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Más de 204.000 adhirieron al “Programa de Reestructuración de Deudas” del Banco Central

El Banco Central del Uruguay, BCU, dio a conocer un informe evaluatorio sobre el “Programa Voluntario de Reestructuración de Deudas”, que cerró el pasado 15 de noviembre el plazo para acogerse a los beneficios que establecía para deudores en mora.
De acuerdo a este informe presentado por la industria, fueron 545.456 quienes ingresaron a la web www.soluciondeuda.com.uy en el plazo para consultar sobre su situación. De esas personas, 278.409 aplicaban y cumplían con las condiciones. Este dato, a juicio del BCU, demuestra el alcance y difusión que tuvo el Programa.
De acuerdo a la información presentada, 282.182 deudas fueron reestructuradas y/o canceladas, alcanzando así a 204.326 personas que encontraron una solución a su situación crediticia gracias a una serie de condiciones excepcionales. Estas condiciones fueron, en una primera etapa, la remisión de las deudas de capital menores a los $5.000 y en una segunda etapa ofrecer la reestructuración de deudas de capital de entre $5.000 y hasta $100.000 por institución, sin exigirse el pago de multas e intereses, a tasa 0% y hasta en 48 cuotas mensuales.
Los adeudos de 117.617 personas fueron cancelados automáticamente de acuerdo con los criterios del Programa, al tiempo que 95.406 personas reestructuraron. Agrega además que hay personas con deudas que, al tiempo que reestructuraron, también tuvieron remisiones. En términos de cantidad de operaciones: 123.863 fueron canceladas y 158.319 reestructuradas, destaca.
El informe consigna asimismo que el 70% de los acuerdos de reestructura se concretaron a un plazo menor a los doce meses, por lo que deberían quedar saldados en menos de un año, siempre y cuando los deudores cumplan con el pago de las cuotas en fecha. → Leer más

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Ventas de 0 km crecieron un 9% en lo que va del año

En lo que va del presente año ha aumentado más de un 9 por ciento la venta de unidades cero kilómetro en el Uruguay, de acuerdo a las estadísticas de ACAU (Asociación del Comercio Automotor del Uruguay), en base a los datos conocidos al mes de octubre último.
Señala ACAU que en el pasado mes se comercializó un total de 6.671 unidades, cuando en el mismo período de 2023 se habían comercializado 5.673, lo que indica un incremento del 18,3 por ciento en octubre, en tanto en lo que va del año las ventas han sido de 52.526 unidades cero kilómetro, frente a 48.142 del mismo lapso de 2023, lo que arroja el incremento del 9,1 por ciento.
En lo que refiere a las características de los vehículos comercializados, se indica que en octubre se vendieron 2.400 autos y 1.725 SUV, mientras que en octubre del año pasado se habían colocado en el mercado 2.261 autos y 1.197 SUV. → Leer más

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Cámara de Industrias transmite inquietudes y reclamos a los dos candidatos presidenciales

El presidente de la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU), Fernando Pache, invitó al gobierno entrante, “sea del color político que sea”, a “promover la industria”, a la vez que dio cuenta que durante su gestión impulsó el Plan de Acción para el Desarrollo Industrial del Uruguay, que fue presentado a los por entonces precandidatos a la presidencia en el mes de junio, en el que incluyeron más de 90 propuestas. Entre las iniciativas señaló que la negociación tripartita en los Consejos de Salarios debe realizarse “solo para acordar salario mínimo por rama de actividad”, adoptando un modelo que contemple los “mínimos diferenciales por tamaño de empresa y zona geográfica”. También se pretende impulsar una “modernización de la normativa laboral”.
En materia de impulso a la industria, la CIU promueve que se revise el costo de peaje de la energía eléctrica y “crear un marco normativo para el impulso del hidrógeno verde”, a la vez de poner énfasis en la necesidad de que haya una mayor participación de la industria nacional en las compras del Estado.
“Actuales y futuras autoridades, siempre den la oportunidad a la industria nacional a la hora de comprar los suministros del Estado”, dijo Pache, y pidió que el futuro Poder Ejecutivo “insista en cerrar” el acuerdo con la Unión Europea (UE). En esa dirección, dijo que Uruguay debe “negociar con otros países”, primariamente junto al Mercosur, “pero individualmente si eso no es posible”.
Dejó en claro sin embargo que “no podemos acompañar a quienes plantean salir del Mercosur, pero debemos aspirar a lograr acuerdos que nos lleven a ampliar mercados. Debemos tener una integración realista”. → Leer más

