El Poder Judicial en su laberinto

En los últimos días el Poder Judicial anunció un proceso de reinicio paulatino de actividades, algo así como una suerte de “nueva normalidad judicial” con la cual comenzaría a dejarse atrás la feria sanitaria declarada el pasado 13 de marzo. La escasa actividad cumplida por las sedes judiciales desde esa fecha ha sido una causa justificada de preocupación para todos aquellos que esperan que los juzgados cumplan con su objetivo primordial de impartir justicia. En palabras de José Igreja Mattos (primer vicepresidente de la Asociación Internacional de Jueces), “la cuarentena inducida por COVID-19 ha creado repercusiones perjudiciales en las actividades judiciales. En todos los países, los esfuerzos para frenar la propagación del COVID-19 han impactado masivamente el funcionamiento del sistema de justicia. La mayoría de los casos judiciales son, o serán, inevitablemente diferidos, si no paralizados”.
En Uruguay, los retrasos que esta pandemia causa en la actividad judicial han empeorado una situación que ya era preocupante. En palabras de Carlos Berruezo, Decano del Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, “La endémica ineficiencia del sistema judicial por la falta de medios y recursos es una cuestión recurrente, tremendamente importante, y más a hora, a las puertas de la constitución de un nuevo gobierno. Existe el riesgo real de que su impacto derive en un problema social. Da la impresión de que, históricamente, la mejora del sistema judicial es relegada de las campañas electorales porque no resulta atractivo, o porque consideran que no haga mucha falta incidir en ello, como si la ciudadanía se hubiera insensibilizado ante la poca eficiencia resultante de la falta de medios. Al final nos acostumbraremos a que un ciudadano o ciudadana tarde dos años en ver resuelto un litigio laboral. Con la justicia, como es un ámbito del Estado con el que la ciudadanía se interrelaciona esporádicamente, puede suceder lo mismo que con el sistema sanitario, en el que las listas de espera para algunas intervenciones son sorprendentemente largas, pero que uno no se preocupa hasta que le toca. En ambos casos estamos hablando de una parte esencial de nuestro contrato social como ciudadanos con el poder político y que implica un compromiso bidireccional, pero en el que la titularidad de la soberanía está en el ciudadano y la ejerce el político en su nombre”. El ejemplo citado tiene tanta actualidad que no se puede evitar el ejercicio mental de tratar de recordar cuando, un candidato a diputado o a intendente por Paysandú, ha propuesto en su plataforma electoral facilitar o comprometer su apoyo al mejoramiento de los servicios de la administración de justicia, más allá de reformas legislativas que claramente no han solucionado los problemas de fondo. Seguramente será un ejercicio estéril porque las tareas relativas al bacheo o la construcción de cordones cunetas (ambas de indudable trascendencia) resultan mucho más rentables políticamente que el acceso de los justiciables (las personas e instituciones que forman parte de un proceso judicial) a los diversos tribunales.
Es fundamental recordar que el acceso a la justicia constituye un principio básico del estado de derecho. Como lo ha destacado Naciones Unidas, “sin acceso a la justicia, las personas no pueden hacer oír su voz, ejercer sus derechos, hacer frente a la discriminación o hacer que rindan cuentas los encargados de la adopción de decisiones”. La Convención Americana de Derechos Humanos (también conocida como “Pacto de San José de Costa Rica”) establece que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”. Queda claro que el acceso a la justicia constituye un derecho humano y por lo tanto esencial e inherente a la personalidad humana. En Uruguay las demoras del Poder Judicial han alcanzado tal gravedad que fueron denunciadas ante el Instituto Nacional de Derechos Humanos, tal como puede consultarse en la página web de este organismo. En la mayoría de los casos esas demoras se transforman en una auténtica denegación de justicia y por ende en una violación de los derechos humanos de los justiciables. En palabras del político británico William Gladstone, “La justicia demorada es justicia denegada” y de eso lamentablemente sabemos mucho en nuestro país.
El lento e incompleto reinicio de actividades de ese poder del Estado se ve comprometido, además, por la inasistencia de los funcionarios a sus lugares de trabajo. De acuerdo con el comunicado difundido en su página web, “la Suprema Corte de Justicia analiza con preocupación la situación registrada a partir del reintegro gradual del personal de las oficinas judiciales, con ausencias que en promedio están por encima del 40%. En este marco se espera que en los próximos días se produzca un ajuste a la baja, a medida que se reciben las correspondientes certificaciones médicas que justifican las mencionadas ausencias”. A modo de ejemplo, se señala “El día lunes 4 de mayo, con el reintegro de los funcionarios cuyo registro termina en número par, se produjo una ausencia del 39%. El día martes 5 de mayo, cuando estaba previsto el reintegro de los funcionarios cuyo registro termina en número impar, se produjo una ausencia del 42,5%. Tomando en consideración estos datos, el total de funcionarios que no se reintegraron a sus lugares de trabajo, incluyendo a todos los escalafones y grados, alcanza a 1.495 personas, es decir, casi un tercio del total de recursos humanos con los que cuenta la institución”.
Así las cosas, debemos tener en cuenta a la parte central de un proceso judicial: los justiciables. Es por ellos que existe la división de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y su equilibrio, teoría que el Barón de Montesquieu dio a conocer en 1748 en su libro “El Espíritu de las leyes”. El exedificio de la tienda “París-Londres” (sede de la mayoría de las oficinas del Poder Judicial en la ciudad de Paysandú), no fue instalado ni se ha mantenido en funcionamiento en ese lugar para servir a los jueces, actuarios, funcionarios, abogados, escribanos ni a otras personas que se relacionan profesionalmente con la actividad jurisdiccional. Muy por el contrario, su razón de existir es servir a los seres anónimos que transcurren por sus instalaciones y que al mismo tiempo son los más importantes porque es para ellos que ha sido creado el Poder Judicial: los justiciables, aquellos que hoy repiten, ya casi vencidos, la frase del poeta español Antonio Machado: “el que espera, desespera”.