“Hagamos leyes para restringir el ingreso de todo el staff político; de lo contrario es una engaña pichanga”

A mediados de marzo, la Comisión de Constitución y Códigos del Senado aprobó, sin los votos del Partido Nacional, el proyecto de ley que establece los ingresos a través de concursos y/o sorteos de nuevos funcionarios.
El proyecto, presentado por el senador colorado Adrián Peña, requiere de dos tercios para aprobarse en los plenarios de ambas cámaras.
El exintendente colorado, Walter Belvisi, se manifestó en desacuerdo con el proyecto de ley y consideró que esta normativa –para lograr eficiencia– debe establecerse en todos los ámbitos del Estado y terminar con el ingreso discrecional de funcionarios. Ejemplificó que es el caso de los secretarios, asesores y pases en comisión. Belvisi recordó que, durante el ejercicio de su cargo, tuvo oportunidad de debatir sobre las autonomías municipales en encuentros internacionales y se definió como “un gran defensor” de esta materia.

Las juntas

Rememoró las transformaciones históricas de la Constitución de 1830, con las Juntas Económico-administrativas y mayores competencias de los jefes políticos o jefes de policía en cada territorio, donde sólo votaba el 10% de la población.
Las autonomías comienzan “a generarse en forma incipiente cuando el Poder Ejecutivo, en base a sus potestades” asigna “algunas funciones a la Junta Económico-administrativa, como el empedrado, el cobro de la luz y el código civil en 1868 genera el primer acto legal en favor de crear y darle personería jurídica a estas juntas”.
El Código Rural de 1875 “le asigna nuevas tareas en la administración de territorios y se va generando una autoridad local con ciertas potestades. Buenos Aires había empezado en 1891 a probar con una ordenanza sobre sus gobiernos locales. Después, con la ley de José María Pena –el primer municipalista a quien le debemos su nombre a una calle– redacta la ordenanza de juntas en 1903 y una copia similar de lo trabajado entre Carlos María Ramírez y Aguirre en Uruguay. Estos dos juristas ayudaron en la ley de Pena. Allí le dieron potestades generosas, pero se generó una especie de difusa competencia entre los jefes de policía y aquel órgano que tenía su reglamento”.
Luego de algunos conflictos, “va apareciendo la figura del intendente, sin serlo. Era el presidente de la Junta Económica con funciones ejecutivas. Esas competencias se fueron un poco de madre, por eso aparece en 1908, la Ley de Intendencias y se crea el intendente con determinadas autonomías. Una autonomía muy cercenada porque en definitiva, era nombrado por el Presidente de la República con anuencia del Senado”.
La legislación retrocede porque “en la ley de 1903 eran más autónomos y hacían más cosas. El primer intendente en Paysandú fue Manuel Pagola y tampoco hay ninguna calle con su nombre”.
La Constitución de 1917, “forma las asambleas representativas y el órgano es un concejo. Pero allí el gobierno municipal tiene tanta autonomía que podía crear impuestos. Algo que hoy no puede hacer. La Constitución de 1917 tuvo un pico alto con respecto a la autonomía de los gobiernos locales”.
Y así se procede hasta la dictadura de Gabriel Terra. “La Constitución de 1934 cercena la autonomía y es un retroceso. Ya no puede crear impuestos y establece la posibilidad de recurrir ante la Suprema Corte de Justicia a aquellas leyes o actos que se crean contrarios a la Constitución. Está vigente y no fue motivo de discusión con ninguna Constitución que vino después”. La Carta Magna de 1967 “vuelve a la figura del intendente y deja el concejo departamental que lo integraban cinco miembros”.

Ley orgánica

Los gobiernos locales tienen una ley orgánica aprobada el 28 de octubre de 1935. “Esa ley, que va a cumplir casi cien años, es de la época de la dictadura de Terra y nunca pudieron cambiarla integralmente. He participado en reuniones de proyectos y discusiones, pero nunca hubo unanimidad o mayorías suficientes para hacer modificaciones sustantivas”, señaló a EL TELEGRAFO.
El gobierno de facto sostenía que el poder tiene que estar en el ejecutivo y “por lo tanto, le asignaron una mayoría automática. Esta ley orgánica, la 9515, fue modificada pero siempre se respetó la autonomía municipal”.
Incluso, una declaración universal de la autonomía local de 1985 está fundamentada por las Naciones Unidas. “La ONU recomienda a todos los estados parte a que se respete la autonomía municipal porque es la única que está basada en una participación directa y fuerte de las comunidades. Es el voto más democrático que hay. Y eso es así en todo el mundo, desde África, Europa y las Américas. He tenido la oportunidad de hablar de estos temas en todas partes del mundo, y por eso soy un profundo defensor de las autonomías”.

Preocupación

Belvisi señaló que “me genera preocupación cuando aparecen leyes o proyectos como este, con el propósito de dar una imagen de corregir cosas mal hechas o que otros, por malos administradores, hacen mal. O porque no cumplen con determinadas disposiciones y se desvían de una gestión correcta y transparente”.
Aclaró que “no estoy de acuerdo en cómo está planteada. Pero tengo un replanteo. Juntemos las mayorías para involucrar a toda la administración en conceptos, tal como lo establece este proyecto. Porque si queremos generar garantías para que no ingresen en forma directa, hagamos una ley con carácter general”.
El exintendente planteó, “por qué no hablamos de los secretarios, de los asesores, coordinadores y otros apoyos que tiene todo el staff político y que entra por votos. Pero después, abre una serie de ventanas para que ingresen una cantidad de quienes hoy quieren corregir a las intendencias exclusivamente. Corrijamos a toda la administración y terminemos con los pases en comisión y otros cargos”.
Explicó su preferencia por “leyes más estrictas con respecto a toda la gestión pública y daría mucho más resultado. Porque si establezco el contralor, pero digo que no tengo funcionarios, o no tengo plata o medios, entonces es una engaña pichanga”.
Finalmente, hizo “un llamado a la reflexión a los diputados del interior. ¿Qué van a hacer como tales y no por los colores políticos en defensa de sus gobiernos locales? En definitiva, representan legítimamente a la gente al igual que los gobiernos departamentales y sus legislativos. ¿Tomarán conciencia de cuánto vale en la historia de este país, haber logrado la autonomía en determinados aspectos?”.