Reestructura de deudas familiar, un arbitraje en conflicto de intereses

Tras estar desde hace prácticamente un año en comisión de la Cámara de Senadores el proyecto de reforma de la Ley de Usura, promovido por partidos menores de la coalición de gobierno, como es el caso del Partido de la Gente y de Cabildo Abierto, fue aprobado recientemente en la Comisión de Constitución, Legislación y Código del cuerpo la iniciativa que permite a las personas físicas reestructurar sus deudas con un sistema similar al que utilizan las empresas cuando se presentan a concordato.

El trámite parlamentario continuará con la aprobación del proyecto por el plenario de la Cámara Alta y el consecuente pase a la Cámara de Diputados, donde todo indica que se dilucidaría rápidamente, lo que permitiría que el deudor se pueda presentar de manera legal ante Defensa del Consumidor, del Ministerio de Economía y Finanzas, e iniciar un proceso de reestructura de todas sus deudas y en caso de no lograrlo de esa manera, iniciar el proceso por la vía judicial.

En torno a esta iniciativa existe acuerdo dentro de la coalición de gobierno para aprobar el proyecto en esos términos, en tanto el Frente Amplio ha solicitado un tiempo más para pronunciarse, teniendo en cuenta que tiene propuestas para incorporar al proyecto original.
De acuerdo a lo que da cuenta el semanario La Mañana, hay todavía algunos elementos que son motivo de ponencias discordantes en cuanto a la forma, aunque no en la esencia, y en este sentido el senador Charles Carrera, del Frente Amplio, plantea que deberían incorporarse dos artículos que hacen referencia a los intereses y otro a las retenciones que se pueden efectuar en los recibos de sueldos.

El representante de la coalición de izquierdas dijo que el Frente Amplio pretende modificar el intangible de los salarios, que es el porcentaje mínimo que el trabajador debe cobrar, el que en la actualidad es del 35 por ciento y se plantea pasarlo al 50 por ciento.
Por otro lado, el senador de Cabildo Abierto Guillermo Domenech considera que se debe contemplar la propuesta que hace referencia a la denominada “actuación culpable del acreedor”, o sea que se le hace culpable a quien dio el crédito si se configuran determinadas causales.

A su vez el líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, expresó en torno a la problemática que “hoy se aprobó en comisión nuestro proyecto de reestructura de las deudas de las personas físicas. Es el primer paso para hacer justicia con miles de uruguayos, deudores de buena fe, que fueron víctimas de la usura legalizada de los prestamistas”.
Entre otros aspectos la norma contempla la creación de un procedimiento judicial para reestructurar las deudas de las personas físicas, que deberá ser precedido obligatoriamente de un procedimiento conciliatorio en el ámbito de la unidad de Defensa del Consumidor. Se podrán presentar aquellos a los que no les sea posible el pago de las obligaciones que hayan contraído, como créditos o préstamos, y “vean comprometido el acceso a bienes de primera necesidad”.

Establece limitaciones en cuanto a valor de la propiedad familiar e ingresos anuales, en tanto para iniciar este procedimiento el deudor se debe presentar ante Defensa del Consumidor, con la nómina de los acreedores y los montos, debiendo también informar si hay procesos judiciales iniciados por los acreedores.
Se debe buscar una conciliación, tomando en cuenta que todas las deudas quedan consolidadas en una sola, apuntando a que lo que vaya a pagar el deudor sea un máximo de 30 por ciento mensual de sus ingresos nominales, establece el proyecto.

Si el ingreso supera el equivalente a los cuatro salarios mínimos nominales –77.456 pesos– el descuento a pagar puede llegar al 40 por ciento. En la derivación judicial del procedimiento, si todas las instancias de conciliación fracasan, “el juez analizará la situación económico – financiera del deudor y presentará a los acreedores una propuesta de pago o diferentes maneras de cancelar la deuda, incluyendo también tomar en consideración la responsabilidad en que hayan incurrido el o los acreedores en el otorgamiento del crédito, estando el magistrado facultado a declarar la extinción de los intereses y demás rubros, con excepción del capital”.

A su vez en el artículo 13 se incluye que se considera culpa del acreedor por la situación de endeudamiento cuando al momento del otorgamiento de cualquier operación de crédito no informó al deudor del monto total del crédito a pagar, sumando capital e intereses. También cuando realice publicidad que no indique cuál es la tasa de interés efectiva, de acuerdo a los términos de la norma aprobada en comisión.

A ello se agrega que también el acreedor tiene “actuación culpable toda vez que realice prácticas abusivas para el cobro de los créditos, como ser entre otras, las violaciones a la intimidad de la persona, su humillación, el uso de información errónea, el abuso de la desinformación, así como las llamadas constantes y a horarios inapropiados”.
En caso de que el deudor y sus acreedores no logren llegar a un acuerdo, el juez impondrá por sentencia una “reestructuración judicial forzosa” que será obligatoria para ambas partes.
En torno a este tema el diputado Daniel Peña, uno de los promotores de la iniciativa, había indicado que luego de que los bancos compraran la mayoría de las financieras, integraron las operaciones de venta de las mismas a su unidad de negocio. “Eso hizo que la tasa media bancaria se elevara casi al triple y que por ende aumentara la tasa de usura, incrementándose los intereses a la gente”.

Con la modificación de la ley y crear procedimientos para la reestructuración de la deuda de personas físicas, se apunta a los abusos en la aplicación de tasas de interés, que son exorbitantes, y que afecta a los segmentos más pobres de la población, según argumentan legisladores.
Otro de los defensores de la instrumentación de modificaciones a la normativa en vigencia es el líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, quien manifestó al respecto que “esa usura termina con que el ciudadano no tiene formas de salir. Entra en una calesita de la cual no tiene salida”.

El punto es que hay de todo en la Viña del Señor, y que debe ponerse cuidado en generar una iniciativa que contemple a todas las partes, dejando de lado voluntarismos y actitudes simpáticas a ultranza para no vulnerar legítimos intereses que siempre están en juego en medio de los litigios.
Este debería ser el aspecto central a contemplar en una norma de este tipo, en el marco de un equilibrio imprescindible que tenga en cuenta todo el amplio espectro del escenario, para no generar distorsiones y para que el no pagar no termine siendo un buen negocio, con los buenos pagadores del sistema haciéndose cargo de las responsabilidades de otros.