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Actividades gratuitas en Paysandú en Semana Emprendedora Global

Cada año en el mes de noviembre se celebra la Semana Emprendedora Global en más de 180 países alrededor del mundo con el objetivo de promover la cultura emprendedora y apoyar el desarrollo de proyectos innovadores.

En Paysandú este año se anunció por parte de la Agencia de Desarrollo una agenda de eventos completamente gratuitos relacionados con la temática, que se suman a una serie de actividades que se podrán seguir de manera remota.
En cuanto a las actividades presenciales, el martes 12 de noviembre tendrá lugar en la Biblioteca José Pedro Varela, a partir de las 14 horas una charla informativa por parte de BPS y DGI. Para el jueves 14 se anuncian dos eventos, también a las 14 en la Biblioteca Municipal se ofrecerá una charla sobre Pagos digitales en Uruguay, con enfoque práctico, clave para escalar los emprendimientos.

DESPERTAR

El mismo jueves 14, entre las 18 y las 22, se desarrollará en Centro Cultural Gobbi el evento central denominado Despertar Emprendedor. Allí habrá una serie de oradores que abordarán temas vinculados a la actividad emprendedora, con el propósito de aportar herramientas para potenciar sus negocios. → Leer más

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Sembrando capacitó 9.000 emprendedores, posicionó 800 marcas y brindó 4.500 cursos

El Espacio Cultural Gobbi se vio colmado en el tercer seminario del programa Sembrando en Paysandú, último para el departamento antes de San José y su cierre en Punta del este, el 3 de diciembre en el Hotel Enjoy.
La directora ejecutiva del programa, Andrea Bellolio, recordó que los seminarios anteriores se efectuaron en 2021 en el teatro Florencio Sánchez y en 2023 en el Gran Hotel Paysandú. “Aproximadamente 500 emprendedores estuvieron en los seminarios de Sembrando, que son encuentros con seis horas de duración donde participan dos oradores que viajaron especialmente de Montevideo. En esta ocasión hablaron de publicidad, marco legal de la empresa, Inteligencia Artificial y empoderamiento creativo.

“Sembrando continuará en San José y en diciembre en Punta del Este y de esa forma el programa habrá realizado un total de 57 seminarios. Es decir, más de 9.000 emprendedores de todo el país recibieron capacitaciones y otros 8.000 han tenido reuniones con expertos y profesionales que trabajan honorariamente en el programa”, dijo a EL TELEGRAFO.
Desde 2020, “hemos logrado posicionar 800 marcas de micro y pequeños emprendedores en supermercados, farmacias, en el aeropuerto de Carrasco, como es el caso de Tacuara, un emprendimiento de Chapicuy que hace dulce de leche de cabra”.

Simplemente Rose

Rose Papantonakis acompaña este año a Sembrando en sus viajes. “Muy contenta porque tengo treinta años de emprendedurismo y tener una marca personal es un camino de mucho esfuerzo, disciplina y me gusta poder transmitirlo a gente que emprende o tiene ganas de emprender y no se anima”.
Simplemente Rose está dedicada “al arte del buen vivir” y su creadora es licenciada en Relaciones Públicas, cocinera, sommelier, jurado de Bake Off en las últimas dos temporadas y brinda cursos y talleres.
“El programa es parte de un gran impulso para quienes quieren emprender y nunca es suficiente. Son bienvenidas estas instancias que se replican porque con Sembrando llegamos a una cantidad de gente de todos los departamentos y en todos lados se llenan los auditorios. Entonces, hay necesidad de aprender e incoporar nuevas tecnologías y el know-how para hacer de su negocio o su hobby un verdadero emprendimiento”, enfatizó. → Leer más

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Economía del cuidado y generación de empleo

Los cuidados forman parte de un sector de trabajo que viene ganando visibilidad en los últimos años, generando importantes desafíos no solo para quienes se desempeñan en el mismo o quienes los reciben, sino para toda la sociedad en general.

