Últimos días para que personas entre 40 y 49 años decidan sobre su jubilación

El viernes 30 finalizará el plazo para que las personas entre 40 y 49 años resuelvan si continúan sus aportes bajo el régimen mixto de una AFAP y el Banco de Previsión Social.

Este grupo incorporado de forma voluntaria a la distribución de sus aportes, se amparó en el artículo 8 de la Ley 16.713. Luego de recibir el asesoramiento del BPS, disponían de un plazo de 90 días para tomar su decisión que, precisamente, vencerá la semana próxima.
El asesor en seguridad social Ricardo Ambroa señaló que la revocación de este artículo es exclusivamente para estas personas que no hayan obtenido una jubilación por el régimen mixto y que realizaron sus aportes bajo esta condición, sin estar obligados. “Recordamos que para estar obligados –cuando comenzó a regir esta ley el 1º de abril de 1996– la persona debía tener menos de 40 años de edad y ganar, en ese entonces, más de $5.000. Ese tope hoy está en $85.607”, dijo a EL TELEGRAFO.

Entre otras obligaciones, deben configurar causal jubilatoria antes del año 2043 que es un requisito desde el 1º de diciembre de 2023 y no hayan tenido asesoramiento previo en las dos instancias anteriores. Aclaró que “la revocación no implica la desafiliación de la AFAP, sino que aportará a la misma cuando el salario supere $85.607. Mientras no suceda eso, el aporte irá todo al BPS”.
Recordó que el plazo vencerá el viernes 30, último día hábil del mes y antes de esa fecha, el interesado deberá realizar la reserva de derecho para ser asesorado.

El plazo para tomar una decisión es de 90 días a partir de tener el asesoramiento por parte del BPS que es obligatorio, de acuerdo a la Ley No. 19.162.
“En el asesoramiento –que es obligatorio por ley– se calculan las futuras jubilaciones de BPS y de AFAP, con el artículo 8 y sin este artículo en un simulador, teniendo en cuenta edad, sexo, cantidad de hijos, datos laborales en BPS y la información de la AFAP”.
Los beneficios estimados “son la jubilación común por edad y años de trabajo, por edad avanzada y no incluye jubilaciones por discapacidad. Para todos los casos, el sueldo básico jubilatorio se calcula teniendo en cuenta los salarios registrados en la base de datos del BPS hasta la fecha del asesoramiento. Además, hay que tener en cuenta que las proyecciones son estimativas y no vinculantes”.

Ambroa asesora sobre diversas prestaciones del Banco de Previsión Social –no realiza trámites– los jueves de 10 a 12, en el local de la Federación de Funcionarios de Salud Pública ubicado en Monte Caseros 638 frente a la plaza de deportes, en forma gratuita.

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*