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Empresas y Derecho: Uso de algoritmos en el ámbito laboral

El Ministerio de Trabajo y Economía Social de España (MTES) ha dado a conocer en forma reciente un informe sobre el uso de la información algorítmica en el ámbito laboral, aspecto de especial sensibilidad que trataremos en nuestra entrega de hoy.

1. ¿Qué es un algoritmo?

Para el MTES, “un algoritmo puede definirse como un conjunto ordenado y finito de operaciones o reglas que permite hallar la solución de un problema, que puede implementarse o no a través de programas informáticos. A su vez, un sistema de decisión automatizada es un proceso automatizado mediante el uso de datos y algoritmos para optimizar la toma de una decisión. Un sistema de decisión automatizada puede estar compuesto de uno o varios algoritmos. Resumida y simplificadamente, existen dos modalidades de sistemas de decisión automatizada. Por un lado, aquellos que han sido programados de forma más o menos explícita, en la que la persona programadora escribe una serie de reglas explícitas que el sistema seguirá para tomar decisiones. Por otro lado, existen sistemas de decisión automatizada que aprenden estas reglas de forma implícita a partir del análisis de datos para identificar patrones estadísticos y tomar decisiones automatizadas en atención a dichos patrones. Se suele denominar como modelos a estas reglas o instrucciones programadas o aprendidas automáticamente mediante técnicas de inteligencia artificial o estadística”.

2. Riesgos

Según el informe, “cada vez es más habitual que las empresas usen algoritmos o sistemas de inteligencia artificial para tomar decisiones de forma automatizada que afectan a las personas trabajadoras en materia de contrataciones, determinación de horarios, evaluación de rendimiento, control de productividad, ascensos, despido, etcétera. Métodos que, en ocasiones, pueden ser desconocidos para las propias personas trabajadoras o candidatas a un puesto de trabajo, que pueden considerar que dichas decisiones son tomadas por personas humanas. La proliferación del uso de tecnología inteligente y sistemas de decisión automatizada puede provocar riesgos para los derechos fundamentales de las personas trabajadoras. En este sentido, existe el riesgo de vulneración de derechos fundamentales de las personas a la privacidad, protección de datos personales, igualdad y no discriminación y seguridad y salud laboral. Dr. Rodrigo Deleón

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Horas trabajadas en industria bajaron en julio, pero aumentaron en el año

El Índice de Volumen Físico de la Industria Manufacturera (IVF) a julio de este año registra una variación de -1,0% con respecto al mismo mes del año anterior, en tanto el Índice de Horas Trabajadas por obreros (IHT) registra una variación en el mismo período de -7,6%, y el Índice de Personal Ocupado (IPO) de 1,2%, según consigna el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su último informe.

El análisis se basa en la Encuesta Industrial Mensual del INE, del que surge precisamente que hay caída en el IVF respecto a igual mes del año anterior, en tanto que también hay un descenso en las horas trabajadas por obrero, con un leve repunte del personal ocupado.

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Negocios

Agencias de colocación de empleo (I)

Se encuentra a estudio del Parlamento Nacional un proyecto de ley que regula diversos aspectos del funcionamiento de las Agencias de Colocación de Empelo (ACE) y cuyas principales características consideraremos en nuestra entrega de hoy y de la próxima semana.

1. Exposición de motivos

Los legisladores que impulsan esta iniciativa (Javier Radiccioni Curbelo, Álvaro Viviano, Fernanda Araújo, Mario Colman y Diego Echeverría) expresan lo siguiente en la respectiva exposición de motivos:

1.1) “En nuestro ordenamiento jurídico existía desde larga data un vacío en cuanto a la regulación de agencias de colocación así como de las prestadoras de planilla para mano de obra, que intentó ser suplido por el Decreto Nº 137/016 (modificando un Decreto Nº 384/979 de 4 de julio de 1979); este decreto no ha tenido gran aplicación en la práctica debido a que no se han realizado los controles, por parte del Estado, que se debieran”.

