuyas características y necesidades no coinciden con los ambientes domésticos, no usarlos como mercancía (sin fines de lucro) y responsabilizar al tenedor de su bienestar.
La desventaja de este término es que hace parte de una visión donde los animales son, en relación a su utilidad, a funciones que los sapiens les hemos asignado. Animales de granja, de producción, de trabajo, de compañía. Todo responde a funciones asignadas y no a características que sean naturalmente de ellos.
Animal de estima
Es una definición que suplanta la función de compañía por la referencia al vínculo con el animal pero, aunque bien intencionada, debemos reconocer que no todos aquellos que conviven con animales les tienen estima. Por lo que no es una definición general, sino parcial.
Familia
Actualmente, existe una gran cantidad de personas que consideran a los animales con los que conviven parte de su familia, y conforman familias multiespecie. En estas familias el animal no humano es considerado un miembro más y sus necesidades son contempladas a la hora de tomar decisiones familiares. Esto no implica humanizarlos, disfrazarlos o llevarlos a lugares o actividades que desvirtúen su individualidad, sino convivir con ellos respetando sus intereses. Ya existen en el mundo sentencias de tenencia compartida, alimentos y visitas con respecto a los animales miembros de la familia. Este término tampoco engloba a todos los sapiens que conviven con animales, sino solamente a aquellos que toman la responsabilidad de hacerlos parte de su familia.
Animal con quien convivimos
En principio parece una expresión poco amigable, pero tiene la ventaja de describir la relación sin connotaciones éticas, haciendo énfasis en la realidad de la convivencia. Si convivo con estima o como familia, será una valoración ética individual que sume a esta realidad.
Lo que es seguro es que, si decido convivir con animales, tengo obligaciones con respecto a ellos, que pasan por cuidar su bienestar y calidad de vida y están claramente establecidas por la ley. También tengo obligaciones con respecto al resto de la sociedad (higiene, seguridad, responsabilidad).
Entonces, cuando elegimos las palabras que usamos decimos mucho más que lo que estamos diciendo, elegimos conceptos que nos representan y trasmiten nuestros valores; así aportamos a la sociedad una determinada visión.
“Hay palabras que se retraen, que se niegan, porque tienen demasiado significado para nuestros oídos cansados de palabras”, decía José Saramago.
Dra. Verónica Ortiz, abogada (UdelaR, Uruguay), diplomada en Derecho de los Animales (UMSA, Argentina)
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