“Hay mucho desconocimiento sobre qué se puede vender” en cantinas escolares

La Ley de Rendición de Cuentas del año 2021 modificó parte de lo dispuesto en la normativa del año 2013, que prohibía hacer publicidad. Ahora quedó restringida la venta de productos con advertencias de excesos.

La Ley N° 19.140 se titula de “Protección de la salud de la población infantil y adolescente a través de la promoción de hábitos alimenticios saludables” y su promulgación data del año 2013. Surgió de un proyecto presentado por el saliente ministro de Defensa Nacional, Javier García, quien en ese entonces se desempeñaba en el Parlamento. La novedad es que esa Ley tuvo modificaciones a instancias de la ley de Rendición de Cuentas del año 2022, que cambió algunos de los conceptos.

El licenciado Diego Rodríguez, de la Alianza Enfermedades no Transmisibles Uruguay (ENT), dijo a EL TELEGRAFO que la norma original establecía que en los centros educativos “no se podía hacer publicidad de alimentos que no fueran los recomendados por Salud Pública”, y no se estaba ni cumpliendo, ni fiscalizando su cumplimiento. “Pero además estaba sujeto a la libre interpretación de lo que entiende cada lugar por publicidad”. Dicho esto en el sentido de que no necesariamente publicidad se restringe a avisos publicitarios, sino que la misma exhibición de un producto también lo es. “O sea, si vos tenés una heladera donde tenés refrescos o donde tenés helados, si está la exposición del logo de la marca es publicidad. También es publicidad si vos tenés el paquete de galletitas a la vista, porque los niños o jóvenes están continuamente expuestos a ese estímulo externo. El paquete ya está pensado para que tenga cierto impacto sobre el consumidor”, expresó.

QUÉ SÍ

A partir de la modificación se determina que ya no se trata solamente de publicidad, sino que directamente hay productos que no se pueden vender en las cantinas. Rodríguez señaló que la lista del Ministerio de Salud Pública divide en tres grupos los alimentos recomendados para los centros educativos, y por fuera de ella no se pueden vender. “En el grupo 1 tenés alimentos y bebidas naturales, o mínimamente procesados. Ahí tenés desde frutos secos, o fruta fresca entera, o mínimamente procesada, como por ejemplo que la peles, que la cortes. También pueden ser licuados, que implica un nivel de procesamiento. También leche entera. Eso es de lo que hablábamos”, detalló. En el segundo grupo están las preparaciones, “o sea, lo casero. Pero lo casero que contenga ingredientes recomendados y en proporciones adecuadas, que los ingredientes no estén en exceso, que no sean unas galletas caseras a las que les puse tanta azúcar que son recontra dulces”, dijo. “Pueden ser refuerzos, pueden ser sándwiches, también ahí hay que ver cómo se hacen esos refuerzos. Una cosa es un refuerzo con mayonesa, otra sin mayonesa”, agregó.

El grupo tres lo conforman los productos envasados “pero los que no tienen el etiquetado de exceso”, es decir que no lucen en el frente los octógonos que advierten sobre los niveles de azúcares, grasas y sal.

QUÉ NO

Por fuera de estos alimentos “que son los que el ministerio dice ‘esto está bien’, tenés todo el resto que, principalmente y hablando de forma genérica, les decimos ultraprocesados, pero que además tienen octógonos. Entonces, eso seguro no se puede vender y no lo pueden tener en exhibición”.
Esta normativa trajo algunas discusiones como por ejemplo por qué no puede comprarlos adentro, si de todos modos los pueden adquirir fuera y luego consumirlos. Allí, dijo Rodríguez, hay diferentes situaciones entre primaria y secundaria y el sistema público y el privado.

“En primaria pública, todo lo que es alimentación está concentrado en lo que es el PAE que es el Programa de Alimentación Escolar. Entonces está muy cuidada la alimentación ahí, más allá de que pueda haber diferencias de qué se le está dando a los niños, pero no es que le dan un paquete de galletitas con octógonos”, planteó. En centros privados hay diferentes situaciones y hasta “muchos tienen la posibilidad de comprar, o de pedir, o sea, de ingresarlos también desde afuera: podés hacer un pedido y te lo llevan a la institución educativa para dárselo a tus hijos”.

Después está la situación de las instituciones de secundaria, como los liceos, “en los que no están ‘cautivos’ dentro del centro. Ahí también tenemos que empezar a ver afuera del colegio, y no solo estoy hablando de lo que son este tipo de alimentos. Por decir algo, afuera de los liceos y las escuelas también te venden alcohol. Pero eso no quiere decir que como afuera venden alcohol, vos tenés que vender alcohol adentro. No”.

PROYECCIÓN

Ver qué pasa en el entorno supondría llegar a tener una política pensada y fundamentada, procurando extender el ámbito de aplicación, señaló Rodríguez. “Por ejemplo, si los comercios que están pegados a la escuela deberían ofrecer estos productos. Tendríamos que pensar en cómo aplicarla”. Pero por el momento lo que ocurra en los entornos escolares, por fuera de la institución “no deshabilita que las instituciones tienen que promover hábitos saludables”. Incluso destacó recomendaciones de ANEP en la materia. “Está el documento de las ‘Prácticas educativas para prevenir el sobrepeso y la obesidad’. Todo eso hay que aplicarlo”. Para el experto existe desinformación al respecto. “La mayoría de los colegios, las escuelas, no lo tienen claro, la docencia no lo tiene claro. Desde el año pasado lo vengo charlando y me he dado cuenta que no está claro el tema, incluso no está claro qué pueden vender y que no”, afirmó.

PERJUICIO

Rodríguez recordó que a fines del año pasado hubo un pronunciamiento de parte del ámbito que reúne a quienes trabajan las cantinas. “Dijeron que por todo este tema ya tuvieron que cerrar el 50% de las cantinas. Lo que nosotros dijimos en este momento es que si tuviste que cerrar ahora, sin aplicarse la normativa, no me podés decir que es por la normativa. O sea, ni siquiera empezó el año, estás terminando el año anterior”. Pero, por otra parte, reflexionó que “si cierran por la normativa, es porque estás vendiendo comida chatarra, porque es el único sustento que tenés para tu negocio. Si tenés que cerrar es porque tu negocio se centra en productos no saludables”.