Una ley despareja, que debe corregirse

Un día sí y otro también surgen elementos que analizados desapasionadamente, por encima de fundamentalismos y sustento ideológico, dan cuenta de la vigencia de un ordenamiento legal absolutamente asimétrico y hasta contradictorio a partir de la aprobación de la denominada Ley de Género, la 19.580, impulsada por colectivos feministas y grupos afines con fuerte eco parlamentario en la coalición de izquierdas, que entre otros aspectos se basa en la premisa de que “la víctima (mujer) no miente”, y de ahí parte la presunción de culpabilidad de la otra parte, hasta que se pruebe lo contrario.
Estas asimetrías, pese a ser flagrantes, no han sido enmendadas porque han primado los “lobbies” defensores de esta ley que a su vez cancelan a todo aquel que tenga una opinión distinta o simplemente no apoye públicamente lo que ellos defienden, muchas veces enmascarados en la movilización de los colectivos de mínima representatividad que los integran.
Un caso demostrativo es el de la marcha del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, en la que se juntan grupos embanderados con una cruzada feminista o seudofeminista a ultranza, sin reparar en recurrir a la violencia que condenan cuando proviene del género masculino; incluso han arrojado pintura contra templos católicos y últimamente, con participación de menores manipuladas, nada menos, llevaron a cabo un escrache en medio de esta marcha contra el pueblo judío y en defensa de Palestina.
En suma, se trata de un movimiento netamente politizado que manipula a una mayoría bien intencionada, quedado relegados los reclamos genuinos respecto a situaciones que enfrentan las mujeres desde hace muchos años, para dar lugar a reivindicaciones de izquierda y grupos extremistas que no son representativos de las reales inquietudes de las mujeres en el Uruguay.
En cuanto al ordenamiento legal vigente, que ha quedado distorsionado y asimétrico a partir de la aprobación de la Ley de Género, el diputado y precandidato del Partido Colorado Gustavo Zubía presentó recientemente un proyecto de ley para modificar la denominada Ley de Violencia hacia las Mujeres basada en Género (Ley 19.580).
El parlamentario señaló que consideraba que “la ley era necesaria para precaver situaciones de violencia sobre mujeres” cuando fue aprobada en 2017, a la vez que aclaró que “en mi experiencia como fiscal, durante 38 años pedí el procesamiento de centenares de personas por esa violencia. Pero, de alguna forma, el equilibrio y respeto por las disposiciones constitucionales es la base de nuestra convivencia. Hay una carencia legal para determinadas situaciones de violencia que la ley buscó superar, pero no podemos pasarnos de rosca. Se ha producido un desbalance en el respeto a los derechos humanos, en particular considerando el artículo 8 de la Constitución”, afirmó.
Dicho artículo establece que “todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”, pero evidentemente este precepto ha sido dejado absolutamente de lado en la redacción de esta ley, que deja al hombre un escalón más abajo en el contencioso legal en determinadas situaciones entre géneros.
En concreto, el proyecto presentado propone la modificación de cinco artículos de la ley, sobre lo que expresó Zubía que “lo que se busca es reparar este exceso que, lamentablemente, ha generado situaciones legales deplorables y sufrimientos de personas indebidas”, a la vez de citar el ejemplo de la denuncia falsa conocida como la de violación grupal de Cordón. Un hecho que no resultó en una injusta condena gracias a que un periodista reveló pruebas que dejaban en evidencia la manipulación de la Justicia, y que le costara ser perseguido por la propia fiscal del caso, en una vergonzosa intervención en la cual llegó al extremo de hacer una allanamiento en la radio donde trabaja. Una clara muestra de hasta dónde está podrida la manzana.
La iniciativa de Zubía plantea cambios en el artículo 3, que establece que “en caso de conflicto o duda sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ley, prevalecerá la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia basada en género”, lo que es una violación flagrante respecto a la igualdad de todos ciudadanos ante la ley, como establece la Constitución.
