El acceso a la información es un derecho humano fundamental para la vida democrática y permite a los ciudadanos tomar mejores decisiones en su vida cotidiana. La información pública también debe estar accesible para una mejor transparencia de la función administrativa de cualquier organismo público, ya sea estatal o no, garantizando el derecho fundamental de las personas en cuanto a poder acceder.
En este sentido, el derecho a saber –como también se lo llama popularmente– se ha transformado en un derecho fundamental de las sociedades democráticas y el desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación ha determinado grandes cambios en el comportamiento de las personas en la última década, que ahora tienen en forma masiva instrumentos tecnológicos para buscar, procurar acceder y demandar información.
Existe también una responsabilidad del Estado ya que el acceso a la información generalmente involucra la creación de leyes que obligan a los gobiernos a publicar información específica y que también otorgan a los ciudadanos el derecho de solicitar información.
En nuestro país esta semana se cumplieron quince años de la aprobación de la ley 18.831, conocida como Ley de Acceso a la Información Pública, que consagra en forma expresa el derecho de los ciudadanos a acceder a ese tipo de información.
Cabe señalar que se entiende por información pública toda aquella información que se genera o está en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones establecidas por la ley. Por lo tanto, toda la información que se encuentre en posesión de los organismos públicos puede ser solicitada a estos de forma gratuita y se debe recibir una respuesta completa, veraz y adecuada en el plazo marcado por la ley (20 días hábiles).
A través de una solicitud de Acceso a la Información Pública o de la información publicada en los sitios web de los organismos, se contribuye con un mayor control y participación ciudadana y con la rendición de cuentas y transparencia de la gestión por parte de los organismos públicos.
En este sentido, la ley reconoce el derecho de los ciudadanos uruguayos a acceder a la información de los organismos públicos, sin necesidad de justificar las razones. Hace quince años, esta norma supuso un cambio de paradigma al considerar a la información pública un activo del ciudadano y no un elemento de poder de la administración pública.
Fue un instrumento que sacudió las formas tradicionales de gestionar y organizar la información dentro de los organismos, obligándolos en repensar la información desde un enfoque ciudadano, publicando aquellos datos que revisten especial interés para la población, en formatos accesibles y reutilizables.
La ley también creó la Unidad de Acceso a la Información Pública con el objetivo de difundir este cambio normativo, capacitar a la ciudadanía para que ésta se apropie del derecho que tiene y lo utilice, y ejercer actividades de control.
Durante un seminario internacional sobre Acceso a la Información Pública realizado en estos días en el Palacio Legislativo –con participación de especialistas nacionales e internacionales del sector público, privado, la academia y la sociedad civil, quienes abordaron temáticas sobre tecnologías, información, archivos y derechos, así como las perspectivas y los desafíos del derecho de acceso a la información pública en Uruguay y la región– la vicepresidenta Beatriz Argimón dijo que los movimientos sociales y los requerimientos de la ciudadanía tienden a fortalecerse en todo lo que implica la identidad del individuo cuando se asume realmente como el centro de los derechos humanos.
“En una democracia, tengo derechos y deberes, pero, fundamentalmente, el derecho a ser parte del conocimiento efectivo de la información para tomar decisiones, decisiones que van, en múltiples sentidos y temas variados, desde lo personal y lo colectivo”, añadió. También destacó que trabajar la calidad de la democracia coincide con el acceso a una información veraz, la cual permite optimizar la toma de decisiones.
Por su parte, el director ejecutivo de Agesic, Hebert Paguas, sostuvo que la responsabilidad de las instituciones radica, cada vez más, en utilizar la tecnología como medio para brindar garantías y derechos y divulgarlos. “La tecnología nos ha permitido ser más eficientes, incluyendo la protección de los derechos humanos y la transparencia de los gobernantes”, añadió.
Sin que esto deje de ser cierto –porque evidentemente, han habido mejoras notables si comparamos con la situación anterior a la entrada en vigencia de la ley–, no podemos dejar de señalar que los avances no han sido lo rápidos y efectivos que desearíamos.
En este sentido, el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAinfo), una asociación civil sin fines de lucro que desarrolla acciones en Uruguay por el derecho a la información pública, la libertad de expresión y la participación social, denunció que los organismos del Estado uruguayo tienen un bajo nivel de cumplimiento de la Ley N° 18.381 sobre el Derecho de Acceso a la Información Pública.
La afirmación se basa en los resultados del Índice de Transparencia Activa en Línea (ITAeL) 2022, una herramienta desarrollada por CAinfo y la Universidad Católica, que evalúa el cumplimiento de la normativa, sobre la base de 33 indicadores de información obligatoria y otros 13 referidos a mecanismos de interacción y participación.
En este sentido, informaron que de los 270 organismos relevados, sólo ocho (3%) tiene un alto nivel de cumplimiento de la normativa que regula la transparencia en el país y publican más de 80% de la información requerida. En contraposición, 62% de los sujetos obligados por ley (167) cumple con menos de la mitad de las exigencias de publicación de datos.
Los organismos del tercer nivel de gobierno, es decir los municipios, son los peores ubicados en el índice, con los guarismos de cumplimiento más bajos, por lo que se entiende que “teniendo en cuenta que fueron creados a fin de aumentar la participación ciudadana, resulta preocupante este incumplimiento que se mantiene” en las sucesivas ediciones de esta medición.
En conclusión, a 15 años de aprobada la Ley 18.381, es necesario coincidir en que el camino hacia una cultura de transparencia ha sido más lento que el deseable y la falta de transparencia redunda en cuestiones como dificultades para acceder y conocer balances financieros, rendición de cuentas presupuestales, auditorías, escala de remuneraciones, pago de viáticos, compensaciones, currículum de autoridades, hasta la omisión de formas de contacto o el horario de atención. En definitiva, queda mucho por hacer todavía para que los organismos públicos cumplan a cabalidad con su obligación de transparencia activa y que el derecho de acceso a la información sea ejercido por un mayor número de conciudadanos, como un verdadero instrumento de control y participación. La transparencia es una responsabilidad del Estado y un derecho ciudadano. No es una condición natural de las organizaciones sino que hay que construirla, y para eso es necesario seguir trabajando.
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