Uruguay aceptó préstamo del BID de hasta 100 millones de dólares a 25 años

El presidente Luis Lacalle Pou aprobó la firma del contrato de préstamo

El Presidente de la República aprobó la firma de un contrato de préstamo de hasta cien millones de dólares con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a 25 años de plazo pero que además comenzará a pagarlo el próximo gobierno, dado el plazo de gracia que tiene.
Con la firma de Luis Lacalle Pou, la resolución presidencial establece que se acepta el Contrato de Préstamo N° UR-01157, a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay y el BID, para contribuir a la financiación del “Préstamo Contingente para Emergencias por Desastres Naturales y de Salud Pública”. Se trata de un crédito por hasta cien millones de dólares estadounidenses, que será amortizado en un plazo de 25 años, con hasta 66 meses (cinco años y medio) de gracia y con una tasa de interés variable.
El proyecto de contrato de préstamo fue aprobado por el Directorio Ejecutivo del BID en sesión del 16 de diciembre de 2020 y será utilizado para financiar “eventos elegibles” en el marco del contrato.

DETALLE DE LO FIRMADO

Específicamente, en el contrato se establece que “El objeto de este Contrato es acordar los términos y condiciones en que el Banco otorga un financiamiento contingente para emergencias por desastres naturales y de salud pública al Prestatario para contribuir a amortiguar el impacto que un desastre natural o un evento de salud pública de magnitud severa o catastrófica podría tener sobre las finanzas públicas, en adelante denominada la ‘Operación’. El objetivo específico de la Operación es mejorar la gestión financiera de los riesgos de desastres naturales y salud pública mediante el aumento de financiamiento contingente estable, costo-eficiente y de rápido acceso para cubrir gastos públicos extraordinarios dirigidos a la atención de la población afectada por emergencias por desastres naturales y de salud pública”.

Según las cláusulas, “evento elegible” significa que se puede destinar a la cobertura para desastres naturales, las sequías que resulten en una declaración de emergencia nacional por parte de la autoridad competente del prestatario (el gobierno uruguayo); y para efectos de la cobertura para eventos de salud pública, las pandemias y epidemias que resulten en una declaración de emergencia nacional de salud pública por parte de la autoridad competente del gobierno uruguayo.
No obstante, se aclara expresamente que “el préstamo no podría ser utilizado para el actual brote pandémico COVID-19, sin embargo, futuras pandemias o epidemias podrían ser elegibles, incluyendo aquellas causadas por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2”, por lo que es probable que pueda utilizarse para las nuevas cepas que están apareciendo en el mundo.