Desvinculación de vehículos fue extendida hasta el 30 de junio

La Comisión de Seguimiento del Sucive resolvió prorrogar hasta el 30 de junio venidero el plazo para que los contribuyentes de automotores procedan a su desvinculación de aquellos rodados que no estén ya en su dominio o posesión, por haberlos vendido, transferido o realizado cualquier otra operación similar. Mediante ese trámite, se podrá actualizar el Registro Único de Vehículos del Sucive (RUVS). La firma del declarante deberá estar certificada por escribano, con referencia específica a la matrícula de un vehículo.

“La desvinculación permite a todos aquellas personas que tengan vehículos a su nombre que con el paso del tiempo nunca lo transfirieron -o el comprador no cumplió con el trámite de transferencia- puedan desvincularse de los mismos, mediante declaración jurada ante escribano público” explicó Braulio Álvarez, director de Tránsito.

“En el caso específico de Paysandú se hace transferencia de oficio, algo que se utiliza mucho y muy bien. Es igual que la transferencia estándar, pero al no estar las dos personas involucradas se exige la presentación de testigos, de la compraventa firmada y certificada por escribano, o la declaración de los testigos ante escribano. Es muy eficiente en aquellos casos que, por el paso del tiempo, no se recuerda quien fue el anterior titular”, explicó Álvarez.

En cuanto a la desvinculación a través del Sucive “generó una gran demanda en todo el país. Sin dudas es un muy buen sistema para ordenar en lo que refiere a titularidad, posesión o tenencia el parque automotor del país, y obviamente y en particular en Paysandú”.

La desvinculación opera inmediatamente tanto en lo registral como fiscal, sin perjuicio de quedar anotado el contribuyente en los antecedentes históricos de la unidad a los efectos de su trazabilidad. Se mantiene la exigencia del cobro previo de las multas de tránsito identificables por cédula de identidad de los titulares de un vehículo. Los vehículos que registren deudas tributarias las mantendrán imputadas al propio vehículo y no a un contribuyente en particular, quedando las unidades registradas como “Sin titular asignado por desvinculación”, consignándose en el espacio de la cedula de identidad del titular, el código “999”.