“Solicitado por administradores por problemas de convivencia ‘ya existentes’ y da respaldo”

La nueva redacción del proyecto establece que los animales deben estar inscriptos en el Renac.

El proyecto de ley que anula la prohibición de animales de compañía en los reglamentos de los edificios o complejos de viviendas “es un respaldo jurídico que solicitó el propio Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal” ante problemas de convivencia ya existentes.

La iniciativa del diputado Juan Carlos Moreno, que cuenta con media sanción en la cámara de representantes y pasó para su consideración en el Senado, modifica la Ley de Protección, Bienestar y Tenencia de animales.
El proyecto faculta a las asambleas de copropietarios y edificios a “dictar los reglamentos internos y/o resoluciones que consideren necesarias para regular la tenencia de animales de compañía”, los que “deberán ser debidamente inscriptos en el Registro Nacional de Animales de Compañía, que está bajo la órbita del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”.

La multa por no inscribir al animal de compañía asciende a una unidad reajustable (1 UR) mensual, o unos 1.700 pesos.

RESPALDO JURÍDICO

“El avance en la redacción de la ley da un respaldo jurídico para la regularización de los animales de compañía en general, tal como lo indica el proyecto. Pero, en los hechos, es más importante con los perros. El problema necesita que se avance con claridad y esta ley aporta una norma de convivencia y tolerancia. Porque si no avanzamos con esto, tampoco podemos hacerlo con el bienestar animal”, dijo Moreno a EL TELEGRAFO.
Los problemas de convivencia con animales de compañía en edificios de propiedad horizontal, “ya están pasando y no pasan desde ahora, porque se vote la ley. Cuando el Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal compareció ante la comisión que estudiaba el proyecto, nos planteó que esta problemática es una realidad y que necesitan una herramienta para un mejor control de la situación”.

Aclaró que el proyecto “elimina la prohibición en los diferentes reglamentos internos de propiedades horizontales, como edificios de apartamentos o complejos de viviendas cooperativas en el uso de los espacios comunes. Pero no afecta la propiedad privada de nadie porque los animales, de acuerdo a nuestra legislación, están considerados como bienes de propiedad privada”.

De acuerdo al legislador, “los administradores de los edificios nos reconocieron que el mayor problema al día de hoy es la convivencia con los animales de compañía y no cuentan con un respaldo jurídico que avance sobre la tenencia responsable. Porque quienes tienen animales de compañía y no cumplen con la normativa, son pasibles de sanciones”.

Moreno ejemplificó que hasta ahora, “los animales de compañía que residen en los edificios no están registrados y con esta nueva ley, quedan obligados a que formen parte del Renac”, o Registro Nacional de Animales de Compañía.

Con este aspecto, “no sólo le damos un espaldarazo jurídico a los administradores con el reglamento de copropiedad sino que, además, los habilitamos a que puedan cobrar las multas en el caso de contravenciones a la ley. Incluso, está basado en una petición de la Academia de Veterinaria para avanzar en una tenencia responsable”.

Según Moreno, “acá va a controlar el INBA y el 911, pero le habilitamos a los administradores de diferentes reglamentos a actuar y sancionar. Por decirlo de alguna forma, los administradores ayudarán a controlar este problema”.

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