1. Crecimiento

De acuerdo con la OIT, “la economía del cuidado está creciendo a medida que aumenta la demanda de cuidado de los niños y de las personas de edad en todas las regiones, por lo que creará numerosos empleos en los próximos años. Sin embargo, el trabajo de cuidados en todo el mundo sigue estando caracterizado por la falta de beneficios y protecciones, por bajos salarios o nula compensación, y por el riesgo de sufrir daños físicos y mentales y, en algunos casos, abuso sexual. Es evidente que se requieren nuevas soluciones a la prestación de cuidados en dos frentes: en lo que respecta a la naturaleza y la facilitación de políticas y servicios de cuidado, y en términos de las condiciones en que los cuidados se prestan”. Para esta organización, “muchos países se enfrentan a cambios demográficos y a una creciente demanda no solo de cuidado de niños, sino también de ancianos. La falta de infraestructuras adecuadas para el cuidado de las personas mayores es un obstáculo importante para la participación de las mujeres en el mercado laboral, ya que limita su elección de trabajo, remuneración y progresión profesional”.

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por su parte, ha destacado que “el trabajo remunerado de cuidados representará una fuente importante de empleo en las próximas décadas, ya que la dependencia de cuidados es cada vez más extendida, las necesidades de cuidados aumentan y la estructura de los hogares cambia. (…) Los trabajos del cuidado, remunerados y no remunerados, son componentes críticos de la economía global proveyendo una variedad de servicios esenciales que ayudan a familias, individuos y comunidades”. El trabajo de cuidados puede ser remunerado o no remunerado (generalmente los cuidados prestados por familiares de la persona objeto de los cuidados, mayoritariamente en el seno del hogar).

2. Características

La siguiente información, originada en diversas organizaciones internacionales, nos ayudará a comprender la importancia y los desafíos de este tema:
2.1) “La economía del cuidado engloba a todos los trabajadores de los sectores de la educación, la salud y el trabajo social, los trabajadores domésticos y las personas que realizan un trabajo del cuidado no remunerado. La economía del cuidado es fundamental para el desarrollo económico sostenible y el trabajo decente. La mayor parte del trabajo del cuidado remunerado es proporcionado a través de cuatro instancias: el Estado, el sector privado, el sector sin fines de lucro y los hogares”.

2.2) “Las sociedades y las economías precisan del trabajo del cuidado remunerado y no remunerado para funcionar y sustentar el desarrollo humano, social y económico. Las personas dependen del cuidado, ya sea como beneficiarias o como proveedoras. Las actividades y las relaciones en el sector del cuidado consisten en atender las necesidades físicas, psicológicas y emocionales de niños y adultos, tengan o no discapacidad o enfermedad, e incluyen también el autocuidado. Los cuidados adoptan múltiples formas, como el cuidado infantil, los cuidados de larga duración, los servicios de apoyo, la educación y la atención de la salud”.

Dr. Rodrigo Deleón

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Sentencia reciente sobre despido indirecto

En la presente entrega haremos referencia a la sentencia N°198/2924 dictada por el Tribunal de Apelaciones del Trabajo (TAT) de Cuarto Turno el 02/10/24, la cual trata diversos aspectos del despido indirecto.

1. Despido directo e indirecto

El Profesor Cabanellas ha expresado que “en el despido directo, la actitud del trabajador es pasiva: es despedido; en el despido indirecto, su posición es activa; se despide. En aquél sufre una exclusión o expulsión, en éste lleva a cabo abandono o retiro por su voluntad, pero con alegación de razones bastantes. En cambio, en el despido indirecto es el trabajador quien decide poner fin a la relación, en razón de que el empleador mediante un incumplimiento grave de las condiciones del contrato de trabajo hace imposible continuar con el vínculo. Queda claro entonces, que ambos tipos de despido reflejan actitudes que son incompatibles y excluyentes”.