El diputado colorado propone que en los casos de duda se cambie por el siguiente texto: “Se seguirá la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia basada en género, salvo que se acredite prueba en contrario”. En particular, la iniciativa propone sustituir el verbo “prevalecerá” por “se seguirá”, y se añade la posibilidad de presentar una prueba, lo que a nuestro juicio igualmente promueve un flechamiento, por cuanto la norma debe ser neutral en conflictos en los que ningún ciudadano debe estar por encima de otro, cualquiera sea su sexo, y la prueba debe ser presentada por la parte denunciante.
El proyecto también propone una modificación a los artículos 6, 46, 59 y 80 de la Ley 19.580. Dichos artículos están vinculados a las sanciones pecuniarias ante una sentencia de condena, se agrega un inciso sobre “violencia social” y se modifica la postura sobre la valoración de la prueba.
En este último caso, la ley sostiene que “el silencio, la falta de resistencia o la historia sexual previa o posterior de la víctima de una agresión sexual, no deben ser valorados como demostración de aceptación o consentimiento de la conducta”, en tanto la propuesta de Zubía sustituye el texto por el siguiente: “El silencio, la falta de resistencia o la historia sexual previa o posterior de la víctima de una eventual agresión sexual serán prudentemente analizados para valorar o no la conducta en cuestión”.
Sostiene además con razón el exfiscal que el intento desmedido de proteger los derechos de la mujer ha derivado en quebrar derechos del hombre, al ubicarlos en planos muy desparejos al momento de la intervención judicial. Algo que se resume en una máxima que ya se ha repetido mil veces: actualmente el hombre es culpable hasta que se demuestre lo contrario.
La ley “incurre en esos excesos conceptuales y de valoración de las prerrogativas de cada parte y genera el campo propicio para la posibilidad de abusos en sede jurisdiccional. Esto no significa en absoluto desconocer las graves situaciones que padecen mujeres abusadas en nuestra sociedad, solo significa que los remedios para esta mecánicas de abusos no se vean desnaturalizados de tal forma, que sustenten el desequilibrio en sentido contrario, es decir el abuso de las vías procesales y recursos jurídicos que en muchas circunstancias dejan a la figura del denunciado desprotegido”.
Observó que legislar “significa tener presente que las desigualdades que se pueden cometer al momento de priorizar indebidamente los derechos de unos sobre otros, finalizan generando marcos de rispidez muchas veces mayores a los que se pretendía solucionar. El legislador debe ser muy cauto, pues es conocido, que esas posibles ventajas iniciales se transformen en obstáculos para lograr el equilibrio en la toma de decisiones judiciales. A vía de ejemplo el Art.3 de la presente ley cuya modificación se postula parte de la base de estar en caso de duda a la posición más favorable a la denunciante por sobre la que sostenga el denunciado, quebrantando el principio cardinal en materia penal que refiere”.
Zubía subrayó a la vez que “no tiene más valor la palabra de una mujer que la de un hombre, que es lo que pasa hoy. Muchas veces una mujer es víctima terrible de una brutalidad masculina, que es predominante en los números, pero no puede significar automáticamente la verdad. Yo como fiscal tuve varios casos, en otra época y con otros parámetros, de denuncias de mujeres donde la efectividad y la realidad de la denuncia quedó totalmente desvirtuada. Se podrá aducir que son las excepciones a una violencia masculina estable y permanente sobre la mujer, pero las excepciones nos tienen que despertar el instinto de desconfianza”, aseguró. Pero, como bien expresa Zubía, la norma vigente recoge el exceso de una “especie de reivindicación de la mujer a cualquier precio”, como promueven los colectivos seudofeministas, a los que no les importa el principio de justicia, cuando no encaja en el mundo irreal que ellos pretenden imponer, haciendo lobbies contra todo aquel que no sintonice con sus ideas.