La SND lo deja claro: lo que vale es el carné del deportista

La Secretaría Nacional del Deporte lo dejó en claro: lo que habilita es el carné del deportista.

Luego de la situación vivida en OFI tras la revocación por parte de AUF de un fallo porque una futbolista no presentó carné de deportista para jugar, pero sí el certificado de aptitud física, la Secretaría Nacional del Deporte dejó en claro que el único documento habilitante para la práctica del deporte federado es el carné del deportista. La Comisión de Apelaciones de AUF revocó el fallo del Tribunal de Alzada de OFI, que había penado a Laureles ante el reclamo de Palmirense dado que la jugadora Abigail Viñarte estaba inhabilitada por no tener carné del deportista vigente, por considerar que contaba sí con certificado de aptitud médico-deportiva.

Y “si bien se trata de documentos distintos, su contenido puede decirse que es idéntico”, se dijo desde la AUF. “No sería temerario entonces afirmar que si hubiera que establecer un rango entre los dos documentos, sin duda el certificado de aptitud médico-deportiva es el más relevante”, agregó el fallo, lo que puso en jaque a todo el deporte, no solo a OFI.
La resolución puso en jaque no solo a Palmirense y a OFI, sino a todo el deporte nacional.

El Dr. Gerardo Lorente, gerente de la Secretaría Nacional del Deporte, respondió la inquietud tanto de OFI como de Palmirense, señalando con claridad a través de una nota que “el carné del deportista es el único documento habilitante para participar en competencias deportivas”.
Y establece que la Ley del Deportista establece los procedimientos para la expedición del carné de deportista, luego de presentado el certificado de aptitud deportiva.
Lorente recordó y citó los requisitos para que los deportistas de las diferentes edades obtengan su carné.

El jerarca sumó que la Ley 19.826 indica que los deportistas federados tienen que presentar antes de las actividades o de cada competencia el certificado de aptitud deportiva, y que es “obligación de toda institución deportiva” el control del “certificado de aptitud deportiva (carné del deportista, conforme a las disposiciones que vienen de citarse)”, informó que al 27 de febrero la jugadora en cuestión no tenía carné de deportista vigente, “por tanto no debió participar de ninguna competencia federada (tal es el caso del fútbol femenino), siendo responsabilidad del club respectivo y de la federación haber controlado dicho extremo previo a la competencia”.