2. Caso

Una trabajadora demandó a su exempleadora reclamando, entre otros rubros, despido indirecto por no pago de rubros salariales, omisión de no dar el alta de la trabajadora ante el Banco de Previsión Social (BPS) y la no realización de los aportes correspondientes. La sentencia de primera instancia rechazó la existencia del despido indirecto, pero el TAT modificó ese criterio, condenando a la empresa al pago de esa clase de despido.

3. Sentencia

Estas fueron algunas de las consideraciones que la sentencia del TAT tuvo como fundamentos:

  • 3.1) “En el despido indirecto, a diferencia del despido común, es el trabajador el que pone fin a la relación laboral pero basado en el incumplimiento del empleador que impide la continuación de una relación laboral, por cuanto resulta de estricta justicia concluir que quien provoca el retiro del trabajador no hace sino otra cosa que despedirlo. De ahí, que la doctrina destaque que, para la configuración de despido indirecto, es necesaria la concurrencia de los siguientes elementos: a) incumplimiento del empleador, b) decisión del trabajador de considerarse despedido y c) retiro del trabajador de la empresa. En efecto, el despido indirecto se configura siempre que el empleador viola el contrato de trabajo, señalando a título de ejemplo los casos de suspensiones inmotivadas, discriminatorias o excesivamente prolongadas, el atraso en el pago de salarios, el pago de salarios inferiores a los que correspondan, la rebaja en la retribución, el ejercicio abusivo que tiene el empleador de modificar el contrato en forma unilateral, la infracción de normas legales o reglamentarias en materia de higiene o seguridad, la alteración rescisiva del contrato, etcétera. La equiparación de estos hechos con el despido no solo deriva de la aplicación de la regla que rige cuando se incumple un contrato, sino del hecho de que, de no aplicarse este criterio, sería muy fácil eludir las disposiciones que limitan o sanciona el despido: se tomarían aquellas medidas que tornaran insostenible la continuación para el trabajador en la empresa para que se viera obligado a retirarse del trabajo. Por ello, la única forma de que se cumplan realmente las disposiciones legales en torno al despido es declararlas aplicables tanto en los casos de despido abierto, expreso o declarado como en todas las hipótesis que han sido denominadas genéricamente situaciones de despido indirecto”.
  • 3.2) “Es de destacar, que aun cuando actualmente doctrina y jurisprudencia coinciden en que para que se pueda dar por configurada una situación de despido indirecto no es necesario demostrar una intencionalidad del empleador de forzar al trabajador a dejar su trabajo; si se requiere relevar que el incumplimiento del empleador de sus obligaciones, que puede derivar de un solo acto o consistir en varios actos u omisiones, sea “grave” o “de entidad” e “imposibilite” o “haga intolerable” la continuación de la relación laboral”.
  • 3.3) “Para los tribunales uruguayos que de conformidad con lo dispuesto por el art. 139 del Código General del Proceso (CGP) recae sobre el trabajador la carga de la prueba del despido, o sea, en el caso del despido indirecto, de acreditar que la ruptura de la relación laboral se debió a que el empleador cometió un incumplimiento grave o intolerable de sus obligaciones, que tornó insoportable su mantenimiento”.
  • 3.4) “El no pago de rubros salariales, así como la omisión de no dar el alta de la trabajadora ante el BPS y realizar los aportes correspondientes, privándola de la cobertura correspondiente, constituyen graves incumplimientos de la empleadora, que tornaron insoportable la continuidad de la relación laboral” configurándose por ello una situación de despido indirecto.

En definitiva, para la sentencia, “los incumplimientos graves del empleador a sus obligaciones laborales” permitieron que la trabajadora “se diera por despedida al no tolerarlos más”.

