Intendencia prepara refinanciación de adeudos, pero también licita gestión de cobro de tributos

La Intendencia Departamental de Paysandú, a través de la licitación pública 102178/1 se propone realizar la “Contratación para realizar gestión de cobro de tributos municipales”, para poner en práctica una vez finalizado el Régimen Especial de Adeudos, que abarca todos los tributos (impuestos y tasas) que recauda la Intendencia, comprendiendo también las deudas por Patente de Rodados.
“No se trata de la venta de la cartera de morosos, eso tiene que quedar muy claro porque no está ni estará en los planes de esta Administración y eso queda muy claro en la licitación misma: se busca un gestor de cobro de tributos morosos, no otra cosa”, dijo Martín Thomasset, director general de Administración.
De hecho “la gestión de recuperación de adeudos de la Administración Olivera deja claramente establecido que los tributos morosos gestionados no podrán ser transferidos, cedidos o dados en garantía de forma alguna al gestor que resulte adjudicatario, permaneciendo los mismos en el patrimonio de la Intendencia”, lo que asegura lo indicado por Thomasset, que no se trata de la venta de la cartera de deudores.
Desde que hay una morosidad de alrededor del 40%, su recuperación significará a la Intendencia el ingreso de varios millones de dólares. “Un solo contribuyente tiene una deuda cercana al millón de dólares”, destacó.
En el pliego se establece, precisamente, que se trata de lo que indica Thomasset, de “la gestión de cobro de tributos morosos correspondientes al impuesto de contribución inmobiliaria y demás tributos que se cobran conjuntamente, sin perjuicio de otros tributos y precios que por la normativa vigente le pudiere corresponder a la Intendencia Departamental de Paysandú, y de precios adeudados por servicios licitados, con una antigüedad moratoria mayor a tres meses, incluyendo aquellos que se encuentren en procesos litigiosos”.
Quien resulte seleccionado gestor de cobro de tributos morosos (seguramente una empresa especializada) “deberá realizar todas las tareas y actividades tendientes a lograr el efectivo cobro de los tributos morosos, cumpliendo para ello con las normas en materia de acuerdos de pago, plazos, quitas y prórrogas vigentes en la normativa departamental”. Asimismo “el gestor desplegará su tarea en el ámbito administrativo, extrajudicial y judicial, en el primero de los casos mediante intimación, sea escrita o llamado telefónico, carta o entrevista al amparo de las normas legales vigentes y en el segundo, cuando no prosperen las gestiones anteriormente dichas. Le será aplicable al mismo el Principio de Reserva recogido en el artículo 11 de la ley 18.331”.
Esencialmente ese texto legal establece que aquellas personas que accedan a bases de datos que no son públicas, “están obligadas a utilizarla en forma reservada y exclusivamente para las operaciones habituales de su giro o actividad, estando prohibida toda difusión de la misma a terceros”.
Ahora bien, cuando las negociaciones extrajudiciales no prosperen se pasará al cobro por la vía judicial, pero en esos casos “la Intendencia confeccionará los correspondientes títulos ejecutivos para su cobro judicial” y será el gestor quien “deberá asumir la representación judicial de la Intendencia de acuerdo a lo que se establezca en el contrato de gestión”.
El beneficio de la empresa que gestione la recuperación de adeudos será un porcentaje de lo que obtenga, que se pagará en pesos uruguayos “y tendrá como base de cálculo el monto del recupero efectivamente obtenido e ingresado a las arcas de la Intendencia, no admitiéndose ninguna otra forma de remuneración, compensación ni indemnización por la tarea”.

PRIMERO EL PLAN DE FINANCIACIÓN DE ADEUDOS DE TRIBUTOS

Al ser consultado por EL TELEGRAFO, Martín Thomasset dijo que “aún no se ha determinado explícitamente cómo se procederá, si se apuntará primero a grandes deudores o se seguirá otro sistema para recuperar adeudos que en muchos casos son crónicos”. Destacó que “esto también es un reconocimiento directo al buen pagador, que es en definitiva quien sostiene a la Administración y permite su buen funcionamiento”.
Pero además hizo hincapié en que “antes de este proceso de gestión de adeudos, lo primero que tenemos que comprender, que enfatizar, es el plan de financiación que se va a poner en vigencia próximamente, que tiene muy importantes ventajas. El proceso de gestión de adeudos que se está llamando a licitación, no tiene aún fecha de ingreso en vigencia, pero claramente todo el esfuerzo de esta Administración estará concentrado en incentivar a todos aquellos contribuyentes que tienen tributos impagos. Se le darán grandes ventajas. Lo que se quiere es que se pongan al día; no es el interés pasar a gestión de adeudos por un tercero, eso será el último recurso”.
De ese plan al que se refiere Thomasset podrán participar todos los contribuyentes que mantengan adeudos vencidos e impagos anteriores al 31 de diciembre del año pasado. La deuda objeto de refinanciación estará compuesta exclusivamente por el valor de los tributos, excluyendo las multas y los recargos, aunque actualizada a valores del año 2021.
Lo que sumen multas y recargos será definitivamente eliminado de acuerdo a la conducta de repago. En el primer año, si la deuda prevista se paga al contado, se descontará un 20% de multas y recargos y si se paga por cuotas, un 10%. En el segundo año se descontará un 50% al contado y un 15% financiado y en el tercer año un 50% al contado y 25% financiado.
El plazo de vigencia del Régimen Especial de Adeudos tendrá una vigencia de 90 días, pudiendo ser extendido por la Intendencia por otros 90 días. Quedarán excluidos del programa de refinanciación aquellos contribuyentes con adeudos tributarios a quienes la Intendencia Departamental hubiere iniciado acciones judiciales para el cobro.