1.2) “A su vez, tampoco se prohíbe la prestación de planilla con fines lucrativos para la empresa suministradora. Esto provoca una gran injusticia en cuanto a la forma en que algunas empresas obtienen una ganancia en su provecho, a costillas del trabajador, quien con su trabajo es la única fuente generadora de riqueza en esta relación de dependencia. Entendemos que no estamos en muchos casos frente a empresas que no aportan otra cosa que mano de obra de un tercero en especial en la modalidad conocida internacionalmente como “Payrolling” donde ni siquiera es la empresa que agrega a la plantilla quien selecciona al trabajador. No debemos confundir este tipo de actividades con lo que es el arrendamiento de servicio, donde una empresa brinda bajo su dirección o no, un equipo de trabajo nutrido de herramientas o de capitales diversos puestos al servicio de otra empresa, quien se ve beneficiada del trabajo y el capital de esta empresa a la que subcontrata”.

Dr. Rodrigo Deleón

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Negocios

Charla sobre cómo hacer negocios con franquicias

Gabriel Grasiuso, socio fundador de la Cámara Uruguaya de Franquicias (Caufran), y CEO de la consultora Surplus Internacional, secretario general de la Federación Iberoamericana de Franquicias (FIAF) hasta este año, brinda hoy a las 18.30, en el auditorio Miguel Ángel Pías una charla relacionada a las franquicias como opción de emprendimiento comercial, organizada por la Intendencia de Paysandú.

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Empresas y Derecho: Decreto que incentiva contratación de nuevos trabajadores

Con fecha 04/07/22 el Poder Ejecutivo dictó el decreto N°215/2022 el cual establece medidas de promoción para la contratación de nuevos trabajadores cuya edad esté comprendida entre los 30 y los 44 años.

  1. Antecedentes y objetivos
    El decreto expresa que la Ley N°19.973, de 13/08/21 la cual “tiene por finalidad el desarrollo de políticas activas de empleo dirigidas a favorecer el acceso a una actividad laboral remunerada, ya sea por cuenta propia o ajena, de los jóvenes entre 15 y 29 años, de los trabajadores mayores de 45 años y de personas con discapacidad, poniendo especial énfasis en facilitar su ingreso o reinserción en el mercado de trabajo y promover su capacitación y formación profesional. Esa ley contempla subsidios destinados al pago de contribuciones especiales de Seguridad Social siempre y cuando cumplan con lo que dispone dicha norma”.
    Sin perjuicio de lo anterior, el decreto N°215/022 reconoce que “la franja etaria comprendida entre los 30 y los 44 años no cuenta en la actualidad con medidas de fomento específicas que faciliten la generación de nuevas posibilidades de trabajo debido a que, en contextos habituales de empleo, no se enfrentan a dificultades en el acceso al mismo. Si bien ha cesado la emergencia sanitaria y la economía uruguaya presenta signos de franca recuperación, conjuntamente con la mejora en los niveles de empleo es conveniente y necesario adoptar medidas de promoción de la contratación de trabajadores que cuentan con edades entre 30 y 44 años y que lleven más de seis meses desempleados”. Las medidas de promoción para los trabajadores de esas edades son las que contiene el mencionado decreto N°215/022.
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Destacados

Exportaciones forestales en celulosa y madera generaron U$S 1.350 millones durante el primer semestre de este año

“El total de exportaciones forestales teniendo en cuenta celulosa y maderas están en el orden de los 1.350 millones de dólares en el primer semestre, un 58% representado por celulosa y un 42% del resto de los productos”, según dijo a EL TELEGRAFO el presidente de la Sociedad de Productores Forestales, Nelson Ledesma. “Ese es el monto de ingreso de divisas al país, considerando también las zonas francas, o sea la madera que consumen las plantas para producir la celulosa, que está incluida ahí”, aclaró.
Respecto a los volúmenes, Ledesma detalló que en este primer semestre la celulosa representa 1.270.000 toneladas, y el resto de los rubros unos 5.555.000 toneladas, incluyendo lo que va a zona franca. Es decir que el volumen exportado en realidad fue del entorno de las 3.150.000 toneladas, entre celulosa y otros rubros.
Consideró que “ha sido un semestre bueno, razonable, a pesar de las condiciones de costos que hemos sufrido”, tales como el “incremento sucesivo de los combustibles” así como la afectación que tiene sobre las exportaciones el “hecho del tipo de cambio que bajó de $ 43 a $ 39”.
Respecto a las perspectivas para el sector en lo que resta del año, opinó que “son básicamente de gran incertidumbre”.