Dr. Rodrigo Deleón

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Inteligencia artificial y empleo

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública de España ha dado a conocer algunas reflexiones y datos sobre la Inteligencia Artificial (IA) y su impacto en el empleo, las cuales consideramos oportuno compartir con nuestros lectores.

1. Introducción

Según este documento, “La IA ha revolucionado diversos aspectos de la sociedad y nuestro entorno. Con avances tecnológicos cada vez más rápidos, la IA está transformando la forma en que se realizan las tareas diarias en diferentes sectores de la economía. Por ello, el empleo es uno de estos sectores en los que más impacto genera. Entre las principales novedades, esta tecnología está introduciendo nuevos perfiles profesionales y modificando o transformando puestos de trabajo ya existentes. Ante este panorama, se plantean interrogantes sobre el futuro del empleo y cómo afectará a los trabajadores en el mercado laboral”.

2. Cifras

El ministerio español antes mencionado expresa, asimismo, que “el Fondo Monetario Internacional lo ha señalado recientemente: la Inteligencia Artificial afectará a un 40% de los puestos de trabajo en todo el mundo, tanto remplazando unos como complementando y creando otros nuevos.
La irrupción de la IA en el mundo laboral ha facilitado que algunas tareas que antes requerían de la intervención humana, ahora se realicen de forma más automática. Además, como advierte este mismo organismo internacional, frente a otros procesos de automatización vividos en décadas pasadas, la era de la IA viene también a transformar puestos de trabajo de alta preparación o cualificación (“high skilled job”).
Asimismo, este documento expone que el impacto de la IA en el trabajo será diferente según el nivel de desarrollo del país. Así, será mayor en el caso de economías avanzadas, donde se prevé que hasta 6 de cada 10 empleos se vean condicionados por esta tecnología. En el caso de economías emergentes, llegará hasta un 40% y, en países de bajos ingresos, se reflejará en un 26% de los empleos. Por su parte, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), también advierte que los efectos de la llegada de la IA a los puestos administrativos afectarán en particular a las mujeres, debido a la alta tasa de empleo femenino en este sector laboral.

Dr. Rodrigo Deleón

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Inspecciones laborales en América Latina

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha dado a conocer un informe titulado “El marco normativo internacional de la inspección del trabajo. Su contribución a los desafíos laborales en América Latina”, cuya autora es la especialista Carmen Bueno. Por la importancia de su temática consideré de interés compartirlo con los lectores de esta columna.

1. Origen

“En América Latina, el nacimiento de las inspecciones laborales estuvo vinculado a la creación y desarrollo de los ministerios de trabajo, que surgieron como unidades especializadas y, a veces, descentralizadas geográficamente. Los primeros antecedentes regionales datan de 1912 con la creación de la inspección laboral en Argentina, mientras que en Uruguay sería la Ley N°5.350 de 1915 la que, junto a limitar la jornada a 8 horas diarias, creaba el primer cuerpo de inspección para velar por su cumplimiento”.

2. Definición

De acuerdo con el informe referido, “aunque las normas internacionales del trabajo de la OIT no contienen una definición formal o legal de la inspección del trabajo, a grandes rasgos podemos afirmar que se trata de la parte del sistema de la administración del trabajo responsable de velar por el cumplimiento efectivo de la legislación laboral pertinente en los lugares de trabajo (…) En ese sentido, podemos establecer que la inspección del trabajo es una función pública de la administración del trabajo que vela por el cumplimiento de la legislación laboral, por lo que, como servicio público, debe constituirse en una herramienta fundamental de control y promoción del cumplimiento de las normas laborales. (…) En base a la inspección del trabajo, el Estado puede diseñar, estimular y contribuir al desarrollo de una cultura de cumplimiento que abarque todos los aspectos y materias que están bajo su competencia, esto es, relaciones laborales, condiciones generales de trabajo (incluyendo salarios, jornada y contratos), seguridad y salud ocupacional, y cuestiones relacionadas con el empleo y con la seguridad social”.

