Esta semana pasada, la Justicia se expidió sobre la denuncia de estafa que pesaba sobre dos veterinarias de la ciudad de Santa Lucía. Una de ellas fue encontrada culpable del delito del que se la acusaba y la otra no.
La veterinaria encontrada culpable fue condenada dentro de los límites de la ley.
Pero las víctimas reales, primarias y directas, los animales arrancados de sus familias mediante mentiras y “abandonados a su suerte en caminos vecinales” no fueron consideradas en ningún momento. Esto no es por una falla de la justicia sino por una falla en la legislación actual que tenemos. Repetimos: matar, desaparecer, herir intencionalmente, torturar, secuestrar o violar un animal no es un delito en nuestro país. A lo sumo, es una falta administrativa por la que se imponen multas. Hasta este momento, el INBA, el instituto encargado de velar por el bienestar animal a nivel nacional, no ha emitido una resolución sobre este tema.
Cuando la Declaratoria de Cambridge explicitó que los demás animales también sienten, que no es una característica única de los humanos, la consideración que debemos tenerles, su relevancia moral se volvió clara para todos (amantes y no amantes de los animales). Puede ser que no nos importe, pero existe. Sienten, sufren, se alegran, se relacionan con nosotros y con otros animales, desarrollan vínculos.
En un mundo que avanza hacia el respeto y el reconocimiento de los derechos de la naturaleza y el hábitat, los animales son un elemento más. Al igual que nosotros.
Su reconocimiento como seres sintientes es imprescindible. Y con dicho reconocimiento la asunción de las consecuencias que ello apareja. Por ejemplo, la adaptación de los sistemas legales para su protección, para el aseguramiento del respeto a sus derechos (vida, libertad, dignidad, integridad).
Estos derechos, dotando al término “habitantes” de un contenido actualizado y aplicando el postulado neo-constitucionalista de la interpretación evolutiva o dinámica del derecho, ya estarían reconocidos en nuestra Constitución. Dice el art. 7 de nuestra Constitución: “Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las Leyes que se establecieren por razones de interés general”.
Nada nos obliga a interpretar “habitantes” como seres humanos, mucho menos hoy en día cuando las teorías ecocéntricas nos recuerdan que todos somos “habitantes” del mismo planeta. Entonces, ¿cómo podríamos no ser “habitantes” del mismo país o Estado?
Este cambio no implica reformar la Constitución sino solamente reinterpretarla. Sería un cambio fundamental porque la protección de los derechos de los animales sería la regla y su limitación la excepción. Como con los humanos. Solo que los derechos recogidos y protegidos a veces coinciden y otras no, porque van a depender de los intereses relevantes para cada especie.
No para la especie humana, que es la que ha marcado lo que importa y lo que no, poniendo sus deseos e intereses siempre por encima de los de las demás especies.
Sería un avance hacia un mundo más respetuoso, más empático y más justo. Tres conceptos más que importantes hoy, en un mundo con guerras en varios países, que debemos condenar enfáticamente, por las pérdidas en vidas y el tremendo sufrimiento a los involucrados que implica.
Deseo, de corazón, un mejor mundo para todos y en ese camino sigo trabajando. Los invito a sumarse.
Dra. Verónica Ortiz, Diplomada en Derecho de los animales – UMSA
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