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Recrudecimiento de inflación en julio, con 9,56% en los últimos doce meses

La inflación registró un recrudecimiento en el mes de julio último y se situó en un pico en lo que va del año, al presentar un guarismo que se acerca al 10 por ciento, según se desprende de la información suministrada por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

El IPC de julio 2022, indica el instituto, registró una variación mensual de 0,77%, acumulada en el año de 6,86% y en los últimos 12 meses de 9,56%.
En julio de 2021 la inflación había sido del 0,52 por ciento, en el año del 5,30 y en los 12 meses anteriores del 7,30 por ciento.

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Liceales y estudiantes de UTU asistieron a la presentación del libro “Economía para Matías”

Decenas de liceales de centros públicos y privados, estudiantes de UTU y docentes, asistieron a la presentación del libro “Economía para Matías”, que estuvo a cargo de su autor, el economista Javier de Haedo, en el Espacio Cultural Gobbi.
Durante la actividad, De Haedo aludió al contenido de esta obra de macroeconomía en la que se emplea un lenguaje accesible a todo público, para que los conceptos puedan ser fácilmente comprendidos y sirvan para una mejor toma de decisiones. Asimismo, se valió de ejemplos prácticos, para el mayor entendimiento del auditorio de adolescentes, a quienes básicamente está dirigido este libro, que precisamente está inspirado en el hijo adolescente del autor.

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Negocios

Elon Musk cancela oferta de compra de Twitter

El multimillonario informó este viernes que deja sin efecto el acuerdo firmado por 44 mil millones de dólares para comprar Twitter, asegurando que la empresa no le entregó la información solicitada sobre cuentas falsas de la red social, citando un incumplimiento sustancial de varias disposiciones del acuerdo. De inmediato, las acciones de Twitter cayeron un 7%.
En abril pasado, Musk firmó un preacuerdo de compra. La oferta quedó suspendida un mes después hasta que Twitter demostrara que las cuentas falsas de la red social representan menos del 5% del total de sus usuarios, según pidió Musk. El empresario considera ahora que eso no ha quedado demostrado. → Leer más

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IPC de junio fue de 0,59% y la acumulada en el año de 6,04

El Índice de Precios al Consumo (IPC) de junio registró una variación mensual de 0,59%, acumulada en el año de 6,04% y en los últimos 12 meses de 9,29%, de acuerdo a los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
En junio de 2021 el registro mensual había sido de 0,67 por ciento, la acumulada en el año de 4,75 y en los últimos 12 meses del 7,33 por ciento, consigna el instituto. → Leer más

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Empresas y Derecho: Despido del trabajador enfermo

En la presente entrega voy a refirme a la sentencia N°66/2022 dictada por el Tribunal de Apelaciones del Trabajo (TAT) de Cuarto Turno el 30/03/22 por la cual se rechazó la demanda presentada por una trabajadora que reclamaba la Indemnización por Despido (IPD) especial o doble que la ley establece para los trabajadores enfermos cuyo contrato de trabajo es rescindido por el empleador, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en las normas vigentes.

1. Protección al trabajador

El artículo 23 del Decreto-Ley 14.407 de 22/07/75 establece que las empresas no podrán despedir ni suspender al trabajador que esté ausente por razones de enfermedad si ha cumplido los requisitos que establece esta ley y su reglamentación, quedando obligadas a reincorporarlo a sus tareas habituales toda vez que haya sido dado de alta por ASSE. El trabajador dado de alta no podrá ser despedido antes de que transcurran treinta días de su reincorporación a la empresa. La violación de esta obligación traerá aparejado que el pago de la IPD sea el doble de la normal, salvo que el empleador demuestre la notoria mala conducta del trabajador o que el despido no esté directa o indirectamente vinculado con la enfermedad o accidente de trabajo.