3. Requisitos académicos

“La decisión del Mercosur Nº33/06 sobre requisitos mínimos de perfil del inspector del trabajo establece que en las inspecciones de los países miembros el ingreso se realizará a través de un concurso público en el que los candidatos deberán contar (a partir de 2010) con un nivel de educación terciaria o universitaria. En el caso de Brasil, para poder participar en el concurso público para ocupar vacantes del cargo de auditor fiscal del trabajo, se exige la posesión de un diploma de conclusión de nivel superior en cualquier área de formación, emitido por una institución de educación superior reconocida por el Ministerio de Educación y debidamente registrado. Los inspectores de España deben estar en posesión (o en condiciones de obtener) del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o grado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Para participar en el concurso público de méritos para ingresar al puesto de inspector auxiliar de Perú se requiere un título profesional universitario”.

Dr. Rodrigo Deleón

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Inflación de setiembre fue del 0,37 por ciento y del 4,42 en lo que va del año

Con un índice de inflación del 0,37 por ciento en setiembre último, el IPC se mantiene dentro de la franja prevista por el Banco Central del Uruguay BCU) en lo que va del año y en los últimos doce meses, según se desprende del último informe del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Señala el organismo que el IPC de setiembre 2024 registró una variación mensual de 0,37%, acumulada en el año de 4,42% y en los últimos 12 meses de 5,32%, en tanto en setiembre del año pasado este valor había sido del 0,61 por ciento, en la acumulada del año de anterior de 4,21 y en los últimos doce meses del 3,87 por ciento.

En lo que tiene que ver con las áreas que influyen en este incremento, se indica por el INE que las principales incidencias –expresadas en puntos porcentuales sobre la variación mensual del índice general– provienen fundamentalmente de las divisiones Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,15), Restaurantes y servicios de alojamiento (0,05), y Seguros y servicios financieros (0,07). → Leer más

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Los desafíos del teletrabajo

En los últimos años las relaciones humanas parecen haberse sido sometidas a una clasificación que hubiese sonado muy extraña algún tiempo atrás: presenciales, hibridas y virtuales. De la mano de estas nuevas modalidades el trabajo también debió adaptarse, para cumplir con las nuevas exigencias pero también para demandar beneficios que a nuestros abuelos le hubieran parecido muy extraños: poder trabajar en casa algunos días de la semana, fruta y comida saludable en el lugar de trabajo, horarios adaptados a necesidades personales, poder viajar al exterior, espacios de recreación en las oficinas, llevar mascotas al trabajo, etcétera. Aparentemente la virtualidad y el teletrabajo eran las nuevas estrellas de las relaciones laborales y como consecuencia de ello estábamos llegando al fin de una era. Todo parecía transcurrir apaciblemente, hasta que varias de las empresas líderes en materia tecnológica comunicaron a sus trabajadores un importante cambio en la forma en que deberían desarrollar sus tareas.

1. Posicionamiento

Las ventajas y desventajas del teletrabajo han sido objeto de un intenso debate en distintos ámbitos. La empresa de servicios empresariales Enred menciona algunas de las desventajas más importantes del teletrabajo para la empresa: a) dificultad a la hora de controlar cómo está trabajando el equipo y qué está haciendo, b) deterioro de la calidad del trabajo debido a que hay una menor supervisión, c) problemas en el desarrollo de las habilidades de los empleados, al no tener acceso a programas de formación, d) menor seguridad a la hora de manejar información delicada, e) incremento en el coste de la comunicación; por ejemplo, en facturas de teléfono e internet y f) descenso del espíritu de equipo, que puede ser difícil de mantener cuando los miembros están separados.

2. Antecedentes

En los últimos tiempos empresas tales como Google, la red social X y aquellas relacionadas con Mark Zuckerberg, han manifestado sus intenciones (y en varios casos las han llevado a cabo) de terminar con el teletrabajo. De acuerdo con lo informado por el diario español La Vanguardia, en agosto de 2003, “toda esta ola de supresión del teletrabajo por parte de las tecnológicas se ha visto acompañada de anuncios que hablaban de recortes de plantilla importantes, con las cúpulas de las directivas admitiendo que se habían sobreexpandido durante el tiempo que duró la pandemia. Más de 230.000 trabajadores en total han sido despedidos”.

