Proyecto de prisión domiciliaria “colide con la gravedad de los crímenes” contra DD.HH

Dra. Mariana Mota

La directora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (Inddhh), Mariana Mota, participó en un conversatorio sobre el estado de las investigaciones de los detenidos desaparecidos durante la última dictadura cívico-militar, enmarcado en las actividades organizadas por la comisión de familiares en el “mes de la memoria”.
Explicó que “la institución tiene el cometido que le dio la ley 19.822, que es la búsqueda de los detenidos desaparecidos. Las causas se encuentran en el Poder Judicial y centralizados en la Fiscalía de Crímenes de Lesa Humanidad. En la Inddhh tenemos esa tarea desde 2019”.
Mota señaló que realizan excavaciones en el Batallón 14 y el ex Batallón 13 y “ahora iniciaremos en los próximos 10 días, en la chacra de Pando. Allí se volverán a buscar los restos de un detenido, que la Fuerza Aérea informó que había enterrado en ese lugar, donde se encontró a Ubagesner Chávez Sosa en 2006. Pero falta José Arpino Vega, que también fue desaparecido por la Fuerza Aérea”.

En forma paralela, un equipo de investigadores “trabajan sobre las hipótesis de otros enterramientos. Se ha vuelto al lugar donde se había planteado que estaría María Claudia García Irureta Goyena de Gelman. Allí se la buscó aleatoriamente, no se la encontró y se abandonó ese espacio. Ahora estamos ahí para una búsqueda exhaustiva”.
Mota subrayó que “el Estado debe aportar la información y que no sea solamente toda la sociedad, que reclama esa verdad cada 20 de mayo. Eso no ha ocurrido nunca en Uruguay y estamos en desventaja porque lo pide la Inddhh o las organizaciones sociales”.

Prisión domiciliaria

El Partido Nacional negocia cambios al proyecto presentado por Cabildo Abierto para otorgar prisión domiciliaria a las personas mayores de 65 años, que generó polémica y rechazo de la bancada del Frente Amplio y el Pit Cnt.
En un reciente informe, el Ministerio de Relaciones Exteriores alertó “que en los ámbitos internacionales” la iniciativa puede ser considerada “contraria a los estándares correspondientes” si es aplicada a casos vinculados a violaciones a los derechos humanos. Esas modificaciones se basan en las solicitudes de algunas cátedras, tales como subir la edad a los 70 años. Además, se agregará que queden excluidos del cambio de régimen de reclusión a todos aquellos procesados por delitos de lesa humanidad. En la bancada nacionalista no definieron si todos los senadores darán su voto para aprobar la iniciativa de Cabildo Abierto. Consultada Mota, precisó que “hay dos cuestiones. Una es que lamentablemente la jurisprudencia de este país no asumió ni estableció la calificación de las condenas a militares, por delitos de lesa humanidad. No hemos llegado a ese consenso y las personas sancionadas y encarceladas por los crímenes cometidos durante la dictadura, están por delitos comunes”.

Aclaró que “más allá de hacer la extensión como no prescriptivos, no los califica como de lesa humanidad. Eso lleva a una circunstancia y es que la prisión domiciliaria, prevista en la ley de humanización carcelaria, no podrá darse –entre otros casos– a las personas condenadas por delitos de lesa humanidad. Pero, desde el punto de vista legal podrían estar en prisión domiciliaria y, de hecho, hay varios que están bajo ese régimen”.

El mencionado proyecto de ley “pretende que los mayores de 65 años pasen a prisión domiciliaria y además lo hace de aplicación obligatoria. En el otro caso, era una facultad que se manejaba y se valoraba si reunían los requisitos para la prisión domiciliaria”.
De acuerdo a Mota, “esto colide con la gravedad de los crímenes por los cuales cumplen penas y muy seguramente enfrentará a Uruguay a una observación a nivel internacional. Como ya la tuvimos en el caso Gelman, las desapariciones de Tassino, González y las llamadas ‘Muchachas de abril’. Tanto en un caso como en el otro, la Corte Interamericana reclamó al Estado que debe buscar a los responsables de esos crímenes y sancionarlos. Cuando se habla de sanciones, debe establecer una pena efectiva y la prisión domiciliaria no es una pena efectiva en relación a la gravedad de los crímenes”.

La abogada consignó que “la reclusión domiciliaria se plantea para personas de muy elevada edad con enfermedades graves que requiera una atención muy específica y que no se pueda dar en la cárcel. Los condenados por delitos cometidos durante la dictadura tienen condiciones que no tiene el resto de los presos comunes. Por lo tanto, no tienen dificultades ni hacinamiento carcelario, ni problemas de habitabilidad y la atención médica en el hospital Militar es en forma inmediata. De manera que las razones humanitarias no impulsan este proyecto”, concluyó.