2. Caso

Se trata de una trabajadora de una agencia de viajes que, concluida su licencia médica, pasó al seguro por desempleo. Posteriormente la empleadora adujo la imposibilidad de reintegrarla a su puesto de recepcionista, fue despedida y se le abonó la correspondiente IPD normal. La trabajadora reclamó la indemnización por despido especial previsto por el Decreto-Ley N°14.407 (el doble de la IPD normal) ya que, según ella, existió una maniobra realizada por la empresa para evitar el pago de dicha IPD especial. Por su parte la empresa argumentó que el local de la agencia de viajes donde trabajaba la trabajadora cerró definitivamente sus puertas, habiéndose rescindido el contrato de arrendamiento todo ello como consecuencia de la reducción de la operativa de la empresa por la emergencia sanitaria por la pandemia por COVID-19, incluyendo cierre temporal de otra sucursal y una importante reducción de personal.

3. Sentencia

La decisión del TAT de Cuarto Turno respaldó la posición de la empresa de que no existió un nexo causal entre la enfermedad y el despido, porque “es sabido que el régimen estatuido en el Decreto-Ley 14.407 pretende dotar de estabilidad al empleo del trabajador enfermo, pero no consagra un régimen de responsabilidad objetiva para el patrón que decide rescindir el contrato de trabajo de un empleado durante su enfermedad debidamente certificada o en el curso del plazo de estabilidad.

Dr. Rodrigo Deleón
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Empresas y Derecho: Cambio tecnológico y mercado laboral

En la presente entrega vamos a referirnos a un trabajo incluido en el último número de la Revista Cepal, principal publicación académica de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, y cuyos autores son los investigadores Ignacio Apella y Gonzalo Zunino. El título de este artículo es “El cambio tecnológico y las tendencias del mercado laboral en América Latina y el Caribe: un análisis basado en las tareas”.
1. Tareas
De acuerdo con sus autores, “Las tareas pueden clasificarse en dos grandes categorías: rutinarias y no rutinarias. Una tarea es rutinaria si su realización implica un conjunto claro y repetitivo de acciones invariables. Muchas tareas tienen esas características, por ejemplo, controlar la temperatura en una línea de producción de acero o trasladar la pieza de un automóvil a su lugar en la línea de montaje. Como estas tareas requieren la repetición metódica de un procedimiento invariable, se pueden indicar con claridad en un programa informático y una máquina las puede ejecutar. Una tarea no rutinaria, en cambio, supone una serie de acciones que varían en el tiempo y exige que las personas que las realizan tengan la capacidad de adaptarse al contexto utilizando el lenguaje, el reconocimiento visual y la interacción social, entre otras cosas. Al mismo tiempo, las tareas de cada una de estas dos categorías pueden ser de naturaleza manual o cognitiva, es decir, pueden estar relacionadas con el trabajo físico o con el conocimiento. (…) A medida que el costo de acceder a las nuevas tecnologías disminuya, las máquinas controladas por computadora podrían sustituir a los trabajadores que realizan más que nada tareas rutinarias, sobre todo manuales. (…) Como señala Bresnahan, durante los tres últimos decenios las computadoras han realizado cada vez más tareas que suponen calcular y coordinar actividades y comunicaciones, y han asumido el trabajo de los cajeros de los bancos, los telefonistas y otros ejecutantes de tareas repetitivas en que se procesa información. → Leer más

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Aumento de volumen de la industria y del personal ocupado en el sector

El último informe sobre la evolución del Índice de Volumen Físico de la Industria Manufacturera (Ivfim), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) da cuenta de que en marzo último el índice registra una variación de 5,5% respecto al mismo mes del año anterior.
Paralelamente el Índice de Horas Trabajadas por obreros (IHT) registra una variación en el mismo período de 6,1%, y el Índice de Personal Ocupado (IPO) de 4,5%.

En el promedio del año respecto a igual período del año anterior las variaciones para el IVF fueron 8,8%, para el IHT 5,5%, y para el IPO 4,5%, mientras que en el promedio de los últimos 12 meses las variaciones para el IVF fueron 14,5%, para el IHT 9,4%, y para el IPO 7,0%. → Leer más

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Aumentaron precios de bienes de exportaciones en dólares

El último informe de la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU) indica que en marzo el Índice de Precios de Exportación Industrial (IPE) de bienes en dólares de la economía uruguaya, aumentó 1,1% respecto al mes anterior y 21,9% en la comparación interanual.
En lo que refiere al sector industrial, el IPE en dólares creció 1% respecto al mes anterior y aumentó 21,4% si se compara con marzo de 2021. Los actuales niveles de precios de exportación marcan un récord histórico de la última década, destaca. → Leer más