3. El caso Amazon

De acuerdo con lo informado por la red de noticias británica BBC, “Amazon ordenó a su personal que regrese a la oficina cinco días a la semana y puso fin de esta forma a su política de trabajo híbrido. El cambio entrará en vigor a partir de enero de 2025, dijo el director ejecutivo de Amazon, Andy Jassy, en un memorando al personal.

Amazon, la primera empresa de las tecnológicas que exige a sus trabajadores una semana completa de trabajo presencial, fue clara sobre la nueva etapa, ya que como lo expresó el propio Jassy a la BBC: “Cuando miramos hacia atrás en los últimos cinco años, seguimos creyendo que las ventajas de estar juntos en la oficina son significativas”, explicó en la carta.
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“Confunden financiamiento empresarial con familiar, toman créditos a altas tasas”

La Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE) realiza talleres gratuitos de educación financiera para emprendimientos y pequeñas empresas que se encuentren en marcha o con una idea de negocio. La iniciativa busca apoyar a aquellos que se encuentran en una situación de vulnerabilidad o exclusión del mercado financiero formal.

Los temas a tratar están vinculados a conceptos generales sobre endeudamiento y gestión financiera empresarial, estrategias prácticas para salir de deudas, consejos para evitar futuras deudas y mantener una buena salud financiera del negocio.

La presidenta de ANDE, Carmen Sánchez, reconoció que “el financiamiento es un problema en las pequeñas empresas. Sobre todo porque cuánto más pequeña sea –principalmente vinculada a lo familiar–, se confunde el financiamiento empresarial con el de la familia”.

Explicó que “los empresarios recurren muchas veces a créditos al consumo para financiar actividades de la empresa. Son créditos que tiene tasas muy altas, en condiciones muy difíciles de pagar por esos emprendimientos. El plazo de tiempo para pagar el préstamo es muy acotado y ahí trabajamos en educación financiera”.

Sánchez concluyó que “de hecho, en el mundo moderno, la empresa con problemas finacieros no debería endeudarse porque seguramente le irá peor. El financiamiento de una empresa es para potenciar el crecimiento pero nunca para solucionar los problemas de deudas”. → Leer más

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El Banco de Previsión Social y el secreto bancario

En la presente entrega me referiré a la sentencia N°290/2024 dictada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA), el 23/07/24 por la cual se declaró nula una resolución de la Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR) del Banco de Previsión Social (BPS) que le impuso una multa a una empresa.

1.Posición del BPS

El organismo sostuvo que la empresa configuró la infracción de contravención prevista en el artículo 95 del Código Tributario (CT), por no aportar la información requerida en relación con sus cuentas bancarias. Manifestó que, en aplicación de lo dispuesto por el art. 70 del CT, los contribuyentes y responsables están obligados a colaborar en las tareas de determinación, fiscalización e investigación que realice la Administración. A lo que debe adicionarse lo dispuesto por el art. 68 del CT, norma esta última que otorga a la Administración las más amplias facultades de investigación y fiscalización. Añadió que la empresa no se encuentra comprendida dentro de los sujetos alcanzados por el secreto bancario previsto por el art. 25 de la Ley N°15.322. Por último, sostuvo que, para la configuración de la sanción por contravención, no es necesario invocar otra irregularidad que la de violación de los deberes formales.

