Denuncian en redes sociales a un vehículo que habría atropellado un perro y una niña

A través de la cuenta de Instagram de EL TELEGRAFO un lector nos hizo llegar una publicación que circula en redes que denuncia que un automóvil blanco atropelló a un perro en Treinta y Tres Orientales y Tacuarembó y prosiguió la marcha, dejando al animal sin vida tendido en el pavimento. De igual forma se expresó otro ciudadano en nuestra sección Cortocircuitos Ciudadanos, quien además agrega que también habría golpeado a una niña y no le prestó asistencia. Textualmente la publicación que acompaña una imagen de cámara de seguridad reza: “Se busca Gol blanco que mató a un perrito y chocó a una nena en Treinta y Tres Orientales y Tacuarembó y se dio a la fuga por Tacuarembó. Ya está hecha la denuncia”.
Dada la pública notoriedad del hecho, principalmente en las redes sociales, EL TELEGRAFO consultó fuentes policiales que informaron que había constancia del incidente y que –según lo indicado– el vehículo habría rozado a la niña de 6 años; sin embargo, no resultó lesionada y por lo tanto no fue examinada por un médico.

NO HAY OMISIÓN DE ASISTENCIA

Respecto a la situación generada por atropellar un perro –en lo cual se hace énfasis en la denuncia pública– este medio consultó al fiscal departamental Carlos Motta.
El mismo explicó que “si el auto circula normalmente y el perro se interpone en la calle, el que está en infracción es el perro, que debería estar dentro de un predio. En cuanto a responsabilidades, no existe la omisión de asistencia porque solo se aplica a humanos. Podría tener sí una interpretación a nivel moral y social pero no desde el punto de vista jurídico, porque no encajaría dentro de ninguna tipificación”.
En este tipo de casos, “se trata de un daño culposo que no es perseguible, ya que el único que sí se persigue es el daño doloso, cuando la acción se hace con intención, cuando uno por ejemplo va por gusto a atropellar a un perro”, comentó.
Es más, agregó, “si el automóvil reportó daños el propietario puede iniciar acciones por daño y perjuicios al dueño del perro. Las diligencias del dueño del perro son cuidarlo y mantenerlo dentro de su casa, ese sería el deber de acuerdo a la Ley de Bienestar Animal”.