Desde este mes, edictos judiciales pasaron a publicarse en tres lugares distintos

Los comienzos de año suelen traer cambios de todo tipo y de toda índole. En personas, instituciones, grupos, países. En los reglamentos también. Como los edictos judiciales, que desde el 2 de enero pasado presentan algunas variantes.

Por disposición del Poder Judicial, a partir de esa fecha las publicaciones de los edictos pasaron a ser publicados en tres lugares diferentes: el Diario Oficial, la red informática del Poder Judicial y en un diario local, “durante el plazo de diez días hábiles y continuos”, según el reglamento.

Desde la División Tecnología del Poder Judicial, informaron que a raíz de la última Rendición de Cuentas se registraron cambios en la normativa, la que anteriormente indicaba que cualquier interesado podía publicar directamente en la red de informática de ese organismo.

“Pero a partir del 2 de enero de 2023, el interesado deberá publicar en el Diario Oficial y en un diario de la localidad. Y este diario deberá, a su vez, publicarlo en la red de informática del Poder Judicial”, remarcaron. Para ello existen unos requisitos previos, como firmar un contrato de adhesión por parte del medio de prensa; en tanto, esa publicación en la web del Poder Judicial deberá realizarse previo pago y “concomitantemente en la publicación en prensa”.

A su vez, la justificación de edictos se generará automáticamente en el expediente judicial (puede haber excepciones según la sede judicial y materia); no obstante, los edictos de diarios locales en soporte papel continuarán imprimiéndose para consultas y contralor.

Pasos a seguir

En una instancia a través de Zoom para los medios impresos, Patricia Justo, de la División Tecnología del Poder Judicial, remarcó que, en esta obligatoriedad de la publicación del edicto “en un tercer diario que en este caso es la red informática del Poder Judicial”, el titular del periódico tiene que “firmar un contrato de adhesión” con el Poder Judicial y asociar los empleados del diario que van a subir esa información.

“Porque las publicaciones de la red informática la debe cumplir el diario local habilitado a tales efectos. Para eso, es necesario que se le habilite para cumplir con la funcionalidad”, insistió. “Una vez que el diario firme el contrato, de forma presencial en Montevideo y vía mail los del Interior, el Poder Judicial va a asignar un usuario y una contraseña para ingresar a la ventanilla única para cumplir esa tarea específica”, detalló Justo.

Una vez culminada la publicación en el diario, se debe declarar y cargar al sistema la información al respecto. “Esta información permitirá luego generar la constancia de forma telemática y automática de las publicaciones cumplidas. Es una responsabilidad”, aseveró. Los edictos publicados por el Poder Judicial y el Diario Oficial se cargan de forma automática. En esa responsabilidad que tiene cada usuario al ejecutar las publicaciones, se encuentra la de controlar que el texto coincida con el contenido del edicto judicial y la de efectuar el “correcto ingreso en el sistema de publicaciones de los números y fechas”, y “todo otro dato adicional necesario”. Sin embargo, “en el caso de errores en los edictos que sean imputables a la sede judicial, las publicaciones en la red informática del Poder Judicial enmendando esos errores (fe de erratas) estarán exoneradas de pago” por parte del diario.

Remates

En relación a los edictos de remates, se hace una especificación con las subastas de inmuebles cuya ubicación difiere del lugar de la convocatoria. Esto, de acuerdo al reglamento, se requerirá “una cuarta publicación” del edicto. “El periódico que realice dicha comunicación estará obligado a registrar en el sistema de publicación de edictos del Poder Judicial la información requerida a la misma, a efectos de posibilitar la generación automática de la justificación de la publicación”.

Por otra parte, a efectos de que los usuarios de los servicios de justicia puedan verificar el estado de publicación de sus edictos, el Poder Judicial brindará un servicio público de consulta en Internet, “donde se podrá visualizar en tiempo real la información de las publicaciones realizadas, en cada uno de los medios”, asegura el texto del reglamento publicado en la circular firmada por Marcelo Pesce, director general de Servicios Administrativos del Poder Judicial. “El incumplimiento de lo establecido en la presente reglamentación será pasible de las responsabilidades civiles y/o penales que pudieran corresponder”, agrega.