2. Sentencia

Los argumentos del TCA para darle la razón a la empresa fueron los siguientes:
2.1) El BPS requirió a la empresa la exhibición de diversa documentación, entre la que se identifica: a) recibos de sueldos; b) acreditaciones salariales; c) contratos de trabajo; y, d) cuentas sueldos a pagar. Posteriormente se le intimó a la empresa la presentación de los “estados de cuenta bancarios y más tarde los estados de cuenta bancarios de cuatro bancos de plaza.
2.2) Ante la negativa de la empresa, la Sección Fiscalización de ATYR expresó que “el secreto bancario sólo es oponible por las instituciones financieras respecto a la información que ellas manejan de terceros”. Es por eso que lo pedimos a la empresa y no a los bancos”.
2.3) La empresa intimada a través de su asesor letrado manifestó que el artículo 70 del CT “no refiere a información bancaria, no autoriza su solicitud y no obliga a las empresas a presentar dicha información. Si la empresa estuviese obligada a proporcionar información bancaria, como hemos dicho, el secreto bancario carecería de sentido”.
2.4) Ante la negativa de la empresa a agregar la documentación bancaria intimada, el BPS consideró que aquél estaría incurriendo en “falta de colaboración”, cometiendo la infracción de contravención lo que la hace pasible de una multa (arts. 95 y 98 del CT).
2.5) En la legislación uruguaya vigente existe una protección especial para garantizar el secreto bancario. “De este modo, en caso de no existir una autorización expresa del titular, el secreto solamente puede ser relevado por resolución de la justicia penal o en materia alimentaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto Ley No. 15.322. Conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley No. 18.083, el levantamiento del secreto bancario debe ser solicitado en sede penal, cuando se presente una denuncia por el delito de defraudación tributaria”.
2.6) A entender del TCA, “las facultades conferidas al BPS por el art. 68 del CT no incluyen las de exigir al contribuyente el suministro de información amparada por el secreto bancario, por lo que su negativa, no constituye contravención”.
2.7) El deber de colaboración con el BPS no puede interpretarse de modo que tenga una amplitud tal que obligue al contribuyente a revelar información que la propia ley determina como secreta y además la pone fuera del alcance del mismo BPS.
2.8) En suma, la regulación especial del secreto bancario establecida en las normas antes citadas resultaría ilusoria o vaciada de contenido, si el BPS pudiera obtener dicha información de los propios contribuyentes conforme a las facultades genéricas de fiscalización que le fueron conferidas por el art. 68 del CT.
2.9) EL BPS “sólo podrá requerir aquella información con relevancia o “trascendencia tributaria” o referida a hechos con significación fiscal, esto es, estar referida a hechos imponibles actuales y con consecuencias jurídicas en la determinación de los tributos. La información, en estos términos, debe dirigirse al conocimiento del acaecimiento del hecho generador o de las bases tributarias de la determinación”.
2.10) Si bien el BPS podría haber exigido válidamente información de los estados de cuenta de la empresa, “no puede hacerlo en forma genérica ni desaprensiva, como concretó su requisitoria. Repárese que exige dicha información en un Acta de Intimación a modo de formulario donde se limita a indicar que debe exhibirse “estados de cuentas bancarias” o “estados de cuenta bancarios” de cuatro instituciones de plaza, con el añadido de que “la empresa debe presentar la totalidad de estados de cuenta bancarios de todas las cuentas manejadas por la empresa”.
2.11) “En tanto no surge explicitado el motivo por el cual se requiere información bancaria de la empresa, la sanción por contravención ulteriormente aplicada por el BPS deviene en ilegítima, en tanto la misma esgrimió una causal válida para negarse a proporcionar la misma”.

Dr. Rodrigo Deleón

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Subió 10 por ciento venta de vehículos cero Km en agosto

En agosto del presente año se registró un significativo incremento en la venta de automotores cero kilómetro respecto al mismo mes del año anterior, destacándose que el total de vehículos vendidos fue un 10,6% mayor que en agosto de 2023, diferencia marcada por el segmento automóviles, seguido por el segmento SUV.
La información al respecto proviene de la Asociación del Comercio Automotor del Uruguay (ACAU), la que da cuenta que en agosto de este año se vendieron 5.756 unidades en total, mientras que un año atrás, en el mismo período, se colocaron 5.145 vehículos cero kilómetro.
En automóviles, se pasó de 1.814 en agosto del año pasado a 2.028 este año, en unidades SUV de 1.215 a 1.546, en minibuses, de 10 a 26, en utilitarios de 1.850 a 1.899, en camiones de 253 a 252, y en ómnibus, de 3 a 5, lo que pauta que la mayor diferencia en la demanda se dio en automóviles y SUV. → Leer más