
El Banco de Previsión Social (BPS), conjuntamente con la Oficina de Programación y Políticas Agropecuarias (Opypa) y la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, desarrollaron la guía sobre registros y forma de aportación a la seguridad social de los productores rurales con foco en la producción familiar.
Esta publicación se enmarca dentro del Plan Nacional de Agricultura Familiar y cumple particularmente, con el Compromiso 5.5: “Implementar una campaña sobre formalización, obligaciones y derechos de la Agricultura Familiar”.
El documento tiene por objetivo brindar información básica sobre la aportación tributaria y registro de actividades del sector rural para productores/as familiares, por lo que pretende ser un instrumento de consulta para productores/as, organizaciones, extensionistas y otros actores vinculados a las actividades relacionadas a la agricultura familiar.
El contenido se divide en cuatro secciones: principales conceptos y aportación, registro de actividades, sanciones, y servicios e información web.
Definición de productores familiares rurales
De acuerdo con la Resolución 1013/16 del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), se entiende como productor/a familiar agropecuario a toda persona física que gestiona directamente una explotación agropecuaria y/o realiza una actividad productiva agraria.
Esta persona, en conjunto con su familia, debe cumplir una serie de requisitos establecidos en la norma y que están relacionados a la mano de obra contratada, superficie de la explotación y/o características de la actividad desarrollada, residencia e ingresos no generados en la actividad productiva.
Para acceder a las políticas públicas diferenciadas, debe estar inscripto en el Registro de Productores/as Familiares que administra la Dirección General de Desarrollo Rural, dependiente del MGAP y cumplir con los requisitos mencionados para cada política pública.