Llega hoy a Paysandú la contadora Alicia Carlevaro, quien se desempeñará como interventora del Frigorífico Casa Blanca, industria que se presentó a concurso voluntario de acreedores y que desde la semana pasada aumentó la faena de vacunos para exportar carne al exterior.
Respecto a qué es un concurso voluntario y la figura opuesta, que es el concurso necesario, el gerente de la Liga de Defensa Comercial (Lideco), doctor Fernando Cabrera, explicó a EL TELEGRAFO que depende de “quién es el que lo solicita, quién es el que promueve ese concurso. Si es la empresa debidamente representada, es un concurso voluntario; si lo hace alguno de los otros legitimados, como pueden ser acreedores, avalistas, fiadores, etcétera, pasa a ser un concurso necesario”.
Y aclaró que “esto tiene incidencia en la figura que se va a designar. Si estamos ante un concurso voluntario que sea solvente, es decir, que tenga más activos que pasivos, se va a designar un interventor. Y si es un concurso necesario o un concurso voluntario insolvente, con más pasivo que activo, se designa un síndico”.
La diferencia en esta figura está básicamente “en las responsabilidades que va a tener cada uno de ellos. El interventor coadministra la empresa; es decir, se sienta junto a las autoridades naturales y entre ambos tienen que adoptar las decisiones fundamentales. Tienen que decir ‘te voy a comprar esto, te voy a pagar esto, voy a pagar, rescindir este contrato, voy a hacer tal cosa’”, dijo.
Cuando se trata del síndico, “las autoridades naturales son desplazadas, son sustituidas por un síndico. Y este es el que adopta todas las decisiones”, precisó.
CASA BLANCA
En el caso de la Liga de Defensa Comercial, “nosotros no tenemos absolutamente nada que ver con el concurso voluntario de frigorífico Casa Blanca. Nosotros no somos los interventores”, indicó Cabrera, especificando que “son designados por el juzgado que designa de una lista que elabora la Suprema Corte de Justicia. En este caso designó a una contadora, quien es la interventora que está llevando adelante las tareas”.
“Lo que estamos haciendo, y que también vamos a hacer en Frigorífico Casa Blanca, es representar acreedores que quieran traernos la documentación que nosotros solicitemos, la verificación del crédito lo estamos haciendo”.
En esta instancia del frigorífico local, lo designa el juez. “El juez analiza la documentación que se presenta y cuando dicta el acto inicial donde admite la gestión del concurso, ahí designa el interventor, mira la lista y dice: ‘para este asunto designo a Fulano’”.
En el caso de Casa Blanca, y al preguntarle cómo se toma esa decisión, respecto al pasivo y el activo de la industria, indicó que “eso lo toman en cuenta en base a la información contable que presenta la empresa cuando solicita el concurso. Pasa el secretario, contador del juzgado y es el que asesora en cuanto a si los activos son suficientes o no para cubrir el pasivo”. Dijo que, de todos modos, “eso es una situación que puede cambiar y si el asesor del administrador concursal detecta que hay más pasivo que activo, puede dar cuenta del juzgado y cambiar esa condición y de interventor pasa a ser síndico. Inclusive puede ser la situación inversa. Se trata de un concurso voluntario”.
EMBARGOS
Fernando Cabrera indicó que “el único que puede resolver sobre embargos es el juzgado del concurso y todos los acreedores pasan a estar en pie de igualdad, hayan trabado o no hayan trabado el embargo. Puede tener algún tipo de incidencia a los efectos de la verificación de crédito, pero eso ya es un tema posterior. Pero la regla es que los embargos caen y quedan todos en pie de igualdad. Todos los acreedores de la misma categoría, o sea, los quirografarios, los proveedores, si no tienen una garantía, van a ser todos iguales, hayan trabado o no embargos”.
Al referirse a la situación del frigorífico Casa Blanca, que está comprando ganado estando en concurso voluntario de acreedores, y aclarando que habla desde el punto de vista teórico y los conocimientos prácticos “ya que no estoy interviniendo en la situación de la industria”, señaló que la idea de la ley “es que la empresa pueda seguir su actividad y continuar trabajando y contratando”.
Los créditos posteriores van a tener una prioridad en el pago. “Los créditos nacidos después del decreto de concurso. Como serían estos, pueden ser pagados. El tema es que existan los fondos suficientes como para hacer el repago. La cuenta es la misma cuenta bancaria, la cual se oficia a los bancos y pasa a estar sujeta a la firma de la intervención. Es decir, por una firma de la dirección anterior y por alguien que designe el interventor y de esa manera se van haciendo los movimientos”.
TRÁMITES LENTOS
“Los trámites llevan mucho tiempo, ya que nos han citado para octubre”, dijeron a EL TELEGRAFO algunos acreedores. “Lo que sucede es que el juzgado cuando decreta el acta inicial, tiene por ley fijar una fecha de junta de acreedores que no puede ir más allá de 180 días de la fecha de decreto”, precisa Cabrera. “Por eso es que se fija una fecha de junta para seis meses después. Y, paralelamente, tiene el plazo de 60 días para que se presente a solicitar la verificación de los créditos. Eso es muy importante”.
“Como digo siempre sobre todos los concursos, si no se presentan ahí lo pueden hacer después, pero tiene un costo. Si se presentan dentro de los 60 días no pagan más que los timbres o los honorarios de su profesional, no tiene un costo de la verificación. Un costo que le paguen al interventor o que le tenga que pagar al juzgado”. Y subrayó que “si se presentan después de los 60 días los honorarios de esa verificación se deben pagar”.

